ORDENANZA N° 189-MVMT - Establecen montos por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de Tributos Municipales y recibos de pago para el Ejercicio 2015

Fecha de disposición18 Marzo 2015
Fecha de publicación18 Marzo 2015
El Peruano
Miércoles 18 de marzo de 2015 548871
cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tomando
como criterio que los contribuyentes que se encuentren al
día en sus pagos hasta el 31 de diciembre de 2014, tendrán
un descuento del 15%; y quienes no se encuentren al día
en sus pagos hasta el 31 de diciembre de 2014, tendrán
un descuento del 8%, adjuntando para estos efectos el
cuadro de proyección para el año 2015;
Que, mediante Memorándum Nº 0141-2015-GPP/
MVMT de fecha 27 de febrero de 2015, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto da su conformidad a la
precitada Ordenanza, señalando que como política de
gestión es incentivar el cumplimiento oportuno del pago
de los tributos de los contribuyentes, fomentando la
cultura y conciencia tributaria, otorgándoles racionalmente
descuentos por el pago anual o trimestral adelantado de
los tributos contenidos en la cuponera de pago; por lo que
es necesario establecer mecanismos que faciliten el pago
de las obligaciones tributarias a través de incentivos que
permitan la captación de recursos económicos para el
mejoramiento de los servicios a la comunidad;
Que, mediante Informe Nº 040-2015-MVMT-GAJ de fecha
06 de marzo de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina
que es necesidad de la Corporación Edil adoptar una serie
de medidas para incentivar el cumplimiento por parte de los
contribuyentes del distrito de Villa María del Triunfo, al pago
de sus obligaciones tributarias, no existiendo inconveniente
legal para la aprobación de la Ordenanza que establece el
benef‌i cio de Pronto Pago respecto de los arbitrios municipales
para el Ejercicio Fiscal 2015;
Que, es política de esta gestión edilicia incentivar el
cumplimiento oportuno del pago de los tributos de sus
contribuyentes y una manera efectiva de hacerlo es a través
de descuentos por el pago anual o trimestral adelantando
de los tributos contenidos en la cuponera de pagos. En
tal sentido, resulta necesario fomentar el cumplimiento
oportuno del pago de los tributos de los contribuyentes de
la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, como
una estrategia tendiente a impulsar el desarrollo de la
conciencia tributaria entre los vecinos del distrito;
Estando a las fundamentos expuestos y en uso de las
facultades conferidas por los numerales 8) y 9) del artículo
Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia
de Rentas y Agencias Municipales, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, y la Gerencia de Asesoría
Jurídica; el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD,
con dispensa de la lectura y trámite de aprobación del
Acta y Comisiones la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA INCENTIVOS POR EL
PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES 2015 Y
EL CALENDARIO DE VENCIMIENTOS PARA EL PAGO
DE LOS TRIBUTOS
Artículo 1º.- Objetivo y Finalidad
Aprobar el Régimen de incentivos de pronto pago de
los Arbitrios del ejercicio 2015, incentivos consistentes en
descuentos sobre el insoluto de los tributos mencionados
a cargo de la Municipalidad Distrital de Villa María del
Triunfo, así como f‌i jar las fechas de vencimiento para el
pago de dichos tributos.
Artículo 2º.- Régimen de Incentivos y Alcance
Los contribuyentes de predios destinados a casa
habitación podrán optar por acogerse a los descuentos
por pronto pago bajo las siguientes modalidades:
1. Por pago adelantado anual:
a) 15% de descuento a los contribuyentes puntuales
sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2015, a condición que
se cancelen los cuatro trimestres de Arbitrios Municipales del
presente ejercicio, hasta la fecha de pago de la primera cuota
del vencimiento trimestral de dicho tributo.
b) 8% de descuento sobre la tasa de Arbitrios
Municipales 2015, a los contribuyentes que mantengan
deuda por ejercicios anteriores, a condición que se
cancelen los cuatro trimestres de Arbitrios Municipales del
presente ejercicio, hasta la fecha de pago de la primera
cuota del vencimiento trimestral de dicho tributo.
2. Por pago trimestral:
a) 10% de descuento a los contribuyentes puntuales
sobre la tasa de Arbitrios Municipales 2015, a condición
que la tasa de Arbitrios del trimestre sujeto al benef‌i cio, se
cancele antes o dentro de su vencimiento trimestral.
b) 4% de descuento sobre la tasa trimestral de Arbitrios
Municipales 2015, a los contribuyentes que mantengan
deuda por ejercicios anteriores, a condición que la tasa de
Arbitrios del trimestre sujeto al benef‌i cio, se cancele antes
o dentro de su vencimiento trimestral.
Artículo 3º.- Precisiones respecto a la situación
que genera el benef‌i cio
Se considera contribuyente PUNTUAL a aquellos que
al 31 de Diciembre de 2014, regularizaron sus deudas
tributarias inclusive las de ejercicio 2014.
Se considera contribuyente NO PUNTUAL a aquellos
que a la fecha de pago de los Arbitrios de 2015, mantengan
saldos pendientes por pagar respecto de los tributos
administrativos por la entidad.
Se considera descuento a la condonación que se
efectúa sobre el insoluto de los arbitrios municipales del
ejercicio 2015.
En el caso de existir arbitrios vencidos y por vencer, el
benef‌i cio según las condiciones anteriormente indicadas,
es aplicable respecto a los trimestres que se cancelen
dentro de su vencimiento.
En todas las modalidades de descuento por pronto
pago descritas en el artículo 2º de la presente Ordenanza,
el benef‌i cio se aplica por anexo o predio cancelado.
Artículo 4º.- Fechas de vencimiento de pago
Fíjese las fechas de vencimiento para la recaudación de
arbitrios de 2015, de acuerdo al siguiente cronograma:
Primer Trimestre (Enero, Febrero y Marzo), el 31-04-
2015
Segundo Trimestre (Abril, Mayo y Junio) el 30-06-
2015
Tercer Trimestre (Julio, Agosto y Setiembre) el 30-09-
2015
Cuarto Trimestre (Octubre, Noviembre y Diciembre) el
30-12-2015
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargar el cumplimiento de la presente
Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas
y Agencias Municipales, Sub Gerencia de Tecnología
de la Información y Procesos, y a la Sub Gerencia de
Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento
de la presente Ordenanza, en lo que sea de su
competencia.
Segunda.- Facultar al señor Alcalde para que,
mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar las fechas
de vencimiento establecidas en el artículo cuarto de la
presente Ordenanza, si la gestión operativa de los tributos
indicados así lo amerita.
Tercera.- La Presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS A. PALOMINO ARIAS
Alcalde
1212273-1
Establecen montos por derecho de
emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación de Tributos
Municipales y recibos de pago para el
Ejercicio 2015
ORDENANZA Nº 189-MVMT
Villa María del Triunfo, 12 de marzo del 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO
VISTO, en la Sesión Ordinaria de la fecha, el
Memorándum Nº 0179-2015-GM/MVMT de la Gerencia
Municipal, el Informe Nº 0030-2015-SGAT-GRAM/MVMT
de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, el Informe

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