Ordenanza N° 017-2023/MDV. Ordenanza Municipal que modifica el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Ventanilla

Fecha de publicación23 Septiembre 2023
SecciónSección Única
101
NORMAS LEGALES
Sábado 23 de setiembre de 2023
El Peruano
/
161-2004-PRODUCE y “El día Nacional del Pisco”
aprobado por Resolución Ministerial N°055-99-ITINCI/
DM, al Calendario Turístico aprobado con Decreto de
Alcaldía N° 11-99-DASS; por lo que, es procedente la
emisión del respectivo Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Memorándum N° 1691-2023-GM-
MSS de fecha 22.08.2023, la Gerencia Municipal,
considerando las opiniones técnicas de la Gerencia de
Desarrollo Social y de la Subgerencia de Educación,
Cultura, Turismo y Deporte; y la opinión legal de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita se emita el
Decreto de Alcaldía que establezca el “Día de la Huatia
Surcana y la Sopa Surcana” e incorpore el “Día del Pisco
Sour” y el “Día Nacional del Pisco” en el Calendario
Turístico de Santiago de Surco;
Que, la Gerencia de Desarrollo Económico a través
del Memorándum N° 586-2023-GDE-MSS de fecha
23.08.2023, señala que es viable la aprobación del
Decreto de Alcaldía submateria, toda vez que se trata
de impulsar y reconocer las dinámicas económicas
locales, al incentivar a los restaurantes, micro, medianas
y grandes empresas, culturales y turísticas; Del mismo
modo, busca el reconocimiento al emprendimiento
empresarial de los vecinos surcanos, promoviendo su
participación en la actividad económica y culinaria del
distrito;
Adicionalmente indica la Gerencia de Desarrollo
Económico que, establecer un día de celebración de la
Huatia Surcana y la Sopa Surcana, ayudaría a preservar
y promover la cultura local, así como dar visibilidad a las
tradiciones culinarias y a la historia; asimismo, atraerá
a visitantes interesados en experimentar la autenticidad
culinaria y cultural, motivando a nuevas generaciones a
aprender y apreciar las técnicas de la cocina tradicional
surcana;
Que, a través del Informe N° 566-2023-SGECTD-GDS-
MSS de fecha 29.08.2023, la Subgerencia de Educación,
Cultura Turismo y Deporte, propone y sustenta el cambio
de fecha para la realización del festival de la Vendimia
Surcana, a la última semana del mes de mayo, en vez
de celebrarla en el mes de marzo. Esta modicación
permitirá separarla de las múltiples festividades de marzo,
brindándole una plataforma singular para destacar su
alcance, proyección, visibilidad, incentivo económico, y
preservación cultural;
Que, con el Informe N° 676-2023-GAJ-MSS de fecha
29.08.2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera
que la propuesta de celebración de la “Vendimia de Surco”
en la última semana del mes de Mayo es conforme, por
lo que debe continuarse su trámite a n de lograr su
aprobación respectiva por el despacho de Alcaldía a
través del respectivo Decreto;
Que, con Informe N° 593-2023-SGECTD-GDS-MSS
de fecha 12.09.2023, la Subgerencia de Educación,
Cultura Turismo y Deporte, propone que el Homenaje
a Chabuca Granda se traslade del 8 de marzo al mes
de setiembre en el Calendario Turístico de Santiago de
Surco, en razón que la fecha de nacimiento de Chabuca
Granda es el 03 de setiembre, asimismo, propone que
se retiren las peleas de gallo en razón de la Ordenanza
N° 680-MSS y el Decreto de Alcaldía N° 17-2023-MSS
que dictan medidas para la protección de los animales
y promover su convivencia amigable;
Que, con el Informe N° 712-2023-GAJ-MSS de fecha
15.09.2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera
que la propuesta de la Subgerencia de Educación,
Cultura Turismo y Deporte, es conforme, por lo que
debe continuarse su trámite a n de lograr su aprobación
respectiva por el despacho de Alcaldía a través del
respectivo Decreto;
Que, mediante Memorándum N° 1881-2023-GM-MSS
de fecha 15.09.2023, la Gerencia Municipal, considerando
las opiniones técnicas de la Subgerencia de Educación,
Cultura, Turismo y Deporte; y la opinión legal de la
Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita se emita el Decreto
de Alcaldía que reprograme el Homenaje a Chabuca
Granda y el retiro de las peleas de gallo del Calendario
Turístico de Santiago de Surco;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del
artículo 20° y 43° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades;
DECRETA:
Artículo Primero.- DECLARAR el día 30 de septiembre
como el “Día de la Huatia Surcana y la Sopa Surcana”; día
que coincide con las festividades de la Semana Turística
en Santiago de Surco – Festival Gastronómico, Vitivinícola
y Artesanal, un evento de relevancia en nuestro calendario
turístico, cuya esencia radica en revitalizar y recuperar
el sector turístico de Santiago de Surco, conforme a
las consideraciones anotadas en la parte expositiva del
presente Decreto, incluyendo dicha fecha al Calendario
Turístico de Santiago de Surco, el cual fue aprobado
mediante Decreto de Alcaldía N° 11-99-DASS.
Artículo Segundo.- INCORPORAR el “Día del Pisco
Sour” a celebrarse cada primer sábado del mes de
febrero y el “Día Nacional del Pisco” a celebrarse cada
cuarto domingo del mes de julio, al Calendario Turístico
de Santiago de Surco, de conformidad con la Resolución
Ministerial N° 161-2004-PRODUCE y la Resolución
Ministerial N°055-99-ITINCI/DM.
Artículo Tercero.- REPROGRAMAR en el Calendario
Turístico de Santiago de Surco, el Festival de la Vendimia
Surcana, la que se realizará la última semana de mayo.
Artículo Cuarto.- REPROGRAMAR en el Calendario
Turístico de Santiago de Surco, el Homenaje a Chabuca
Granda, el cual se realizará en la primera quincena del
mes de setiembre.
Artículo Quinto.- RETIRAR La pelea de Gallos del
Calendario Turístico de Santiago de Surco.
Artículo Sexto.- PRECISAR que la celebración
señalada en el Calendario Turístico de Santiago de Surco
como la Semana Turística en Santiago de Surco – Festival
Gastronómico, Vitivinícola y Artesanal, se realiza la 4ta
semana de setiembre.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaria
General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía
en el Diario Ocial El Peruano; a la Gerencia de
Tecnologías de la Información su publicación en el Portal
del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal
Institucional (www.munisurco.gob.pe); y, a la Gerencia
de Comunicaciones e Imagen Institucional, la difusión del
presente decreto.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CARLOS BRUCE MONTES DE OCA
Alcalde
2218083-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Ordenanza Municipal que modifica el
Reglamento Interno del Concejo Municipal
de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 017-2023/MDV
Ventanilla, 18 de setiembre de 2023
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE VENTANILLA
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal presencial
y virtual de fecha 18 de setiembre de 2023, el Memorando
Nº 1201-2023/MDV-SG de la Secretaría General, el
Informe Legal Nº 331-2023/MDV-GAJ de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 5693-2023 de la
Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 007-2023-MDV-CAL-
CAF de la Comisión de Asuntos Legales y Comisión de
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 23/09/2023 01:58

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