Ordenanza N° 061-2023-MDSRQ. Establecen beneficio sobre deudas tributarias para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, en la Jurisdicción del distrito de Santa Rosa de Quives

Fecha de publicación08 Septiembre 2023
SecciónSección Única
82 NORMAS LEGALES Viernes 8 de setiembre de 2023
El Peruano
/
Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives, en
tanto, ha generado obsolescencia en algunas funciones
ya estandarizadas en los sistemas administrativos, y en
tanto, genera la obligación de adecuarse a esta nueva
regulación.
Que, conforme lo establecido en los numerales 1,
2 y 3 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI,
de la RSGP N°005-2020-PCM-SGP, los documentos
referidos en estos numerales son visados por la
Gerencia Planeamiento y Presupuesto, o quien
haga sus veces, teniendo en cuenta el proceso de
aprobación del ROF. En ese sentido, la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta para
la aprobación de la Estructura Orgánica y el Reglamento
de Organización y Funciones (ROF); que contempla la
adecuación al Modelo 3 de la estructura orgánica y las
funciones de los órganos y unidades orgánicas, según
lo dispuesto en la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/
SGP/SSAP, anexando el informe técnico Sustentatorio,
que contiene las chas técnicas correspondientes, para
la aprobación del ROF;
Que, conforme lo establecido en el numeral 4 (página
47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de la RSGP
N°005-2020-PCM-SGP, el informe legal es visado por la
Gerencia de Asesoría Jurídica, o quien haga sus veces,
teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF.
En ese sentido, la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite
el informe correspondiente, para la aprobación del ROF;
Que, estando a los argumentos antes expuestos,
resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica
y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la
Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives:
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el numeral 8 del artículo 9° y del artículo
40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972,
en sesión de Concejo Municipal, de fecha 26 de mayo del
año 2023, el Concejo por MAYORIA y con la dispensa del
trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la
siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SANTA ROSA DE QUIVES
Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica
y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de
la Municipalidad Distrital de Santa Rosa de Quives, que
forman parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza
Municipal N°023-202/MDSRQ y sus modicatorias, así
como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia
de Planeamiento y Presupuesto y demás áreas
competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la
presente Ordenanza; así como a la Gerencia de Recursos
Humanos, la elaboración del Cuadro para Asignación de
Personal Provisional de la entidad en base al Reglamento
de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica,
aprobados en el artículo primero.
Artículo Cuarto.- DISPONER que el Reglamento
de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica
aprobados en el artículo primero, entrarán en vigencia
a partir de la aprobación del Cuadro para Asignación de
Personal Provisional a que hace referencia el artículo
precedente.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ocina de Atención
al Ciudadano y Gestión Documentaria la publicación de la
presente Ordenanza en el Diario que corresponda y en
el Portal Institucional y en el Portal del Estado Peruano
(www.peru.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO AGURTO CARDENAS
Alcalde
2210277-1
Establecen beneficio sobre deudas
tributarias para el pago del Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales, en la Jurisdicción
del Distrito de Santa Rosa de Quives
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 061-2023-MDSRQ
Santa Rosa de Quives, 24 de agosto de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SANTA ROSA DE QUIVES
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA ROSA DE
QUIVES
VISTO:
Informe Nº 034-2023-GAT/MDSRQ, de fecha 17 de
agosto del 2023, Memorándum Nº 474-2023-MDSRQ/
GM, de fecha 18 de agosto, Informe Legal Nº
0111-2023-MDSRQ/GAJ, de fecha 21 de agosto del
2023, Proveído Nº 199-2023-MDSRQ/GM, de fecha
21 de agosto del 2023 referente al “PROYECTO DE
ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIO TRIBUTARIO
EN EL DISTRITO DE SANTA ROSA DE QUIVES”; y,
CONSIDERANDO:
Que, estando a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú modicado por la Ley
Nº 30305, las Municipalidades Provinciales y Distritales
son órganos de Gobierno Local, con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia; lo que se encuentra en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,
Ley orgánica de Municipalidades y modicatorias, que
señala que la Constitución Política del Perú otorga a la
municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 74º y el numeral 4 del artículo 195º
de la Constitución Política del Perú, en concordancia con
el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de
Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 156-2004-EF, y la Norma IV del Título Preliminar del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
por el Decreto supremo Nº 133-2013-EF, establece la
potestad tributaria de los gobiernos locales para crear,
modicar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios,
derechos y licencias, o exonerar de éstas, dentro de su
jurisdicción y dentro de los límites que señala la ley;
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades establece “que los concejos
municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante
la aprobación de ordenanzas y acuerdos. (…)”; lo cual
resulta concordante con lo señalado en el numeral 29
del del artículo 9º de la citada norma, el cual precisa que
corresponde al Concejo municipal, aprobar el régimen de
administración de sus bienes y rentas;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades establece que las Ordenanzas de las
Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia
de su competencia, son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tienen
competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean,
modican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas,
licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites
establecidos por ley (…); asimismo, el numeral 8 del
artículo 9º de la misma norma, señala que corresponde
al Concejo Municipal, aprobar modicar o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 08/09/2023 00:33

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