Ordenanza Nº 113-2023-MDMP. Modifican la Ordenanza N° 009-MDMP, que regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú
Fecha de publicación | 11 Febrero 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Mi Perú, 30 de enero de 2023
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo de manera presencial de la fecha, el Informe Legal Nº 037-2023-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico Nº 001-2023-MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, sobre la Modificación de la Ordenanza Nº 009-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en virtud de la cual el Concejo Municipal ejerce función normativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 110º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital,
Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal. A su vez el artículo 112º determina que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa.
Que, mediante el Informe Técnico Nº001-2023-MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos , señala que es necesario modificar el artículo 16º de la Ordenanza Nº 009-2016-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú, proponiendo la modificación de la reducción de algunos miembros que conforman una junta...
VISTO:
En la Sesión Ordinaria de Concejo de manera presencial de la fecha, el Informe Legal Nº 037-2023-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Técnico Nº 001-2023-MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, sobre la Modificación de la Ordenanza Nº 009-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el distrito de Mi Perú;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en virtud de la cual el Concejo Municipal ejerce función normativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 110º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la constitución y delimitación de las Juntas Vecinales Comunales, el número de sus delegados, así como la forma de su elección y revocatoria, serán establecidos mediante Ordenanza de la respectiva municipalidad distrital,
Que, el artículo 111º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los vecinos de una circunscripción municipal intervienen en forma individual o colectiva en la gestión administrativa y de gobierno municipal a través de mecanismos de participación vecinal. A su vez el artículo 112º determina que los gobiernos locales promueven la participación vecinal en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestión;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, establece “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa.
Que, mediante el Informe Técnico Nº001-2023-MDMP/GPVAH de la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos , señala que es necesario modificar el artículo 16º de la Ordenanza Nº 009-2016-MDMP, Ordenanza que Reglamenta y Regula las Elecciones de las Juntas Directivas Centrales de Asentamientos Humanos y/o Agrupaciones Poblacionales en el Distrito de Mi Perú, proponiendo la modificación de la reducción de algunos miembros que conforman una junta...
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