ORDENANZA Nº 012-2015 - Aprueban el Reglamento de los procedimientos de recepción y liquidación de obras públicas, para su transferencia e incorporación al Patrimonio de la Municipalidad Provincial del Callao
Fecha de publicación | 17 Septiembre 2015 |
Fecha de disposición | 17 Septiembre 2015 |
561627
NORMAS LEGALES
Jueves 17 de setiembre de 2015
El Peruano
/
Segundo.-Encargar a la ofi cina de imagen institucional
en coordinación con la ofi cina de participación vecinal la
difusión de la presente ordenanza.
Tercero.- Encargar a la ofi cina de Secretaría Municipal
la publicación de la Presente Norma en el diario Ofi cial El
Peruano.
Cuarto.- Facúltese a la alcaldesa, para que mediante
decreto de alcaldía dicte las disposiciones necesarias
para la adecuada aplicación de la presente ordenanza;
así como su prórroga.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
1287643-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Incorporan diversos servicios que se
brindarán a través de la Gerencia de
Desarrollo Económico al Texto Único de
Servicios No Exclusivos - TUSNE de la
Municipalidad
RESOLUCIÓN Nº 940 -2015-RASS
Santiago de Surco, 11 de setiembre de 2015
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
VISTOS: Los Memorándum N°s. 029-2015-GDE-
MSS y 084-2015-GDE-MSS de la Gerencia de Desarrollo
Económico, el Memorándum N° 422-2015-GAF-MSS
de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe
N°157-2015-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías
de la Información, el Informe N° 754-2015-GAJ-MSS
de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre modifi cación
del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE,
aprobado por Resolución Nº 611-2011-RASS y modifi cado
mediante Resoluciones N°s. 140-2012-RASS y 730-2015-
RASS;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, conforme lo establece el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la
Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y 30305, en
concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la
Que, el artículo 37° de la Ley del Procedimiento
Administrativo General – Ley N° 27444, señala que para
aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad,
las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego
establecerán los requisitos y costos correspondientes
a los mismos, los cuales deberán ser debidamente
difundidos para que sean de público conocimiento;
Que, mediante Resolución Nº 611-2011-RASS
de fecha 16JUN2011, se aprobó el Texto Único de
Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de
Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no
exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo
los requisitos y costos de dichos servicios, que fuera
modifi cado mediante Resolución N° 140-2012-RASS de
fecha 16FEB2012 y Resolución N° 730-2015-RASS de
fecha 16JUL2015;
Que, mediante Memorándum N° 029-2015-GDE-MSS
la Gerencia de Desarrollo Económico, sustentándose
en el Informe N°107-2015-SGCAITSE-GDE-MSS de
la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e
Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones,
propone la incorporación al TUSNE, de los servicios
de diagnóstico de condiciones de seguridad en
establecimientos de uso comercial solicitadas antes de la
Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones -ITSE
y de verifi cación previa de condiciones de seguridad en
actividades sociales, culturales, eventos deportivos y no
deportivos, ferias, entre otros con un aforo de hasta 3,000
personas. Se precisa que la propuesta de servicios no
constituye una barrera burocrática, ni es condicionante
para la presentación de una solicitud de ITSE; y que el
administrado puede conseguir de varias otras instituciones
la prestación de servicios similares, teniendo la posibilidad
de elegir la mejor oferta;
Que, mediante Memorándum N° 084-2015-GDE-
MSS, la Gerencia en mención, precisa que los servicios
propuestos, se diferencian de los brindados por los
diversos operadores del mercado, en tanto, solo implican
las labores de asesoría técnica, y no la elaboración y fi rma
de algún documento;
Que, mediante Memorándum N° 422-2015-GAF-
MSS, la Gerencia de Administración y Finanzas emite el
Informe Técnico que sustenta los precios de los servicios
no exclusivos, que brindará la Gerencia de Desarrollo
Económico, los que se basan en un estudio comparativo
de precios;
Que, con Informe N° 754-2015-GAJ-MSS, la Gerencia
de Asesoría Jurídica, señala que se ha cumplido con la
prepublicación, a que se refi ere el D.S. N°001-2011-JUS,
y opina que procede la modifi cación del Texto Único
de Servicios No Exclusivos – TUSNE aprobado por
Resolución Nº 611-2011-RASS y modifi cado mediante
Resoluciones N°s. 140-2012-RASS y 730-2015-RASS;
Estando a la opinión favorable de la Gerencia de
Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades que le
confi ere el Artículo 20° numeral 6) de la Ley Orgánica de
RESUELVE:
Artículo Primero.- INCORPORAR al Texto Único de
Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad de
Santiago de Surco, los servicios que se brindarán a través
de la Gerencia de Desarrollo Económico, correspondientes
a diagnóstico de condiciones de seguridad en
establecimientos de uso comercial y verifi cación previa
de condiciones de seguridad en eventos deportivos y no
deportivos, entre otros, de acuerdo a su afl uencia, que se
detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la
presente resolución.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará
en vigencia al día siguiente a su publicación en el Diario
Ofi cial El Peruano.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la
presente resolución en el diario ofi cial el peruano. La
publicación del Anexo I de la presente Resolución se
realizará en el portal institucional de la Municipalidad www.
munisurco.gob.pe, en la misma fecha de su publicación
en el diario ofi cial, para su debida difusión.
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la
presente Resolución, a la Gerencia de Administración y
Finanzas y la Gerencia de Tecnologías de la Información,
bajo responsabilidad.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1288234-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Aprueban el Reglamento de los
procedimientos de recepción y liquidación
de obras públicas, para su transferencia
e incorporación al Patrimonio de la
Municipalidad Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 012-2015
Callao, 3 de setiembre de 2015
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