ORDENANZA N° 011-2015-MDLP-ALC - Disponen el embanderamiento general en el distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Fecha de la disposición14 de Julio de 2015
El Peruano
Martes 14 de julio de 2015 557317
DICE:
“Artículo Quinto.- De las deudas tributarias
Las facilidades concedidas en materia tributaria se
aplican de la siguiente manera:
1. De las obligaciones tributarias sustanciales:
Por el pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2015 (hasta la última
cuota vencida), se condonará el 100% de los intereses
moratorios de la deuda.”
DEBE DECIR:
“Artículo Quinto.- De las deudas tributarias
Las facilidades concedidas en materia tributaria se
aplican de la siguiente manera:
1. De las obligaciones tributarias sustanciales:
Por el pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2015 (hasta la última
cuota vencida), se condonará el 100% de los intereses
moratorios de la deuda de ambos tributos correspondiente
a ejercicios anteriores, siempre y cuando se proceda a la
cancelación del insoluto dentro del plazo de vigencia del
presente bene cio.”
1262407-1
MUNICIPALIDAD DE
LOS OLIVOS
Modifican el cronograma del Proceso
del Presupuesto Participativo 2016
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 11-2015-MDLO
Los Olivos, 6 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LOS OLIVOS
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, modi cada mediante
Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607
y Nº 30305, en concordancia con los Artículo II y IV del
Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica
de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, mediante la Ordenanza Nº 413-CDLO se reguló
el Proceso de Presupuesto Participativo 2016 del Distrito,
estableciendo su cronograma así mismo en su Artículo
Tercero facultó al Sr. Alcalde para que mediante Decreto
lo modi que, es el caso que mediante O cio Nº 091-
2015-CDLO los representantes de la Sociedad Civil ante
el Consejo de Coordinación Local Distrital solicitan que
se prorrogue el plazo de inscripción en el registro de los
Agentes Participantes en el Proceso de Presupuesto
Participativo correspondiente al año scal 2016;
Que, mediante Informe Nº 358-2015/MDLO/GPV
del 06.07.2015 la Gerencia de Participación Vecinal
comunica al Gerente de Plani cación y Presupuesto que
es recomendable se amplíe dicho cronograma con el n
de facilitar la inscripción de todos los agentes participantes,
dentro del espíritu democrático y participativo que enmarca
este proceso, y este a su vez con Informe Nº 00093-2015-
MDLO/GPP de la misma fecha, en su calidad de Presidente
del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo por
Resultados 2016, pone de conocimiento a la Gerencia
Municipal su opinión favorable a la prórroga solicitada;
Estando a lo expuesto, contando con la opinión
favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 314-2015-MDLO-GAJ de fecha 06.07.2015,
en uso de las facultades conferidas en el Artículo
20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades.
DECRETA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el cronograma
del Proceso del Presupuesto Participativo 2016 de la
Ordenanza Nº 413-CDLO, quedando establecido el nuevo
cronograma conforme al Anexo Nº 1 que forma parte del
presente Decreto.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Secretaría General, Gerencia de Participación Vecinal,
Gerencia de Plani cación y Presupuesto el cumplimiento
del presente Decreto en cuanto sea de su competencia.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ
Alcalde
1262136-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Disponen el embanderamiento general
en el distrito
ORDENANZA Nº 011-2015-MDLP-ALC
La Punta, 8 de julio de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PUNTA
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en
sesión Ordinaria de fecha 07 de julio de 2015 con el
voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso
de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82º de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades señala que corresponde a
las municipalidades, en materia de educación, cultura,
deportes y recreación, impulsar una cultura cívica de
respeto y promover la consolidación de una cultura
ciudadana democrática;
Que, es política del actual Gobierno Local resaltar
los hechos históricos con el propósito de remarcar la
identidad y conciencia cívica a través de la celebración de
actos culturales y artísticos, fomentando las actividades
simbólicas tradicionales;
Que, teniendo como marco la celebración del 194º
Aniversario de la Declaración de la Independencia
Nacional, asimismo, estando próximas las celebraciones
por el 100º Aniversario de la Creación Política del distrito de
La Punta, resulta pertinente disponer el embanderamiento
de todos los inmuebles del distrito de La Punta, como
parte de los actos de celebración;
Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 200º
de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas
son normas con rango de ley, y al respecto, el artículo
9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que
corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi car o
derogar las ordenanzas;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite
de lectura y aprobación del acta, APROBÓ la siguiente:
ORDENANZA QUE DISPONE EL
EMBANDERAMIENTO GENERAL DE LAS
VIVIENDAS, INSTITUCIONES PÚBLICAS, PRIVADAS
Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN LA
JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE LA PUNTA
Artículo 1º.- DISPONER el embanderamiento general
de las viviendas, instituciones públicas y privadas, y

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