Ordenanza Nº 19-2023-MPC. Modifican el Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete / FINVER-CAÑETE

Fecha de publicación30 Septiembre 2023
SecciónSección Única
Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a España y encargan su Despacho a la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Cañete, 5 de setiembre de 2023


EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE:


VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 05 de setiembre de 2023, Informe Nº 0894-2023-JAGS-(E) SGOPyPI-GODUR/MPC, de fecha 02 de agosto de 2023, de la Sub Gerencia de Obras Públicas y Proyectos de Inversión-MPC, Informe Nº 1239-2023-JAGS-GODUR-MPC, de fecha 08 de agosto de 2023, de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Informe Legal Nº 438-2023-OGAJ-MPC, de fecha 22 de agosto de 2023, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 1608-2023/GM-MPC de fecha 24 de agosto de 2023, de la Gerencia Municipal, Dictamen Nº 001-2022-CPEAM-FINVER-MPC, de fecha 04 de setiembre de 2023, de la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal; y,


CONSIDERANDO:


Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, manifiesta que: “La Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, el mismo que concuerda con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que señala que la autonomía que la Constitución establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;


Que, de conformidad con lo establecido en el Art.39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;


Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a la leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Estado, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio;


Que, el artículo 40º de la misma ley señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;


Que, mediante Ordenanza Nº 020-2012-MPC de fecha 18 de mayo de 2012, se aprueba el nuevo Reglamento del Fondo de Inversión Municipal FINVER-CAÑETE, con el objeto de proporcionar los recursos para el financiamiento del Programa de Inversión y Obras de la Municipalidad Provincial de Cañete y de los Concejos Municipales Distritales, conforme a lo establecido en el Decreto de Ley Nº 22831, en lo que estuviera vigente y conforme a las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública;


Que, mediante Ordenanza Nº 020-2017-MPC, de fecha 05 de julio del 2017, se modifica los artículos 31º y 32º del Reglamento del Fondo Municipal de Inversiones de la Provincia de Cañete FINVER – CAÑETE, aprobado por Ordenanza Nº 020-2012-MPC;


Que mediante Ordenanza Municipal Nº 08-2023-MPC de fecha 09 de junio de 2023, se aprobó la ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES –ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE”;


Que, el Art.64º del ROF de la Municipalidad Provincial de Cañete, la Oficina General de Secretaria General se encuentra a cargo de un empleado de confianza con nivel de Gerente y depende jerárquicamente de la Alcaldía;


Que, el FINVER-Cañete para efectos administrativos pasa a convertirse en un órgano desconcentrado que depende directamente el Concejo Provincial de Cañete bajo la denominación del Comité Directivo Finver-Cañete; y; está integrado por; el Alcalde Provincial, quien lo presidirá; el Secretario Permanente del FINVER Cañete; el Gerente de Administración y Finanzas de la Municipalidad Provincial de Cañete, el Gerente de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, un Alcalde Distrital designado en forma rotativa por el Concejo Municipal Provincial de Cañete un delegado de los Colegios Profesionales de la Provincia, conforme al siguiente orden de prestación: Colegio de Abogados, Ingenieros, Economistas, Contadores; un representante del Fiduciario;


Que, mediante el Informe Nº 0894-2023-JAGS-(E) SGOPyPI-GODUR/MPC de fecha 02 de agosto de 2023, el Sub Gerente de Obras Públicas y...

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