Ordenanza N° 009-2023-MPH-CM. Ordenanza Municipal de desafectación del espacio a cargo de la Municipalidad Provincial de Huaral y el procedimiento de reposición de nuevo espacio público

Fecha de publicación01 Septiembre 2023
SecciónSección Única
10 NORMAS LEGALES Viernes 1 de setiembre de 2023
El Peruano
/
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
Ordenanza Municipal de desafectación
del espacio a cargo de la Municipalidad
Provincial de Huaral y el procedimiento de
reposición de nuevo espacio público
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 009-2023-MPH-CM
Huaral, 30 de mayo de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUARAL
POR CUANTO:
EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30
de mayo de 2023, y aprobado con Acuerdo de Concejo Nº
036-2023-MPH, el Ocio Nº 0301-UE-407-RL-HH-SBS-
DE-2023, Signado mediante Expediente Administrativo
Nº 07011-2023 de fecha 07.03.2023 del Hospital de
Huaral y Servicios Basicos de Salud, el informe Nº 034-
2023-MPH/GDUR/SGEPT/SAQL, Informe Nº 0101-2023-
MPH/GDUR/SGEPT, Informe Nº 0380-2023-GDUR/MPH,
emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural,
Ocio Nº 01224-2023/SBN-DNR-SDNC, Informe Nº 066-
2023-MPH/GDUR/SGEPT/SAQL, Memorandum Nº 040-
2023-MPH/GDUR/SGEPT, Informe 107-2023-MPH/
SGOPYOU/DINR, Informe Nº 320-2023-MPH/GDUR/
SGOPYOU, Informe Nº 0654-2023-GDUR/MPH, Informe
1149-2023-MPH/GAF/SGLCPM, Informe Legal
217-2023-MPH/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría
Jurídica, Proveido Nº 1121-2023-GM; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política
del Perú y modicatorias, en concordancia con los
Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las
Municipalidades son Órganos de Gobiernos Promotores
del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público
con plena capacidad para el cumplimiento de sus nes;
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia.
Que, el artículo 41º de Ley Orgánica de Municipalidades,
Ley Nº 27972, prescribe que los Acuerdos son decisiones, que
toma el concejo, referidas a asuntos especícos de interés
público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano de gobierno para practicar un determinado acto o
sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, mediante Expediente Administrativo Nº 12621-
17, el Sr. Jorge Luis Miranda Mundo, en nombre propio y
sus hermanos, solicita la desafectación, y posterior pago o
permuta por compensación sobre el inmueble ubicado en
Av. Los Naturales Nº 201 – Huaral a n de ampliar la Av.
Jorge Chávez.
Que, mediante Ocio 0301-UE-407-RL-HH-
SBS-DE-2023, de fecha 07 de marzo de 2023, Signado
con Expediente Administrativo Nº 07011-2023, el Mc.
Juan Díaz Amado en calidad de Director Ejecutivo del
Hospital de Huaral y Servicios Básicos de Salud, solicita
informe sobre el estado situacional del área de terreno
para el Puesto de Salud Contigo Perú, indicando que la
Entidad se comprometió a elevar la documentación a
la Superintendencia de Bienes Nacionales (SBN), para
que emitan la resolución de reasignación y emitir la
documentación a los Registros públicos.
Que, mediante informe Nº 0380-2023-GDUR/MPH, de
fecha 29 de marzo de 2023, la Gerencia de Desarrollo
Urbano y Rural en atención a lo informado por la Sub
Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial mediante
Informe Nº 010-2023-MPH-GDUR/SGEPT, de fecha 24
de marzo de 2023, deriva los actuados al despacho de
Gerencia Municipal con la nalidad de que informe el
estado situacional, de las acciones y coordinaciones
realizadas para iniciar el Procedimiento de Extinción de la
Afectación en Uso , renunciando a los 449.65 m2, de área
que se realizó el cambio de zonicación de residencial
de densidad media(RDM) a Salud (H1), encontrándose
inscrito ante SUNARP con copia Literal Nº P50002818,
para el predio ubicado en el Pasaje Victoria Mz. E1
Lote Nº 1 del AA.HH Contigo Perú II Etapa, Huaral, ya
que actualmente existe un Proyecto de Inversión con
código de Proyecto: 2175479 (código SNIP: 248167) ,
denominado: “Mejoramiento de los Servicios de Salud
en el puesto de Salud del AA.HH Contigo Perú, distrito
de Huaral, Provincia de Huaral – Lima”(con fecha de
declaratoria de viabilidad 14/11/2017).
