ORDENANZA Nº 149-2015-MDP/C - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad

EmisorMUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC
Fecha de la disposición19 de Septiembre de 2015
561838 NORMAS LEGALES Sábado 19 de setiembre de 2015 /
El Peruano
Municipal, el Informe Nº 370-2015-MDLO-GAJ de fecha
20 de agosto de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica,
el Proveído Nº 3420 de fecha 24 de agosto de 2015 de la
Gerencia Municipal y el Proveído Nº 351-2015 de fecha
25 de agosto de 2015 de la Secretaría General.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, modi cada mediante
Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607
y Nº 30305, en concordancia con los Artículo II y IV del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; así también en su Artículo
73º, literal d) sostiene que las municipalidades, tomando
en cuenta su condición de municipalidad provincial o
distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones
especí cas o compartidas en las materias siguientes:
Organización del espacio físico, uso del suelo en
zoni cación, catastro urbano y rural, habilitación urbana,
acondicionamiento territorial, cultural y paisajístico;
Que, con Ley Nº 28294, publicada el 21 de julio de 2004
en el Diario O cial “El Peruano”, se crea el Sistema Nacional
Integrado de Información Catastral Predial y su vinculación
con el registro de predios - SNCP, con la nalidad de regular
la integración y uni cación de los estándares, nomenclatura
y procesos técnicos de las diferentes entidades generadoras
de catastro en el país. El citado sistema que se vincula con
el Registro de Predios creado por Ley Nº 27755, mediante la
información catastral, se encuentra conformado entre otros
por las municipalidades distritales;
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 490-2012 de
fecha 28 de diciembre de 2012 publicada en el diario O cial
“El Peruano” el 08 de febrero de 2014, se resuelve declarar
los sectores 01, 02 y 03 del distrito de Los Olivos como
zona catastrada, conforme a lo señalado en el literal b) del
numeral 9) de la Directiva Nº 002-2009-SNCP/ST aprobada
con Resolución Nº 01-2009-SUNARP/CNC de fecha 29 de
setiembre de 2009, publicada en el diario o cial El Peruano,
el día 18 de octubre de 2009, modi cada por la Resolución
Nº 03-2012-SNCO-CNC de fecha 26 de diciembre de
2012, debiendo adecuarse durante el mantenimiento
y actualización catastral a lo dispuesto por las normas
vigentes del SNCP. La Secretaría Técnica del SNCP
mediante la Resolución Nº 002-2014-SNCP/ST, publicada
el 13 de diciembre de 2014, en su Artículo Primero resuelve
emitir la conformidad a la declaración de Zona Catastrada
de 4,084 predios de los sectores 01, 02 y 03 del Distrito de
Los Olivos, provincia y departamento de Lima, aprobado
mediante Resolución de Alcaldía Nº 490-2012 de fecha 28
de diciembre del 2012, dicha resolución comprende a los
centros poblados AA.HH. Municipal Chillón, Urb. Pro Lima
y etapas, Urb. Pro sectores y etapas, Urb. San Diego, Urb.
La Floresta de Pro y Urb. Santa María. Asimismo, en su
artículo segundo aprueba el plano y el reporte de titulares
catastrales del Distrito de los Olivos de estos sectores,
declarados como zonas catastradas;
Que, con Informe Nº 090-2015/MDLO-GDU de fecha
30 de julio de 2015 la Gerencia de Desarrollo Urbano,
remite a la Gerencia Municipal el Informe Nº 0371-2015/
MDLO/GDU/SGCPU de fecha 16 de julio de 2015 de la
Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, en el
que se informa que se ha concluido con el Levantamiento
y Cartografía a Nivel de Lotes de los sectores 05, 13, y
parte del 07. Acorde a ello señala que las acciones se
ejecutaron conforme a las disposiciones emanadas
de la Ley Nº 28294 y la Resolución Nº 01-2010-SNCP/
CNC y las Directivas Nº 001-2006-SNCP/CNC y Nº 02-
2009-SNCP/ST; en consecuencia considera procedente
declarar viable los sectores señalados, solicitando se
emita la correspondiente Resolución de Alcaldía;
Que, con Informe Nº 370-2015-MDLO-GAJ de fecha
20 de agosto de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica
emite pronunciamiento expresando, entre otros, que tal
como señala la Subgerencia de Catastro y Planeamiento
Urbano se ha cumplido con el levantamiento y cartografía
a nivel de los sectores 005, 013 y parte del 007, la
asignación de códigos catastrales, así como la publicación
de los sectores mencionados en el portal electrónico de la
entidad y en puntos principales en coordinación con los
dirigentes de cada habilitación urbana por un plazo de 20
días que fueron: el sector 05 entre el 12 y 31 de marzo de
2014, sector 07 entre el 01 y 20 de diciembre de 2014 y
el sector 013 entre el 18 de febrero y el 13 de marzo de
2015, no reportando cuestionamientos al mismo; siendo
así solicita se emita la resolución de alcaldía que declare
como zona catastrada los sectores mencionados;
Que, acorde a los fundamentos de hecho y derecho
expuestos la Gerencia de Asesoría Jurídica emite
pronunciamiento manifestando que corresponde que el
titular de la entidad emita la resolución de alcaldía que
declare como zona catastrada los Sectores 005, 013 y
parte del 007 y disponga su remisión en formato digital,
además de la Cartografía Catastral y la Base de Datos
Catastral a la Secretaría Técnica del Sistema Nacional
Integrado de Información Catastral Predial;
Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Articulo 20º Inciso 6 de la Ley Nº 27972
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLARAR los Sectores 005,
013 y parte del 007 del Distrito de Los Olivos como Zona
Catastrada, conforme a lo señalado en el literal b) del
numeral 9 de la Directiva Nº 02-2009-SNCP-ST, debiendo
adecuarse durante el mantenimiento y actualización
catastral, a lo dispuesto por las normas vigentes del
SNCP; acorde al siguiente detalle:
SECTORES CENTRO POBLADO
005
Asociación de Vivienda La Estrella.
Urb. Pro – 4º Sector I Etapa.
Asociación Reforma Agraria.
Urb. Puerta de Pro.
Urb. Las Gardenias de Pro.
Urb. El Molino del Norte.
013
Urb. Villa del Norte
Urb. Santa Elisa I
Urb. Villa Sol II Etapa
Parte del 007
Urb. San Roque.
Urb. Santa Ana.
Artículo Segundo.- APROBAR el PLANO Y EL
REPORTE DE TITULARES CATASTRALES DEL
DISTRITO DE LOS OLIVOS, el cual comprende los
SECTORES 005, 013 y parte del 007 declarados como
ZONA CATASTRADA y que en anexo forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo Tercero.- DISPONER la remisión de la
presente Resolución en formato digital, además de la
Cartografía Catastral y la Base de Datos Catastral a la
Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de
Información Catastral Predial;
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria
General la publicación de la presente Resolución en el
Diario O cial El Peruano.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento y
ejecución de la presente Resolución, a la GERENCIA
MUNICIPAL, GERENCIA DE DESARROLLO URBANO,
SUBGERENCIA DE CATASTRO y PLANEAMIENTO
URBANO, GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA
INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, SUBGERENCIA DE
IMAGEN INSTITUCIONAL y SECRETARÍA GENERAL en
cuanto sea de su competencia.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ
Alcalde
1288833-2
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Modifican el Reglamento de Organización y
Funciones - ROF de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 149-2015-MDP/C
Pachacámac, 8 de Setiembre del 2015

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