Ordenanza Nº 012-2022-MDCLR. Crean el Comité Distrital de Salud de Carmen de la Legua Reynoso

Fecha de publicación13 Agosto 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Carmen de la Legua Reynoso, 19 de Julio de 2022

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO.

VISTO:

En sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de Julio de 2022, Informe N° 189-2022-SGSGA/GDA/MDCLR de fecha 15 de Junio del 2022 emitido por la Sub Gerencia de Sanidad y Gestión Ambiental, Informe N° 055-2022-GDA/MDCLR de fecha 21 de Junio del 2022 emitido por la Gerencia de Desarrollo Ambiental, Informe N°183-2022-GAJ/MDCLR de fecha 21 de junio del 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Creación del Comité Distrital de Salud de Carmen de la Legua – Reynoso.”

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con ordenamiento jurídico;

Que, el inciso 4 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son funciones específicas compartidas de las municipalidades distritales gestionar la atención primaria de salud;

Que, el literal h) del artículo 42º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, se establece que son competencias exclusivas de la Municipalidad Distrital el dictar las normas sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, regulando en el literal b) del artículo 43º, a la salud pública como competencia compartida con los demás niveles de gobierno;

Que, el artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1504, establece que el Sistema Nacional de Salud se encuentra conformado por el Ministerio de Salud como ente rector, los órganos de los distintos niveles de gobierno con las entidades que los integran, y, por las instancias de coordinación interinstitucional, siendo parte de estas últimas el Consejo Nacional de Salud, los Consejos Regionales de Salud, los Consejos Provinciales de Salud y los Comités Distritales de Salud;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2020-SA, se aprueba el Reglamento de las Instancias de Coordinación Interinstitucional del Sistema Nacional de Salud y del Proceso de Elecciones de los miembros que...

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