Ordenanza N° 016-2023-MDSMM. Modifican la Ordenanza N° 288-A-2019-MDSMM que regula el procedimiento para el arrendamiento por subasta pública, sobre locales municipales y/o espacios públicos, destinados para fines comerciales

Fecha de publicación31 Octubre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Ica, Moquegua, Puno y Tacna, por peligro inminente ante déficit hídrico como consecuencia del posible Fenómeno El Niño 2023-2024

Santa María del Mar, 19 de octubre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR.


POR CUANTO:


El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº 019-2023 de fecha 19 de octubre de 2023;


VISTO:


El Acuerdo de Concejo Nº 035-2023-MDSMM que aprobó la incorporación de una Disposición Complementaria a la Ordenanza Nº 288-A-2019, Ordenanza que regula el procedimiento para el arrendamiento por Subasta Pública, sobre Locales Municipales y/o Espacios públicos, destinados para fines Comerciales, ubicados en el Distrito de Santa María del Mar; y,


CONSIDERANDO:



Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú;


Que, el artículo 59º de la Ley Nº 27972Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modificado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del concejo municipal. Cualquier transferencia de propiedad o concesión sobre bienes municipales se hace a través de subasta pública, conforme a ley. Estos acuerdos deben ser puestos en conocimiento de la Contraloría General de la República en un plazo no mayor de 7 (siete) días, bajo responsabilidad”;


Que, con fecha 16 de setiembre de 2023, se...

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