Ordenanza Nº 021-2022-MDB. Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Bellavista para el Ejercicio 2023

Fecha de publicación31 Diciembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Bellavista, 22 de diciembre de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL BELLAVISTA

POR CUANTO:

VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de diciembre del 2022; el Dictamen N° 02-2022-MDB/CSC de la Comisión de Seguridad Ciudadana;

CONSIDERANDO:

Que, según Io dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley Nº 27933Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”, tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC);

Que, mediante los Decretos Legislativos Nº 1316 y Nº 1454, se introdujeron cambios en la normatividad que regula el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana que hacen necesaria la adecuación del Reglamento de la Ley Nº 27933, a efectos de regular el funcionamiento de sus órganos e instancias de coordinación;

Que, según el inciso a) del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, que modifica el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, son funciones del CODISEC entre otras: ”Proponer ante la Municipalidad la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentos de SINAPLAN.

Que, el Artículo 46º, del Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, establece que: Los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los...

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