ORDENANZA Nº 011-2015-MDSA - Ordenanza que aprueba el régimen temporal de beneficios para el pago de deudas tributarias

Fecha de disposición01 Septiembre 2015
Fecha de publicación01 Septiembre 2015
560540 NORMAS LEGALES Martes 1 de setiembre de 2015 /
El Peruano
o representación de la municipalidad, realicen el alcalde,
los regidores, el gerente municipal y cualquier otro
funcionario”; por lo tanto, según Acta de la segunda
reunión de la Comisión organizadora de la XXXIV versión
de la Maratón Meseta del Bombón, determinaron asistir
al evento internacional y cuyos integrantes de la comitiva
son:
El Señor Alfonso RUÍZ DÍAZ, en su condición de
Regidor y el Señor Edwin Richard BUENO CARDENAS,
Gerente de Desarrollo Social de la Municipalidad
Provincial de Pasco.
Que, el Art. 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades
señala: “Los acuerdos son decisiones, que toma el
concejo, referidas a asuntos específ‌i cos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad
del órgano de gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”
en concordancia con el Reglamento Interno del Concejo
Municipal y, de conformidad a las facultades otorgadas
27972, el Pleno del Concejo Municipal POR UNANIMIDAD
emite el siguiente:
ACUERDO:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la ciudad de
México del Señor Alfonso RUÍZ DÍAZ, en su condición de
Regidor y del Señor Edwin Richard BUENO CARDENAS,
Gerente de Desarrollo Social, para que asistan a la XXXIII
MARATÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO 2015, el día 30
de agosto del presente año.
Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, a los diferentes
sistemas administrativos de la Municipalidad Provincial de
Pasco para su cumplimiento.
Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de
Secretaría General para que publique en el Diario Of‌i cial
y en la página web de la entidad.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
RUDY EDWIN CALLUPE GORA
Alcalde
1281054-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN ANTONIO
Ordenanza que aprueba el régimen
temporal de beneficios para el pago de
deudas tributarias
ORDENANZA Nº 011-2015-MDSA
San Antonio, 13 de agosto de 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN ANTONIO - CAÑETE
POR CUANTO:
VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el Informe Nº
082-2015-GAT-MDSA de la Gerencia de Administración
Tributaria, y el informe Nº 070-2015-MDSA/OA de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, en concordancia con
el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades, aprobado por Ley Nº 27972, establece
que, las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local; tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico,
correspondiéndole al Concejo Municipal la función
normativa que se ejerce a través de ordenanzas; las
cuales tienen rango de Ley, de acuerdo a lo dispuesto en
Que, conforme a lo establecido en el artículo 74º y
del Perú, en concordancia con el artículo 9º numeral 9)
los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear,
modif‌i car y suprimir contribuciones, tasas y arbitrios,
licencias y derechos municipales, así como exonerar de
ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señale
la ley, a través del concejo municipal;
Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-
2013-EF, establece que, excepcionalmente los gobiernos
locales podrán condonar, con carácter general, el interés
moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que
administren, precisando que en el caso de contribuciones
y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al
tributo;
Que, los benef‌i cios tributarios son disposiciones
citadas por el gobierno municipal para otorgar facilidades
a los contribuyentes que se encuentran en calidad de
omisos y/o morosos al pago de los diferentes tributos
municipales, estos benef‌i cios permiten a los omisos la
presentación de Declaraciones Juradas de Autoevaluó,
sin pago de multas y facilita la incorporación de nuevos
contribuyentes, ampliándose la base tributaria e
incrementándose los recursos económicos institucional;
Que, siendo uno de los objetivos de la actual
administración edil, el de disminuir la tendencia creciente
de contribuyentes morosos, brindándose las mayores
facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones
formales y sustanciales sean de naturaleza tributaria, es
que la Gerencia de Administración Tributaria propone la
política impositiva temporal establecida en la presente
ordenanza;
publicado el 18 de febrero del año en curso, se aprobó el
régimen temporal de benef‌i cios para el pago de las deudas
tributarias, en el distrito de San Antonio- Cañete. En
aplicación de dicha ordenanza se logró considerablemente
la mejoría y éxito en la recaudación tributaria benef‌i ciando
las arcas públicas de la municipalidad y paralelamente
se logró benef‌i ciar a muchos contribuyentes de nuestra
vecindad; sin embargo, otro grupo de contribuyentes
no pudieron por razones personales, restricciones en
su disponibilidad de tiempo y de vencimiento de plazo,
cancelar sus deudas tributarias en aplicación de la
mencionada ordenanza, a pesar de haber tenido la
intención y voluntad de pagar con dichos benef‌i cios,
conforme lo mencionan, peticionando que se les otorgue
nuevos benef‌i cios y consideración para sus respectivos
pagos de deudas tributarias; siendo este el sentir y clamor
de los vecinos, es necesario adoptar acciones al respecto,
y por ello es necesario aprobar el presente proyecto de
ordenanza con carácter general;
Que, estando a los fundamentos expuestos, y en uso
de las atribuciones otorgadas en los artículos 40º y 9º
numerales 8) y 9) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, el concejo municipal con dispensa del
trámite de aprobación del acta, por unanimidad, aprobó la
siguiente ordenanza;
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGIMEN
TEMPORAL DE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE
DEUDAS TRIBUTARIAS
Artículo 1º.- Objeto.
La presente ordenanza tiene por objeto establecer un
régimen temporal de benef‌i cios tributarios que incentive el
pago del impuesto predial, arbitrios municipales y multas
tributarias, así como el cumplimiento de las obligaciones
formales.
Artículo 2º.- Alcance.
Podrán acogerse a los benef‌i cios otorgados por
la presente ordenanza, aquellos contribuyentes que
mantengan deuda tributaria pendientes de pago en la vía
administrativa y en la vía coactiva con la Municipalidad
Distrital de San Antonio- Cañete del ejercicio f‌i scal 2014
y años anteriores, inclusive los contribuyentes que hayan
efectuado fraccionamiento de pago en forma anterior a la
vigencia de la presente Ordenanza.

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