ORDENANZA N° 012-2014-GR-LL/CR - Aprueban Convocatoria del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional de La Libertad para el año fiscal 2015

Fecha de publicación29 Octubre 2014
Fecha de disposición29 Octubre 2014
El Peruano
Miércoles 29 de octubre de 2014
536228
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de
Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, los
Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho
público con autonomía política, económica y administrativa
en asuntos de su competencia.
Perú de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización,
Ley Nº 27680, establece que es competencia de los
Gobiernos Regionales, promover y regular actividades y/o
servicios en materia de agricultura, pesquería, industria,
agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red
vial, comunicación, salud y medio ambiente, conforme a
Ley.
Que, es competencia del Gobierno Regional de
La Libertad, emitir Ordenanzas Regionales conforme
a lo prescrito en el artículo 38º de la acotada Ley, que
establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos
de carácter general, la organización y la administración
del Gobierno Regional y reglamentan materias de su
competencia (…)”.
Que, la Declaración Universal de los Derechos de los
Animales, proclamada por la Liga de los Derechos de
los Animales en 1978 y aprobada por la Organización
de las Naciones Unidas (ONU) y por la Organización
de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y La Cultura (UNESCO) establece: Considerando que
todo animal posee derechos y que el desconocimiento
y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen
conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la
naturaleza y los animales, artículo 2º incisos a) Todo
animal tiene derecho al respeto; b) El Hombre como
especie animal, no puede atribuirse el derecho de
exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando
ese derecho (…); c) Todos los animales tienen derecho a
la atención, a los cuidados y a la protección del hombre,
artículo 3º.- Ningún animal será sometido a malos tratos
ni actos crueles, artículo 4º.- Todo animal perteneciente
a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su
propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a
reproducirse y el artículo 10º.- Ningún animal debe ser
explotado para esparcimiento del hombre.
Que, la Ley Nº 27265, Ley de Protección a los Animales
domésticos y silvestres mantenidos en cautiverio, en su
artículo primero, declara de interés nacional la protección a
todas las especies de animales domésticos y de animales
en cautiverio, contra todo acto de crueldad causado o
permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les
ocasione sufrimiento innecesario, lesión o muerte.
Que, asimismo en su artículo segundo indica que son
objetivos de dicha ley, incisos a) erradicar y prevenir todo
maltrato y actos de crueldad con los animales, evitándoles
sufrimientos innecesarios; b) fomentar el respeto a la vida
y los derechos de los animales a través de la educación;
c) velar por la salud y bienestar de los animales
promoviendo su adecuada reproducción y el control de
las enfermedades transmisibles al hombre; d) fomentar
y promover la participación de todos los miembros de
la sociedad en la adopción de medidas tendientes a la
protección de los animales.
Que, desde hace ocho años se viene realizando la
marcha por la defensa de los animales “Los Animales Me
Importan”, evento que se realiza en la ciudad de Trujillo
el segundo domingo de junio y participan las diversas
asociaciones protectoras de animales de Trujillo y la
población; con el objetivo de concientizar y sensibilizar a
la población sobre el trato digno a los animales, evitando
los abusos y maltratos de los que muchas veces son
objeto nuestras mascotas o los animales silvestres en
nuestra Región.
En ejercicio de las atribuciones que le con¿ ere la Ley
modi¿ catorias, y estando a lo acordado.
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional
las acciones de difusión y promoción de los derechos
de los animales domésticos y silvestres mantenidos en
cautiverio, con el objetivo de erradicar y prevenir todo tipo
de maltrato animal en nuestra Región.
Artículo Segundo.- ESTABLECER el segundo
domingo del mes de junio, como el Día de la Defensa
de los Derechos de los Animales en la Región La
Libertad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Agricultura en coordinación con la Gerencia Regional de
Salud, Gerencia Regional de Educación, Gerencia Regional
del Ambiente, Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
La Libertad, los Gobiernos Locales, Colegio Médico Veterinario
La Libertad y Asociaciones Protectoras de Animales de La
Libertad, realizar las siguientes acciones:
a. Elaborar e implementar un plan de actividades de
difusión y promoción de los derechos de los animales
domésticos y silvestres.
b. Organizar y realizar marchas u otras formas de
sensibilización a la colectividad sobre la defensa de los
derechos de los animales domésticos y silvestres.
c. Celebrar el segundo domingo del mes de junio, el
Día de la Defensa de los Derechos de los Animales en la
Región La Libertad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional
de Agricultura el cumplimiento de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario O¿ cial El Peruano y será difundida a través del
portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.
Comuníquese al señor Presidente Regional del
Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación.
En Trujillo, a los cinco días del mes de agosto del año
dos mil catorce.
HEBERT RICHARD DÍAZ CORDERO
Presidente
Consejo Regional La Libertad
AL SEÑOR PRESIDENTE REGIONAL DEL
GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR TANTO:
Mando se registre y cumpla.
Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a
los trece días del mes de agosto del año dos mil catorce.
CARLOS A. SANDOVAL DE LA CRUZ
Presidente Regional
1155609-1
Aprueban Convocatoria del Proceso
de Formulación del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados del
Gobierno Regional de La Libertad para
el años fiscal 2015
ORDENANZA REGIONAL
Nº 012-2014-GR-LL/CR
EL PRESIDENTE REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional de La Libertad, de conformidad con
lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución
Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización,
Ley Nº 27867 y sus modi¿ catorias, y demás normas
complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD ha aprobado la Ordenanza
Regional siguiente:
VISTO:
En Sesión Extraordinaria de fecha 27 de agosto del
2014, el Dictamen recaído en el Proyecto de Ordenanza
Regional relativo a convocar al Proceso de Formulación
del Presupuesto Participativo basado en resultados

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR