Ordenanza Nº 021-2023-GRU-CR. Ordenanza Regional que aclara mediante Fe de Erratas el Artículo Primero de la Ordenanza Regional N° 016-2023-GRU-CR

Fecha de publicación07 Febrero 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que modifica el Mecanismo del Concurso para la Elección del/de la Jefe/a del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 081-2019-PCM

POR CUANTO:


El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización-Ley Nº 27680; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia.


Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que, los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, conforme a Ley;


Qué, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”;


Qué, la Ley Nº 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los Consejeros Regionales para...

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