Ordenanza N° 012-2022-MDM. Regulan de manera extraordinaria y excepcional el procedimiento de emisión de constancias de posesión para el sector denominado PEU-020, PEU-017, PEU-013 y otras áreas de expansión urbana transferidas a la Municipalidad Distrital de Majes
Fecha de publicación | 10 Agosto 2022 |
Sección | Separatas de Normas Legales |
Majes, 21 de julio del 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MAJES
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesión Ordinaria de fecha 19 de julio de 2022, bajo la presidencia del Arq. Renee Cáceres Falla y la existencia del quorum reglamentario de regidores, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Concejo; ha adoptado.
VISTO:
El Expediente Nº 00042354 que contiene la Carta SEAL-GG/TEP-01790-2022 de fecha 10 de junio de 2022 del representante de SEAL; Informe Nº 000366-2022/SGAPI/MDM de la Sub Gerente de Administración de la Propiedad Inmueble; Dictamen Nº 000132-2022/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 055-CORDT-2022-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Territorial; Proveído Nº 434-2022/A/MDM; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 40º, del mismo cuerpo legal, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, estando a la Carta SEAL-GG/TEP-01790-2022 de fecha 10 de junio de 2022 del representante de SEAL, se hace conocer los requisitos para el proceso de electrificación definitiva, entre ellos tenemos: “(…) Constancia de posesión en original de cada beneficiario, emitida por la municipalidad correspondiente y con una antigüedad no mayor de (02) años (…)”.
Que, al respecto mediante Informe Nº 000366-2022/SGAPI/MDM de la Sub Gerente de Administración de la Propiedad Inmueble, señala con el objeto de homogenizar el acceso a los servicios básicos, es conveniente que se considere a todas las personas con interés en solicitar una constancia de posesión, no solo de aquellas asentadas en el PEU 020, sino de otras áreas de expansión urbana, por lo que presenta proyecto de “Ordenanza...
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
MAJES
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Distrital de Majes en Sesión Ordinaria de fecha 19 de julio de 2022, bajo la presidencia del Arq. Renee Cáceres Falla y la existencia del quorum reglamentario de regidores, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de Concejo; ha adoptado.
VISTO:
El Expediente Nº 00042354 que contiene la Carta SEAL-GG/TEP-01790-2022 de fecha 10 de junio de 2022 del representante de SEAL; Informe Nº 000366-2022/SGAPI/MDM de la Sub Gerente de Administración de la Propiedad Inmueble; Dictamen Nº 000132-2022/SGAJ/MDM de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 055-CORDT-2022-MDM de la Comisión Ordinaria de Regidores para el Desarrollo Territorial; Proveído Nº 434-2022/A/MDM; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el Artículo 40º, del mismo cuerpo legal, establece que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa.
Que, estando a la Carta SEAL-GG/TEP-01790-2022 de fecha 10 de junio de 2022 del representante de SEAL, se hace conocer los requisitos para el proceso de electrificación definitiva, entre ellos tenemos: “(…) Constancia de posesión en original de cada beneficiario, emitida por la municipalidad correspondiente y con una antigüedad no mayor de (02) años (…)”.
Que, al respecto mediante Informe Nº 000366-2022/SGAPI/MDM de la Sub Gerente de Administración de la Propiedad Inmueble, señala con el objeto de homogenizar el acceso a los servicios básicos, es conveniente que se considere a todas las personas con interés en solicitar una constancia de posesión, no solo de aquellas asentadas en el PEU 020, sino de otras áreas de expansión urbana, por lo que presenta proyecto de “Ordenanza...
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