Ordenanza Nº 010-2022-GOB.REG.TUMBES-CR-CD. Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023

Fecha de publicación14 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional Tumbes, mediante Oficio Nº 243-2023/GOB.REG.TUMBES-GR, recibido el 12 de abril de 2023)

EL CONSEJO REGIONAL TUMBES

HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

POR CUANTO

El Consejo Regional del Gobierno Regional Tumbes de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley N.° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N.° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N.° 27867, sus modificatorias, y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N.° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley N.° 28607, establece, que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, y tienen jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, conforme a ley;

Que, asimismo la Constitución Política del Perú consagra en su Artículo 1º que, “La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado”; y en el Artículo 44º señala: “Entre los deberes primordiales del Estado se encuentra el de proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación”;

Que, mediante la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N.° 27867, modificada por la Ley N.° 31433, respecto a las atribuciones y responsabilidades de los Consejeros Regionales, para fortalecer el ejercicio de su función de fiscalización, en su Artículo 15° literal a) establece como atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el Artículo 39° que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

Que, el Artículo 2º de la Ley N.º 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que “Se entiende por Seguridad Ciudadana, a la acción integrada que...

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