Ordenanza N° 016-2021-CR/GOB.REG.TACNA. Declaran de Interés Regional la articulación de la gestión y gobernanza del interés compartido para el desarrollo de ecosistemas productivos en el marco de la reactivación económica y el desarrollo de la Región Tacna
Fecha de publicación | 21 Junio 2023 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
(Se publican las siguientes Ordenanzas y Acuerdos a solicitud del Gobierno Regional de Tacna, mediante Oficio N° 139-2023-ORPII-GGR/GOB.REG.TACNA, recibido el 19 de junio de 2023)
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (…) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 36 sobre competencias compartidas señala: “(…) c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura (…)”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 10 establece: “(...) 1. Competencias Exclusivas. Son Competencias Exclusivas (...) las siguientes: (...) g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades. (…)”; asimismo, en su artículo 55 sobre funciones en materia de comercio establece: “(…) e) Promover la provisión de servicios financieros a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en las medianas, PYMES y las unidades productivas orientadas al comercio y a las exportaciones, por parte del sector privado”.
Que, con Oficio Nº 002-2021-JCHF-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha de recepción (ST) 17 de marzo de 2021, remitido por el Ing. Jesús Chambi Flores, presenta la propuesta normativa: “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ARTICULACIÓN DE LA GOBERNANZA DEL INTERÉS COMPARTIDO PARA EL DESARROLLO DE ECOSISTEMAS PRODUCTIVOS EN EL MARCO DE LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y EL DESARROLLO DE LA REGIÓN TACNA”, para lo cual se adjunta la propuesta normativa.
Que, con el Oficio Nº 230-2021-DAGIA-DRA.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de marzo de 2021 emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el Oficio Nº 214-2021-SGGE-GRDE/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de abril de 2021 emitido por...
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha dieciséis de agosto de dos mil veintiuno, en Sesión Extraordinaria realizada mediante videoconferencia, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 192 señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: (…) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a ley”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 36 sobre competencias compartidas señala: “(…) c) Promoción, gestión y regulación de actividades económicas y productivas en su ámbito y nivel, correspondientes a los sectores agricultura (…)”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 10 establece: “(...) 1. Competencias Exclusivas. Son Competencias Exclusivas (...) las siguientes: (...) g) Facilitar los procesos orientados a los mercados internacionales para la agricultura, la agroindustria, la artesanía, la actividad forestal y otros sectores productivos, de acuerdo a sus potencialidades. (…)”; asimismo, en su artículo 55 sobre funciones en materia de comercio establece: “(…) e) Promover la provisión de servicios financieros a las empresas y organizaciones de la región, con énfasis en las medianas, PYMES y las unidades productivas orientadas al comercio y a las exportaciones, por parte del sector privado”.
Que, con Oficio Nº 002-2021-JCHF-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha de recepción (ST) 17 de marzo de 2021, remitido por el Ing. Jesús Chambi Flores, presenta la propuesta normativa: “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA ARTICULACIÓN DE LA GOBERNANZA DEL INTERÉS COMPARTIDO PARA EL DESARROLLO DE ECOSISTEMAS PRODUCTIVOS EN EL MARCO DE LA REACTIVACIÓN ECONÓMICA Y EL DESARROLLO DE LA REGIÓN TACNA”, para lo cual se adjunta la propuesta normativa.
Que, con el Oficio Nº 230-2021-DAGIA-DRA.T/GOB.REG.TACNA, de fecha 30 de marzo de 2021 emitido por la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; el Oficio Nº 214-2021-SGGE-GRDE/GOB.REG.TACNA, de fecha 07 de abril de 2021 emitido por...
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