ORDENANZA N° 009-2015-MDCH - Otorgan beneficios para la ejecución de obras del Programa Techo Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Fecha de disposición17 Mayo 2015
Fecha de publicación17 Mayo 2015
El Peruano
Domingo 17 de mayo de 2015
552732
Planeamiento Integral que comprende el diseño urbano
y sus parámetros urbanísticos en términos de zoni cación,
usos y vías que deberán de garantizar su óptimo
funcionamiento mediante una adecuada infraestructura
conforme a los planos signados con los números P-01, PZ-
01, PV-01 y la memoria descriptiva correspondiente, que
forman parte integrante de la presente ordenanza y que
facilitaran la realización correcta de dichas actividades.
Artículo 2°.- ESTABLECER que el Planeamiento
Integral de ne los módulos de los componentes viales
y las secciones transversales de las calzadas, veredas,
jardines y bermas de estacionamiento, así como el Diseño
Urbano para las futuras edi caciones que considera la
reserva de áreas con nes de recreación pública y otros
usos; conforme a las normas vigentes, quedando las
secciones de vías de acuerdo al plano Nº PVI-01 que
forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 3°.- ESTABLECER que el planeamiento
integral que se aprueba mediante la presente ordenanza
tendrá una vigencia de 10 años de acuerdo al artículo
39° de la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de
Edi caciones aprobada por Decreto Supremo Nº 011-
2006-VIVIENDA.
Artículo 4º.- DISPONER que los interesados realicen
la inscripción registral del presente Planeamiento Integral
en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.
Artículo 5°.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza
a los interesados, a la Dirección de Desarrollo Urbano y
Rural, para su conocimiento y nes.
Artículo 6°.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
O cial “El Peruano”.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
1237642-3
Otorgan beneficios para la ejecución
de obras del Programa Techo Propio
a cargo del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 009-2015-MDCH
Chancay, 30 de abril de 2015
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe
Legal N° 307-2015-MDCH/DAL, presentado por la
Dirección de Asesoría Legal, mediante el cual pone a
consideración el proyecto de ordenanza que otorga
bene cios para la ejecución de obras del Programa Techo
Propio a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento; y
CONSIDERANDO:
Perú, modi cada por la ley de Reforma constitucional Nº
27680, establece que las Municipalidades Provinciales y
Distritales son órganos de gobierno local, que gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas,
en concordancia al inciso 8) del artículo 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972;
Que, conforme al artículo 74º de la Constitución
Política del Perú, se faculta a los Gobiernos Locales para
que puedan crear, modi car, suprimir contribuciones y
tasas o exonerar de estas, dentro de su jurisdicción y con
los límites, que señala la ley concordante con el artículo
9º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley
Nº 27972, que establece que corresponde al Concejo
Municipal: Crear, modi car, suprimir o Exonerar de
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
conforme a Ley;
Que, el D.S. Nº 005-2006-VIVIENDA aprueba el Plan
Nacional de Vivienda- Vivienda para todos “Lineamientos
de Política 2006-2015”, teniendo en cuenta la situación
actual y las políticas y programas de vivienda que se
deben impulsar, el Plan Nacional de la Superación de la
Pobreza, el Plan Nacional de Competitividad, el Marco
Macroeconómico Multianual, la Carta de Política Social, el
Acuerdo Nacional y las Metas de Desarrollo del Milenio;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 016-2015-
VIVIENDA, convocan a la población a nivel nacional a
participar en la primera Convocatoria del Programa Techo
Propio para el Año 2015, en la Modalidad de Aplicación
de Construcción en Sitio Propio, para el otorgamiento de
hasta 20,000 BFHS;
Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por el D.S. Nº
133-2013-EF, señala que los gobiernos locales, mediante
Ordenanza Municipal pueden crear, modi car y suprimir
sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o
exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción con los límites
que señala la Ley. Del mismo modo, el artículo 52º del
acotado marco normativo, preceptúa que los gobiernos
locales administran exclusivamente las contribuciones y
tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias
o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les
asigne; que, el Reglamento de la Ley de Regularización
de Habilitaciones Urbanas y Edi caciones, Ley Nº 29090,
aprobado por D.S Nº 008-2013-VIVIENDA, en sus artículos
47º y 50º establecen los requisitos y procedimiento para
obtener licencias de edi cación;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por los Artículos 9°, numeral 8, y 40° de la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA BENEFICIOS
PARA LA EJECUCIÓN DE OBRAS DEL PROGRAMA
TECHO PROPIO A CARGO DEL MINISTERIO DE
VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO
Artículo Primero.- ESTABLECER como único
pago exigible por derecho de trámite de Licencia de
Construcción: S/ 70.00 (SETENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES), Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica:
S/. 20.00 (VEINTE Y 00/100 NUEVOS SOLES), contenidos
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos,
a los bene ciarios cali cados y que ejecuten bajo los
lineamientos de producto “Construcción en Sitio Propio”,
del programa Techo Propio a cargo del Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo Segundo.- EXCEPTUAR lo establecido
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
TUPA- vigente, en lo que respecta a los requisitos para
el otorgamiento de la Licencia de Construcción, así como
para la Conformidad de Obra y Declaratoria de Fábrica;
siendo lo siguiente:
Requisitos para el otorgamiento de la Licencia de
Construcción:
a) Formulario FUE, llenado por triplicado, suscrito por
el solicitante y profesionales responsables.
b) Documento que acredite a edi car y represente al
titular.
c) Documentación técnica: plano de ubicación,
arquitectura, estructuras, instalaciones sanitarias,
instalaciones eléctricas, por duplicado.
d) Comprobante de pago del derecho
correspondiente.
e) Recibo de pago del impuesto predial al día.
Requisitos del Trámite de Conformidad de Obra y
Declaratoria de Fábrica:
a) Sección del FUE- Conformidad de Obra y
Declaratoria de Edi cación, debidamente suscrito y por
triplicado.
b) Documento que acredite que cuenta con derecho a
edi car y represente al titular.
c) Copia de planos de ubicación y arquitectura
aprobados correspondiente a la Licencia de edi cación
por triplicado.

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