ORDENANZA N° 1863 - Modifican el Plano de Zonificación del distrito de Puente Piedra

Fecha de publicación28 Diciembre 2014
Fecha de disposición28 Diciembre 2014
El Peruano
Domingo 28 de diciembre de 2014 541833
Artículo 13.- De los Estudios de Impacto Ambiental
y Autorizaciones de funcionamiento de centros de
acopio de materiales recuperables
Los Estudios de Impacto Ambiental se ejecutarán
conforme lo exija la ley 27446, Ley del Sistema Nacional
de Evaluación de Impacto Ambiental, sus modif‌i catorias
y reglamentos. Para el caso específ‌i co de los centros de
acopio de residuos y materiales reciclables o zonas de
comercialización de materiales recuperables, conforme
lo dispone la Ordenanza N° 1778, sobre Gestión
Metropolitana de Residuos Sólidos Municipales, y
normas complementarias en la materia, las evaluaciones
ambientales (EIA) según corresponda serán aprobadas
por DIGESA.
Las autorizaciones de operación y de funcionamiento
de conformidad con la ordenanza indicada, o norma que
regule la materia, serán tramitadas ante la Gerencia
del Ambiente. Esta gerencia asimismo determinara los
requerimientos de equipamiento, características de los
vehículos y frecuencia de ingreso y salida de los mismos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- En los sectores 3, 4 y 5, se dará un plazo
de 90 días para la elaboración de estudios específ‌i cos de
Renovación Urbana que evalúen el mejoramiento de usos
del suelo y otras acciones que correspondan, las que
serán reguladas mediante una ordenanza complementaria
a la presente. En tanto prevalecerá lo aprobado mediante
la Ordenanza 893-MML publicada el 27 de diciembre de
2007.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Deróguese toda norma y/o disposición que
se oponga a la presente Ordenanza.
Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano. Asimismo, será publicada junto con
sus anexos en el Portal de la Municipalidad Metropolitana
de Lima (www.munlima.gob.pe).
Tercera.- Las organizaciones creadas para la
administración de los espacios comunes de las
edif‌i caciones deberán contar obligatoriamente con un
reglamento.
Cuarta.- Encárguese a la Gerencia del Ambiente para
que en un plazo de 90 días formule un reglamento de
protección y manejo ambiental específ‌i co para los Centros
de Acopio de Materiales Reciclables a localizarse en el
sector 6, a f‌i n de asegurar la adecuada regulación en esta
materia y la compatibilidad de esta actividad con los demás
usos compatibles con la zonif‌i cación comercial y entornos
de inf‌l uencia ambiental. El reglamento compatibilizará
las exigencias que se desprendan de las autorizaciones
de operador, de funcionamiento y las certif‌i caciones
ambientales que por norma correspondan.
Quinta.- Las organizaciones dedicadas al acopio de
materiales reciclables deberán contar con los instrumentos
ambientales y de seguridad de sus actividades así como
deberán constituirse en organizaciones formalizadas en
Registros Públicos.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del
año dos mil catorce.
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
1182491-1
Modifican el Plano de Zonificación del
distrito de Puente Piedra
ORDENANZA N° 1863
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23
de diciembre de 2014 el Dictamen N°111-2014-MML-
CMDUVN de la Comision Metropolitana de Desarrollo
Urbano, Vivienda y Nomenclatura;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL
DISTRITO DE PUENTE PIEDRA
Artículo Primero.- Modif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
del Distrito de Puente Piedra, aprobado mediante
Ordenanza Nº 1105-MML publicado en el Diario Of‌i cial
El Peruano el 05 de enero del 2008, de Residencial de
Densidad Media (RDM) Comercio Zonal (CZ), para la
totalidad del predio ubicado en el Asentamiento Humano
El Arenal Mz. J. Lote 11-1, esquina de la Panamericana
Norte y la Calle 6. Debiendo precisar por corrección gráf‌i ca
la referida manzana, eliminando la vía local inexistente y
modif‌i cando la zonif‌i cación de Residencial de Densidad
Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV) para los predios
con frente a la Av. Ancón.
Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano
de Planif‌i cación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, incorpore en el Plano de Zonif‌i cación del Distrito
de Puente Piedra, la modif‌i cación aprobada en el Artículo
Primero de la presente Ordenanza.
POR TANTO
Mando se registre, publique y cumpla.
Lima, 23 de diciembre de 2014
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
1182501-5
Modifican el Plano de Zonificación del
distrito de Carabayllo
ORDENANZA N° 1864
LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA;
POR CUANTO
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23
de diciembre de 2014 el Dictamen N° 112-2014-MML-
CMDUVN;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL
DISTRITO DE CARABAYLLO
Artículo Primero.- Modif‌i car el Plano de Zonif‌i cación
del Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento
de Lima aprobado mediante Ordenanza Nº 1105-MML
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano el 05 de enero
del 2008, tal como se detalla a continuación:
1. Modif‌i car la zonif‌i cación de Otros Usos – OU a
Residencial de Densidad Media – RDM, a los predios
ubicados con frente a la Prolongación de la Av. Pacayal
altura de su intersección con la Av. Universitaria,
manteniendo la zonif‌i cación Comercial Zonal en el frente
de la Av. Universitaria, en concordancia con el corredor
comercial propuesto sobre dicha vía.
2. Hacer extensiva la zonif‌i cación de Comercio Zonal,
que calif‌i ca a los frentes de las Avs. Santo Domingo
y Vía de Entrada al Río, hacia el interior del predio
correspondiente a la Parcela Lote B, modif‌i cando la
zonif‌i cación Residencial de Densidad Media – RDM que
tienen las áreas interiores del predio a Comercio Zonal
– CZ.
3. Modif‌i car la zonif‌i cación de Residencial de Densidad
Media – RDM a Comercio Zonal – CZ del sector ubicado
con frente a la Av. Carlos Saco (sector Chacra Grande
Parcela 17), vía metropolitana que sirve de ingreso desde
la Panamericana Norte a un gran sector residencial en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR