Ordenanza Nº 031-2022-MPH-BCA. Ordenanza que aprueba el Plan Vial Provincial Participativo de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca

Fecha de publicación23 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Bambamarca, 31 de agosto de 2022

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUALGAYOC – BAMBAMARCA

VISTO:

En sesión ordinaria del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, de fecha 31 de agosto de 2022, la validación del Plan Vial Provincial Participativo (PVPP) de la provincia de Hualgayoc - Bambamarca 2022 – 2026; y, bajo la presidencia del señor Alcalde, Abg. Marco Antonio Aguilar Vásquez.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 1940 de la Constitución Política del Perú modificado por el Artículo único de la Ley Nº 30305, establece que: “Las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; precisando: “la autonomía consagrada en la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, de administración y, normativos con sujeción al ordenamiento jurídico”; es decir, que siendo un nivel de gobierno subnacional, está obligado a observar y cumplir de manera obligatoria las disposiciones que regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas de los Sistemas Administrativos del Estado;

Que, como lo establece el Art. IV del Título Preliminar del mismo cuerpo de leyes, los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de la circunscripción;

Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercen su función normativa mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales;

Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa a través de la expedición de Ordenanzas Municipales, las mismas que de conformidad con lo previsto por el numeral 4 del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú, tiene rango de Ley, además de constituir norma de carácter general de la mayor jerarquía dentro de la estructura normativa municipal, conforme a lo previsto en el artículo 40º de la Ley Nº 27972;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 34-2008-MTC, se aprueba el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, con el objeto, entre otros, de definir las pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas;

Que, el inciso 2) del Artículo 4º del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR