ORDENANZA N° 012-2014-GRP-CRP - Aprueban modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Dirección Regional de Salud de Puno y de las REDES de Salud y Hospitales

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Fecha de la disposición16 de Julio de 2015
557424 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2015 /
El Peruano
del 05 de diciembre de 2013, que comprende cinco (05)
Objetivos Estratégicos, con sus respectivas Estrategias y
Actividades; y, que en anexo adjunto, forma parte de la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Técnica
Regional Anticorrupción, la elaboración de la propuesta de
“Plan Regional de Lucha contra la Corrupción 2016-2019”,
sobre la base de las políticas nacionales de lucha contra
la corrupción, teniendo en cuenta el vencimiento del actual
Plan Regional.
Artículo Tercero.- Déjese sin efecto, todo aquello que
contravenga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario O cial El Peruano.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno
Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los veinticuatro días del mes de junio del
año dos mil quince.
HERMER ERNESTO ALZAMORA ROMÁN.
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura,
a los tres días del mes de julio del año dos mil quince
REYNALDO HILBCK GUZMÁN
Gobernador Regional
Gobierno Regional Piura
1262776-1
GOBIERNO REGIONAL DE PUNO
Aprueban modificaciones del Reglamento
de Organización y Funciones (ROF) y
Estructura Orgánica de la Dirección
Regional de Salud de Puno y de las REDES
de Salud y Hospitales
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del
Gobierno Regional de Puno, mediante O cio Nº 06-2015-
G.R. PUNO/OCRG, recibido el 14 de julio de 2015)
ORDENANZA REGIONAL
Nº 012-2014-GRP-CRP
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE PUNO
VISTO:
En el Consejo Regional del Gobierno Regional Puno,
en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día nueve de
octubre del 2014, se ha debatido y aprobado la Ordenanza
Regional siguiente;
CONSIDERANDO:
que la descentralización es una forma de organización
democrática y constituye una política permanente del
Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo
fundamental el desarrollo integral del país; con este
propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, de conformidad al artículo 9º del literal a) de la
establece que los Gobiernos Regionales son competentes
para aprobar su organización y presupuesto; artículo 13º
que señala que el Consejo Regional es el órgano normativo
y scalizador del Gobierno Regional; artículo 15º literal a)
de la norma señalada, es atribución del Consejo Regional,
aprobar, modi car o derogar las normas que regulen
o reglamenten los asuntos y materias de competencia
y funciones del Gobierno Regional; artículo 37º literal
a) indica que el Consejo Regional dicta Ordenanzas y
Acuerdos del Consejo Regional.
Que, en el literal a) y b) del artículo 49º de la Ley Nº
como funciones en materia de Salud: Formular, aprobar,
ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas
de Salud de la Región en concordancia con las políticas
nacionales y los planes sectoriales; así como formular y
ejecutar, concertadamente el Plan de Desarrollo Regional
de Salud.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM,
se aprueban los lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones,
señalando en el artículo 5º que este es un documento
técnico normativo de gestión institucional que formaliza
la estructura orgánica de la Entidad orientada al esfuerzo
institucional y al logro de su misión, visión y objetivos, el
cual contiene las funciones generales de la Entidad y las
funciones especí cas de los órganos y unidades orgánicas
estableciendo sus relaciones y responsabilidades.
Que, la organización debe responder a una cultura
institucional sustentada en valores y decidida a la
búsqueda de la excelencia, para lograr que la Dirección
Regional de Salud sea e caz en la satisfacción continua
de las necesidades de los bene ciarios para lograr su
bienestar y así gozar de una buena salud.
Que, en atención a lo expuesto corresponde citar
la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2008-PCM, que modi can el artículo 38º
de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo
General, estableciendo que en el caso de los instrumentos
de gestión tales como el ROF, la publicación en el Diario
O cial El Peruano no incluirá el texto de los mismos, si no
únicamente de los dispositivo legales que los aprueben,
modi quen o deroguen.
Que, mediante Dictamen Nº 005-2014-GRP-CRP/
COPPyAT, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial recomienda al
Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Reglamento
de Organización y Funciones de la Dirección Regional de
Salud de Puno.
Que, el presente Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Salud de Puno
se enmarca dentro de lo establecido en la Ley Nº 27867,
Ley Orgánica de Gobierno Regional y normas conexas, y el
Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, Lineamientos para la
elaboración y aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones de los Organismos de la Administración
Pública; y comprende todas las competencias y funciones
que por Ley corresponde desarrollar a la Dirección
Regional de Salud de Puno. La misma que reconoce y
comprende la importancia de los cambios vertiginosos que
se vienen dando en la administración moderna, producto
de la globalización. Con este propósito se ha trazado el
diseño de un modelo organizacional mixto orientado a un
enfoque funcional y de procesos, potenciando los niveles
de ejecución para una ágil toma de decisiones que asegure
el cumplimiento e caz y e ciente de sus nes y objetivos.
Este modelo permitirá gestionar, afrontar y responder
adecuadamente a los retos que impone la modernidad
en la administración pública para el logro de objetivos,
planes y metas en bene cio de la Sociedad. Asimismo,
dicho Modelo Organizacional comprende una Estructura
Orgánica que tiene por nalidad dotar a la Dirección
Regional de Salud de Puno, de un Proceso dinámico,
horizontal y participativo.
Que, la Estructura Orgánica y el presente Reglamento
de Organización y Funciones (ROF), buscan establecer
apropiadamente los niveles jerárquicos y organizacionales,
así como las funciones que deben asumir, evitar la duplicidad
e interferencia de funciones entre los Órganos y las Unidades
Orgánicas, que permitan una rápida respuesta con criterio
de racionalidad, e ciencia, efectividad, productividad y
competitividad, en coherencia con el cumplimiento de
los objetivos institucionales e incentivar el Trabajo en
Equipo. En este contexto, el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF), es una herramienta normativa interna,
básica y fundamental de la gestión gerencial que garantiza
la transparencia en la de nición de las funciones, facultades
y asegura la implementación adecuada de niveles
jerárquicos, con sus facultades, con adecuados canales
para la comunicación organizacional y otros; Involucrando
a funcionarios y trabajadores en una Cultura de Servicios

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