ORDENANZA Nº 009-2015-GRU/CR - Aprueban inicio del proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Multianual 2016 - 2018 y su Reglamento

Fecha de disposición17 Junio 2015
Fecha de publicación17 Junio 2015
El Peruano
Miércoles 17 de junio de 2015
555282
Regional de la DIRESA HUANUCO, solicita a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social que disponga las acciones
administrativas en el marco de las normas a f‌i n de que
se elabore los informes técnicos, siendo elevado a la
Of‌i cina de Recursos Humanos y Gerencia Regional
de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento
Territorial, siendo aprobado la modif‌i cación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Red
de Salud Huánuco, por efecto del proceso de transferencia
de funciones en el marco del proceso de descentralización,
ha originado cambios en la estructura orgánica, funciones
y competencias, habiéndose creado cargos previstos para
la implementación a la nueva situación política en materia
de descentralización, que propugna un impulso dinámico
al proceso de descentralización;
Que, mediante Informe Nº 017-2015-GRH-GRPPAT/
SGDIS/RIVR, de fecha 11 de Junio del 2015, Informe
Técnico dirigido a la Sub Gerencia de Desarrollo
Institucional y Sistemas, referente a la propuesta de
aprobación del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional (CAP-P) de la Red de Salud Huánuco,
contiene los cargos clasif‌i cados de la entidad, en base
a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF
por reordenamiento de cargos que conllevará a una
afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP,
por motivos que deberán asumir y desarrollar funciones
por efecto del proceso de transferencia de funciones en
el marco del proceso de descentralización, por lo tanto
deberán estar preparados con el personal idóneo y poder
asumir con éxito las funciones;
Que, en sesión extraordinaria de la fecha, la
Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto,
Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales mediante
Dictamen Nº 022- 2015-GRHCO-CR/CPPPAT-AL, concluye
que para la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal
CAP Provisional es necesario la Opinión Técnica favorable y
la Opinión Jurídica favorable tal y como se puede apreciar en
el presente expediente en razón a que este Consejo Regional
no es un ente técnico y requiere las opiniones de las of‌i cinas
especializadas en la materia. Y Recomienda la aprobación
del “Cuadro de Asignación de Personal CAP Provisional” de
la Red de Salud Huánuco en razón a que cuenta con opinión
técnica favorable y la opinión jurídica favorable además esta
ordenanza se ajusta a la Constitución Política del Perú y a la
normativa vigente;
Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas
Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º,
Inc. “a”, de la Ley Nº 27867 que señala Aprobar, modif‌i car
o derogar las normas que regulen o reglamenten los
asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno
Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º
y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo
en consecuencia al Consejo Regional como parte de su
función normativa, aprobar los documentos de gestión
de diversa naturaleza, propuestos por las entidades
comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo;
Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones
conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867
por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de
Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta;
Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO
PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL
(CAP-P) DE LA RED DE SALUD HUÁNUCO DEL
GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO
Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para la
Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Red
de Salud Huánuco, Órgano Desconcentrado del Gobierno
Regional Huánuco, conforme al nuevo texto que como
anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE, toda norma que
se oponga a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- DISPENSAR, la presente
Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación
de acta.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Red de Salud
Huánuco, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a
lo dispuesto en el numeral 5, 5.5.2 y 5.7 de la Directiva
Nº 001-2014-SERVIR/GPGSG aprobada con Resolución
de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, el
cual determina que será publicada en el Diario Of‌i cial
El Peruano, asimismo el formato CAP y la ordenanza
de aprobación se efectuará en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas – PSCE y en la web institucional:
www.regiónhuanuco.gob.pe.
Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente
Ordenanza Regional en el diario of‌i cial “El Peruano” y en el
portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento
de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de
Artículo Sexto.- la presente Ordenanza Regional,
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial El Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su promulgación.
En Huánuco a los 14 días del mes de junio del año
dos mil quince.
FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVÍNCULA
Consejero Delegado
Gobierno Regional Huánuco
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Huánuco en la a Sede Central del Gobierno
Regional de Huánuco, a los 14 días del mes de junio del
dos mil quince.
RUBÉN ALVA OCHOA
Gobernador Regional
1251323-1
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Aprueban inicio del proceso del
Presupuesto Participativo Basado en
Resultados Multianual 2016 - 2018 y
su Reglamento
ORDENANZA REGIONAL
Nº 009-2015-GRU/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali,
de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y
192º de la Constitución Política del Estado, modif‌i cada
por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del
Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley
modif‌i catorias y demás normas complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Constitución Política del
Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley
modif‌i catorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales,
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el numeral 17.1, del artículo 17º de la Ley Nº
los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a
promover la participación ciudadana en la formulación,
debate y concertación de sus planes de desarrollo y
presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto
deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a
la información pública, con las excepciones que señala
la Ley, así como la conformación y funcionamiento de

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