Majes, 19 de octubre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE MAJES en Sesión extraordinaria virtual de la fecha; y,
VISTO:
El Dictamen N° 0036-CORIECRYD-2023-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Institucional Educación Cultura, Recreación y Deportes; Informe Nº 00000502-2023/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Informe Nº 0000039-2023/RRCC/ MDM de la Unidad de Registro Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades, son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;
Que, el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejos Municipales...