ORDENANZA N° 070-2014-CR-GRH - Modifican el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Producción Huánuco

Fecha de publicación01 Noviembre 2014
Fecha de disposición01 Noviembre 2014
El Peruano
Sábado 1 de noviembre de 2014 536603
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 14 días del mes de abril del
dos mil catorce.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
1156735-2
Modifican el Reglamento de
Organización y Funciones - ROF de
la Dirección Regional de Producción
Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 070-2014-CR-GRH
APROBAR LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA
DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN HUÁNUCO
Huánuco,14 abril de 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de
fecha 24 de marzo del dos mil catorce, el Dictamen Nº 016-
2014-GRH-CP/CPPPATAL, de la Comisión Permanente
de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento
Territorial y Asuntos Legales, sobre la propuesta de
modif‌i cación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), de la Dirección Regional de Producción Huánuco;
y,
CONSIDERANDO:
Estado, modif‌i cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el artículo 35º de la Ley de Bases de la
Descentralización Nº 27783, establece que los Gobiernos
Regionales son competentes para aprobar su organización
interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de
Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales
de Presupuesto;
Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4º
de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de
Gestión del Estado señala que el proceso de modernización
de la gestión del estado, tiene como f‌i nalidad fundamental
la obtención de mayores niveles de ef‌i ciencia del aparato
estatal, de manera que se logre una mejor atención a
la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los
recursos públicos, alcanzando un estado con servidores
públicos calif‌i cados y adecuadamente remunerados;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-
PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron
los lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las
Entidades de la Administración Pública, estableciendo en
el Titulo III Aprobación del ROF.- Art. 28º De la Necesidad
de aprobar el ROF, incisos c) Por efecto de la transferencia
de funciones en el marco del proceso de descentralización
y f) Para optimizar o simplif‌i car los procesos de la entidad
con la f‌i nalidad de cumplir con mayor ef‌i ciencia su misión
y funciones;
Que, el Reglamento de Organización y Funciones
– ROF, es el documento técnico normativo de gestión
institucional que formaliza la estructura orgánica de
la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro
de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones
generales de la Entidad y las funciones específ‌i cas de los
órganos y unidades orgánicas;
Que, de conformidad a lo establecido en el literal a),
del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional,
aprobar modif‌i car o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencias y
funciones del Gobierno Regional, asimismo el artículo
38 de la norma acotada, establece que las Ordenanzas
Regionales, norman asuntos de carácter general, la
Organización y Administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 004 -2014-GRH-GRPPAT/
SGDIS/GACB de fecha 24 de febrero del 2014, presentado
por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas
solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional
de Producción Huánuco, instrumento de gestión adecuado
y modif‌i cado en el marco de las necesidades surgidas
de la experiencia de la Descentralización; así como
concordado con la normatividad legal vigente que rige el
actual proceso de modernización de la gestión del Estado
y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional;
evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones
entre sus distintos Órganos y Dependencias;
Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con
el dictamen favorable de la Comisión Permanente de
Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial
Y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad
con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10º,
11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales
Nº 27867;
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones
conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias y
a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo
Regional de la referencia, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta.
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA
DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN HUÁNUCO
Artículo Primero.- APROBAR, la modif‌i cación del
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES -
ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN
HUÁNUCO, el mismo que consta de seis (04) Títulos,
veintiocho (28) Artículos, cinco (05) Disposición
Complementaria, Transitorias y Finales y una Estructura
Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- PUBLICAR, la presente
Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional
Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete
del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos
mil cuatro - PCM; concordante con lo previsto en el artículo
cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos
sesenta y siete - Orgánica de Gobierno Regionales.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación.
En Huánuco a los 02 días del mes de abril del año Dos
Mil Catorce.
JOSÉ LUIS GONZÁLES CHUMBE
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 14 días del mes de Abril del
dos mil catorce.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
1156735-3

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