ORDENANZA N° 026-2014-GRSM/CR - Aprueban las Prioridades Regionales de Investigación para la Salud, 2015 - 2021

Fecha de disposición30 Abril 2015
Fecha de publicación30 Abril 2015
El Peruano
Jueves 30 de abril de 2015 551719
los riesgos ambientales y respetando el ordenamiento
espacial.
• Establecer un conjunto de indicadores de impactos
para promover las inversiones
• Desarrollar un sistema integrado de información
estadística y monitoreo de resultados de las inversiones
• Promover la valoración del capital natural en las
cuentas nacionales (sistema de contabilidad ambiental y
económica)
• Promover estudios para la valorización de los
bosques que permitan generar inversiones verdes.
POLÍTICAS ESPECÍFICAS:
Atracción al Inversionista: Generar condiciones y
facilitación para la atracción de inversión privada inclusiva
y sostenible para la región.
• Realizar Análisis de oportunidades de inversiones
para articular a las empresas y organizaciones
• Promocionar una marca región y Marketing
focalizado
• Facilitar Servicios al inversionista
• Mejora del clima de negocio y asesoría a la
autoridad
• Canalizar mecanismos para promover incentivos al
inversionista
• Mejora de la competitividad de las empresas locales
• Presupuesto y dotación de recursos humanos
especializados en promoción de inversiones.
• Gestionar y operativizar Of‌i cinas de Promoción de
Inversiones en otras partes del país.
Sectores Priorizados: Fomentar las inversiones
sostenibles en los sectores: social, económico, ambiental
recursos naturales y ordenamiento territorial, político
institucional respetando las potencialidades y limitaciones
del territorio en las zonas priorizadas en la Política
Territorial Regional
• Implementar Planes de Transito de las Cadenas de
valor
• Fomentar la Infraestructura de la calidad y sistemas
de aseguramiento de la calidad
• Promover el acceso a certif‌i caciones de las empresas,
organizaciones de productores e instituciones.
• Promover sello y premio a la calidad
• Fomentar la transformación de la producción bajo
criterios de calidad, mercado y manejo de residuos.
• Fomentar el uso de energías renovables.
• Promover sistemas agroforestales en los cultivos.
• Promover inversiones de infraestructura turística que
guarden armonía con el medio ambiente
• Promover las gestión de inversiones verdes e
inclusivas
Innovación y Desarrollo Tecnológico: fomentar la
innovación empresarial y desarrollo tecnológico productivo
de las organizaciones público y privadas
• Facilitar el acceso y uso de nuevos conocimientos y
tecnologías
• Promover el acceso a certif‌i caciones de las empresas,
organizaciones de productores e instituciones.
• Desarrollo de un entorno favorable para la
innovación, investigación y desarrollo demandado por el
sector privado.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Presidencia
Regional como órgano ejecutivo del Gobierno Regional,
aprobar las Estrategias o iniciativas de gestión para
la implementación de las Políticas de la promoción de
inversiones de la región de San Martin, mediante los
documentos normativos pertinentes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Planeamiento y Presupuesto en coordinación con la
Gerencia Regional de Desarrollo Económico la difusión,
implementación y monitoreo de la política descrita en el
artículo primero, así mismo aprobar planes, programas
y normativa que se requiera para el cumplimiento de las
mismas.
Artículo Cuarto.- ORDENAR al Gobierno Regional
de San Martín a través de sus diferentes órganos de
línea y órganos desconcentrados en coordinación con
los Gobiernos Locales y Sociedad Civil institucionalizar la
Política de promoción de inversiones de San Martin está
alineando en marco a sus competencias sectoriales, sus
políticas planes, programas, proyectos y actividades, que
inciden en el territorio, a f‌i n de dar cumplimiento efectivo
a dicha política.
Artículo Quinto.- ENCARGAR que la Gerencia
General Regional del Gobierno Regional de San Martín
realice los trámites respectivos para Ia publicación de
la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor
circulación del departamento de San Martín y en el Diario
Of‌i cial El Peruano, previa promulgación del Presidente
Regional del Gobierno Regional de San Martín
Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza
Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta para
proceder a su implementación correspondiente
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de San Martín para su promulgación.
CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA
Presidenta del Consejo Regional de San Martín
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
San Martín a los veinte y dos días del mes de diciembre
del año dos mil catorce.
POR TANTO:
Mando se publique y se cumpla.
JAVIER OCAMPO RUIZ
Presidente Regional
1230579-2
Aprueban las Prioridades Regionales
de Investigación para la Salud, 2015
– 2021
ORDENANZA REGIONAL
Nº 026-2014-GRSM/CR
Moyobamba, 22 de diciembre del 2014
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de San
Martín; de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º
y 192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680; la
sus modif‌i catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº
28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y
demás normas complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Perú, establece en su
artículo 1º La Defensa de la persona humana y el respeto
a su dignidad que son el f‌i n supremo de la sociedad y el
Estado; así mismo el Artículo 2º señala que toda persona
tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y
física y a su libre desarrollo y bienestar donde el concebido
es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece;
Que, La Constitución Política del Perú, en su artículo
191º establece que los gobiernos regionales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Descentralización, en su artículo 8º precisa; la autonomía
es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus
tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos
públicos de su competencia;
Regionales, en el artículo 45º literal a, conf‌i ere las
atribuciones de def‌i nir, normar, dirigir y gestionar sus
políticas regionales y ejercer sus funciones generales y
especif‌i cas en concordancia con las políticas nacionales
y sectoriales;
Regionales, en el artículo 49º, establece que son

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR