ORDENANZA N° 1887 - Modifican el Plano de Zonificación del distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1017-MML

Fecha de disposición13 Junio 2015
Fecha de publicación13 Junio 2015
El Peruano
Sábado 13 de junio de 2015
554978
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas
de derecho público, emanan de la voluntad popular,
gozan de autonomía política, económica y administrativa,
y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública
regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas,
compartidas y delegadas en el marco de las políticas
nacionales y sectoriales.
que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar,
modif‌i car o derogar las normas que regulen o reglamenten
los asuntos y materias de competencia y funciones del
Gobierno Regional”.
Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que
“Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter
general, la organización y la administración del Gobierno
Regional y reglamentan materias de su competencia”.
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos
y Servicios Prestados en Exclusividad (TUPA) del
Proyecto Especial Madre de Dios, fue aprobado mediante
Resolución Gerencial N° 096-2008-GOREMAD-2100, de
fecha 19 de noviembre del 2008.
Que, mediante Informe Técnico N° 050-2014-
GOREMAD/GRPPYAT/SGDIEI, la Sub Gerencia
de Desarrollo Institucional e Informática del
Gobierno Regional de Madre de Dios, comunica a la
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, que la propuesta de
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Proyecto Especial Madre de Dios, cumple con la
aplicación del nuevo formato aprobado mediante Decreto
Supremo N° 062-2009-PC; así como, del Formato
de Sustentación Legal y Técnica de Procedimientos
Administrativos, establecidos en el Decreto Supremo N°
079-2007-PCM, y el sustento de costos según uso del
aplicativo Mi Costo, basado en el Decreto Supremo N°
064-2010-PCM y RSGP N° 002-2012-PCM/SGP; por lo
que, su formulación es correcta y acorde con lo previsto
en los literales d) y l) del artículo 99 del Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional,
aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2012-
CRMDD/CR, y su modif‌i catoria: Ordenanza Regional N°
026-2012-GRMDD/CR; precisando que el documento
consta de doce (12) procedimientos administrativos; tres
(03) folios de Formato Final del TUPA; dieciséis (16) folios
de Formato de Sustentación Legal y Técnica; cuarenta y
nueve (49) folios de Sustentación de Costos del TUPA;
cuatro (04) folios de Informe Técnico, y, ocho (08) folios
de Tablas ASME.
Que, mediante Informe Legal N° 1116-2014-
GOREMAD/ORAJ, la Of‌i cina Regional de Asesoría
Jurídica, considera que la propuesta de aprobación del
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Proyecto Especial Madre de Dios, es conforme con la
normativa vigente; por lo que, recomienda su remisión al
Consejo Regional, para que éste actúe de acuerdo con sus
atribuciones. Seguidamente, se emite el Informe N° 030-
2015-GOREMAD/ORAJ, por el cual, considera levantada
una observación formulada por la Consejera Delegada,
con la f‌i rma y post f‌i rma del Asesor Legal en los formatos
de sustentación técnica legal de los procedimientos.
Que, en concordancia con los informes técnico
y legal que anteceden, la Comisión de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Conejo
Regional de Madre de Dios, a través del Dictamen N°
001-2015-GOREMAD/CTCVYC, ha recomendado su
aprobación mediante Ordenanza Regional.
El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de
las facultades conferidas por la Constitución Política
Regionales y sus modif‌i catorias, en Sesión Ordinaria,
luego del análisis y debate correspondiente, con el
voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros
Regionales;
HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:
Artículo Primero: APROBAR, por los fundamentos
expuestos en la parte considerativa, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) del Proyecto
Especial Madre de Dios, el mismo que consta de doce
(12) procedimientos administrativos; tres (03) folios de
Formato Final del TUPA; dieciséis (16) folios de Formato
de Sustentación Legal y Técnica; cuarenta y nueve (49)
folios de Sustentación de Costos del TUPA; cuatro (04)
folios de Informe Técnico, y, ocho (08) folios de Tablas
ASME.
Artículo Segundo: DEROGAR, la Resolución
Gerencial N° 096-2008-GOREMAD-2100, y las demás
normas administrativas que se opongan a la presente
disposición regional.
Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Of‌i cina de
Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la
publicación de la presente Ordenanza Regional en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del
Gobierno Regional de Madre de Dios.
Comuníquese al señor Gobernador Regional de Madre
de Dios, para su promulgación.
En la ciudad de Puerto Maldonado, a los dieciséis días
del mes de abril del año dos mil quince.
MAYRA ELIZABETH HERMOZA SOVRINO
Consejera Delegada
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de
Dios, a los veinte días del mes de abril del año dos mil
quince.
LUIS OTSUKA SALAZAR
Gobernador Regional
1249531-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Plano de Zonificación
del distrito de Pueblo Libre, provincia
y departamento de Lima, aprobado
mediante Ordenanza Nº 1017-MML
ORDENANZA N° 1887
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 4 de
junio de 2015, el Dictamen N° 5-2015-MML-CMDUVN, de
la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda
y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN
DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE APROBADO
MEDIANTE ORDENANZA Nº 1017-MML., PUBLICADA
EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO
EL 16 DE MAYO DE 2007
Artículo Primero.- Modif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
del Distrito de Pueblo Libre, Provincia y Departamento
de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1017-MML,
publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano el 16 de mayo del
2007, tal como se detalla a continuación:
• De Residencial de Densidad Media RDM y Comercio
Zonal CZ a Equipamiento Educativo E1, solicitado por
la Congregación de las Canonesas de la Cruz; para el
predio ubicado en la Av. Antonio José de Sucre N° 517,
Calle Rosa Toledo N° 224 y Av. San Martin, Pueblo Libre,
provincia y departamento de Lima. Recomendándose que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR