Ordenanza N° 121-MDMP. Aprueban el Reglamento para la Prevención y Control de Ruidos Nocivos y Molestos en el distrito de Mi Perú

Fecha de publicación10 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Mi Perú 21 de abril del 2023

VISTO:

En Sesión Ordinaria de la fecha el Memorando N° 424-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 124-2023.MDMP/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Informe N° 002-2023-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto, el Memorando N° 360-2023-MDMP-GSCF de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, el Memorando N° 234-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 0107-2023-MDMP/AGFCT de la Subgerencia de Fiscalización, Control y Transporte, el Informe N° 005-2023-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 019-2023-MDMP/GSPGA de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, la Carta N° 011-2023-MDLASA de la Especialista Ambiental, el Informe N° 014-2023-MDMP/GSPGA de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, la Carta N° 007-2023-MDLASA de la Especialista Ambiental, el Memorando N° 174-2023 MDMP-GSCF de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, el Informe N° 055-2023-MDMP-GSCF/SGFCT de la Subgerencia de Fiscalización, Control y Transporte, el Memorándum N° 058-2023-MDMP/GSPGA de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, Carta N° 002-2023-MDLASA de la Especialista Ambiental, el Memorando N° 157-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe N°001-2023-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 196-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal , el Dictamen N° 002-2023-MDMP/GSAC de la Comisión de Servicios a la Ciudad de la Sala de Regidores y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 28607 y la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el numeral 115.2, del artículo 115° de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, precisa que los gobiernos locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental.

Que, conforme al inciso 3.4 del numeral 3) del artículo 80° de la Ley N°27972-Ley Orgánica de Municipalidades, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales, fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de ruidos y demás elementos contaminantes de la atmosfera y el ambiente.

Que, el artículo...

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