Que, mediante Ocio Nº 01224-2023/SBN-DNR-SDNC
de fecha 17 de abril de 2023, la subdirectora (e) de Normas
y Capacitación de la Superintendencia Nacional de Bienes
Estatales, en el cual señala que la revisión de la Partida
registral Nº P50002818 de (1,228.30 m2) del registro de
Predios de la Ocina Registral de Lima, se advierte que
el predio fue, parte de un proceso de formalización a
cardo del Organismo de Formalización de la Propiedad
Informal – COFOPRI, el cual concluyo con la emisión e
inscripción del título de afectación en uso otorgado a favor
de la Municipalidad Provincial de Huaral para destinarlo a
parque/jardín y actualmente el Estado representado por la
SBN, en merito a la Octava Disposición Complementaria
y Final del Decreto Supremo Nº 006-2006-VIVIENDA,
asumió la titularidad del predio a través de la Resolución
Nº 1164-2019/SBN-DGPE-SDAPE y que dicho predio se
encuentra signado con CUS Nº 71377.
Que dicho predio constituye un espacio público
asignado a parque/jardín, es decir área de recreación
publica, no puede ser destinado a un n diferente, más aun
cuando las entidades públicas se encuentran obligadas a
tutelar los espacios público que tienen bajo su titularidad
o administración, haciendo valer el cumplimiento de la
nalidad publica que le fue asignada, ello de conformidad
con el numeral 10.3 del artículo 10º del “Reglamento de la
Ley Nº 31199.
Que, mediante Memorándum Nº 040-2023-MPH/GDUR/
SGEPT, de fecha 04 de mayo de 2023, la Sub Gerencia
de Estudios y Planeamiento Territorial, de conformidad
al Informe Nº 066-2023-MPH/GDUR/SGEPT/SAQL, del
analisis realizado , concluye que de acuerdo al ROF de la
Entidad en su articulo 90º corresponde a la Sub Gerencia
e Obras Privadas y Ordenamiento Urbano, normar y
supervisar las obras privadas y habilitaciones urbanas, asi
como la administracion organizada del suelo mediante la
planicaion, levantamiento catastral, mantiene actualizada
la cartograa el sistema de informacion geograca.
Por tal motivo es responsable de iniciar las acciones
correspondientes a la desafectacion del espacio publico,
considerando la elaboracion de los planos de sub division
del lote para el predio ubicado en la MZ. E1 Lt. 1 del AA.HH
CONTIGO PERU II ETAPA, DISTRITO Y PROVINCIA DE
HUARAL, registrada con un area de terreno de 1,228.30 m2,
que sera destinada ahora al puesto de salud el cual tiene
asignada la zonicacion de uso de suelo de salud (H1) de
449.65 m2 y el area restante de 778.65 m2, quedaria como
uso de parque/jardin con la zonicacion de uso de suelo
zona de recreacion publica (ZRP)
Que, mediante la Ley Nº 31199 y el Reglamento de
la Ley regulan la gura de la desafectación de espacio
públicos, la cual tiene carácter excepcional e implica
cambiar la condición de dominio público a dominio privado
estatal manteniendo el Estado la titularidad del predio,
así como los numerales 20.2 y 20.3 del artículo 20º del
Reglamento de la Ley 31199 prescriben que procede la
desafectación sobre aquellos bienes provenientes de los
procedimientos de formalización de la propiedad informal
que involucren equipamientos con nes de recreación
publica, dicha desafectación podrá ser total o parcial.
Que, además el artículo 24º del citado Reglamento
con relación al procedimiento de Reposición de nuevo
espacio público, establece:
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 01/09/2023 21:14

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR