Ordenanza Nº 02-2021-MDH/A. Ordenanza que declara bien de dominio público para servicio público el inmueble del Estadio Luna, en el distrito de Haquira, provincia de Cotabambas, departamento Apurímac

Fecha de publicación07 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Haquira, mediante Carta N° 279-2022-GM/MDH, recibida el 5 de octubre de 2022)

Haquira, 12 de febrero del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

HAQUIRA, COTABAMBAS, APURÍMAC.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital Nro. 03-2021, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha de fecha 11 de febrero del 2021, ha tratado la propuesta de la ordenanza que declara bien de dominio público para servicio público el inmueble del Estadio Luna, ubicado en el Distrito de Haquira, Provincia de Cotabambas, Región Apurímac; y, visto el Informe Nª054-2021-RSJ-SGIDUR-MDH de fecha 05 de febrero del 2021 , de la Gerencia de Infraestructura y desarrollo urbano rural, y demás antecedentes que se acompañan;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precisándose en el art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que dicha autonomía se ejerce a través de actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad el artículo 195º.5 de la Constitución Política del Estado, reconoce a los Gobiernos Locales su competencia de organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos locales de su responsabilidad;

Que, el artículo 2.2 del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA define como bienes de dominio público: aquellos bienes estatales, destinados al uso público como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vías férreas, caminos y otros, cuya administración, conservación y mantenimiento corresponde a una entidad; aquellos que sirven de soporte para la prestación de cualquier servicio público como los palacios, sedes gubernativas e institucionales, escuelas, hospitales, estadios, aportes reglamentarios, bienes reservados y afectados en uso a la defensa nacional, establecimientos penitenciarios, museos, cementerios, puertos, aeropuertos y otros destinados al cumplimiento de los fines de responsabilidad estatal, o cuya concesión compete al Estado. Tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles. Sobre ellos, el Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y de tutela conforme a Ley;

Que, es de conocimiento público, que el inmueble denominado “Estadio Luna”...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR