Ordenanza Nº 013-2022-GRP-CRP. Establecen como requisito obligatorio para el ejercicio profesional en la Administración Pública y privada del ámbito de la Región de Puno, la acreditación de su inscripción y habilidad profesional vigente en el Colegio Profesional respectivo

Fecha de publicación13 Octubre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
VISTO:

Conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 08 de setiembre del 2022, el Pleno del Consejo Regional, aprobó la emisión del Acuerdo Regional con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, conforme al Dictamen Nº 003-2022-GRP-CR/COPYPYAC de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 191º de la Constitución Política del Perú establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo al artículo 2º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia;

Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8º precisa que la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia;

Que, de conformidad al artículo 13º de la Ley Nº 27867, modificado por el artículo único de la Ley Nº 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, y del literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, se tiene que es atribución del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el literal a) del artículo 37º del mismo cuerpo normativo que indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales;

Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, estipula que las Ordenanzas Regionales, del Consejo Regional, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentando materias de su competencia;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 006-2009 se establece como requisito obligatorio la habilitación vigente otorgado por el Colegio Profesional en el departamento de Puno tanto en la Administración Pública, como en la Actividad Privada, la cual se encuentra vigente pero que requiere ser actualizado, conforme a la solicitud de los diferentes Colegios Profesionales de la región Puno;

Que, se tiene la normativa específica conforme señala el artículo 363º del Decreto Legislativo Nº 635, Código Penal, el cual establece lo siguiente “El que, con falso título o el titulado que sin reunir los requisitos...

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