ORDENANZA N° 039-2014-MPC - Aprueban modificación de la Ordenanza N° 022-2006-MPC, que reglamentó la expedición de certificados domiciliarios

Fecha de publicación13 Marzo 2015
Fecha de disposición13 Marzo 2015
El Peruano
Viernes 13 de marzo de 2015 548531
Operativo, el Cuadro de Necesidades, el Presupuesto
Anual y los instrumentos de gestión de su competencia.
23) Formular, actualizar y proponer la normatividad
interna de su competencia a través de Directivas,
Procedimientos y otros documentos.
24) Cumplir con las demás atribuciones y
responsabilidades que se deriven del cumplimiento de las
normas legales y las funciones que le sean asignadas por la
Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental.
Artículo 2º.- Adicionar, funciones a la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto e Informática, Gerencia de
Obras Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Servicios
a la Ciudad y Gestión Ambiental y Gerencia de Desarrollo
Social y Humano; Funciones que se encuentran
establecidas en el Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad Provincial de Cañete,
aprobados mediante Ordenanza Nº 042-2012-MPC, y
que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 48º.- Son funciones de la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto e Informática:
w) Impulsar la programación de recursos presupuestales
para las intervenciones en materia de gestión del riesgo
de desastres, en el marco del PLANAGERD.
x) Coordinar, organizar, promover y conducir el Grupo
de Trabajo de Gestión del Riesgo de Desastres, en calidad
de Secretaría Técnica.
y) Proponer al Grupo de Trabajo de Gestión del Riesgo
de Desastres el proyecto de agenda de las sesiones y
llevar el registro de actas.
z) Proponer e implementar acciones alineadas al Plan
de Actividades anual de Gestión de Riesgo de Desastres.
aa) Coordinar con los representantes de la unidades
orgánicas conformadas del Grupo de Trabajo de Gestión
del Riesgo de Desastres la implementación y ejecución de
los acuerdos tomados.
bb) Proponer la conformación del Equipo Técnico de
Trabajo, para la elaboración de los planes específ‌i cos en
el marco de las gestión del riesgo de desastres.
cc) Proponer los instrumentos de planif‌i cación para la
prevención de desastres de acuerdo a los lineamientos de
SINAGERD, en coordinación con las unidades orgánicas
competentes.
Artículo 93º.- Son funciones de la Gerencia de Obras,
Desarrollo Urbano y Rural:
z) Proponer a la Gerencia Municipal los Planes de
Acondicionamiento Territorial, Planes Urbano y demás planes
de desarrollo, incorporando el enfoque de Gestión de Riesgos
de Desastres, utilizando los mecanismos de coordinación,
concertación y participación necesarios, una vez aprobados,
supervisar su cumplimiento y mantenerlos actualizados.
aa) Promover y brindar apoyo en la ejecución de los
procesos de rehabilitación y reconstrucción en el marco
de la Gestión de Riesgos de Desastres de acuerdo a su
competencia, coordinando en el Grupo de Trabajo.
bb) Coordinar y supervisar las obras de prevención,
rehabilitación y reconstrucción conjuntamente con la Sub
Gerencia de Gestión de Riesgos, o quien haga sus veces.
Artículo 106º.- Son funciones de la Gerencia de
Desarrollo Social y Humano:
vv) Formular Proyectos de Inversión Pública de su
competencia, incorporando el análisis de riesgos.
ww) Promover y brindar apoyo en la ejecución de
actividades sobre Gestión del Riesgo de Desastres, de
acuerdo a su competencia.
Artículo 140º.- Son funciones de la Gerencia de
Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental:
y) Promover y Brindar apoyo en la ejecución de
actividades sobre Gestión del Riesgo de Desastres, de
acuerdo a su competencia.
Artículo 3º.- Encargar, a la Gerencia de Secretaría
General, la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MARÍA M. MONTOYA CONDE
Alcaldesa
1210083-1
Aprueban modificación de la Ordenanza
N° 022-2006-MPC, que reglamentó
la expedición de certificados
domiciliarios
ORDENANZA Nº 039-2014-MPC
Cañete, 5 de diciembre del 2014
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CAÑETE
POR CUANTO: El Concejo Provincial de Cañete, en
Sesión Ordinaria del 28 de noviembre del 2014, en atención
al Informe Nº 099-2014-SGPC-GDSyH-MPC, remitido por la
Subgerencia de Participación Ciudadana de la Municipalidad
Provincial de Cañete, referente al procedimiento de
expedición de certif‌i cados domiciliarios, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el artículo 194 de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley de
Reforma Constitucional Ley Nº 27680, en la que señala que
las municipalidades provinciales y distritales son los órganos
de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº
gobiernos locales gozan de autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, La
autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el inciso 3 y 8, del artículo 9, de la norma legal
señalada anteriormente, establece como atribuciones
del Concejo Corresponde el de Aprobar el régimen de
organización interior y funcionamiento del gobierno local y
el de Aprobar, modif‌i car o derogar las ordenanzas y dejar
sin efecto los acuerdos.
Que, según la Ley Nº 28862 Ley que Elimina la Atribución
de la Policía Nacional del Perú a Expedir Certif‌i cados
Domiciliarios en su art. 3º toda mención o exigencia
dispuesta en nuestra legislación referidos a certif‌i cados
domiciliarios expedidos por la Policía Nacional del Perú,
debe de entenderse como certif‌i cado domiciliario que puede
ser expedido por los gobiernos locales, notarios públicos o
jueces de paz conforme a las leyes vigentes.
Que, para la encargatura de expedición de Certif‌i cado
Domiciliario se debe de realizar la correspondiente
modif‌i cación de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, así
como del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) y el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la
aplicación administrativa correspondiente.
Que, mediante Ordenanza Nº 022-2006-MPC, de
fecha 14 de agosto del 2006, se aprueba la “Ordenanza
Reglamentaria para la Expedición de Certif‌i cados
Domiciliarios”, en aplicación de la Ley Nº 28862, mediante
el cual se autoriza a los Gobiernos Locales a expediré os
Certif‌i cados Domiciliarios de las personas con residencia
en el ámbito del Distrito de la Provincia de Cañete.
Que, Informe Nº 099-2014-SGPC-GDSyH-MPC,
de fecha 11 de setiembre del 2014, la Sub Gerencia
de Participación Ciudadana, remite el proyecto de
modif‌i cación de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC, así
como del Reglamento de Reglamento de Organización y
Funciones y Texto Único de Procedimientos Administrativos
de esta institución edil.
Que, mediante Informe Legal Nº 323-2014-OAJ-
MPC, de fecha 30 de setiembre del 2014, la Gerencia
de Asesoría Jurídica se pronuncia por la procedencia
de la modif‌i cación de la Ordenanza Nº 022-2006-MPC,
modif‌i cación del artículo 2, del reglamento de organización
y funciones, así como de la modif‌i cación del TUPA de esta
institución edil, conforme a lo solicitado por la Subgerencia
de Participación Ciudadana;
Que, mediante Dictamen Nº 022-2014-CPEAM-MPC,
de fecha 07 de noviembre del 2014, la Comisión de
Planif‌i cación, Economía y Administración Municipal, opina
que resulta factible la modif‌i cación de la Ordenanza Nº
022-2006-MPC, mediante el cual se faculta la Expedición

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