Ordenanza N° 008-2023-MDLP/AL. Establecen incentivos tributarios de carácter temporal a través del Programa de Beneficio Especial para el Pago de Deudas Tributarias y No Tributarias

Fecha de publicación27 Octubre 2023
SecciónSección Única
Designan miembros del Consejo Directivo del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR

La Punta, 23 de octubre de 2023


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA


POR CUANTO:


El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en Sesión Ordinaria de fecha 20 de octubre de 2023, con el voto aprobatorio de los Regidores Distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;


VISTO:


El Memorando N° 460-2023-MDLP/GATDECT emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Desarrollo Económico y Turismo; el Informe N° 160-2023/MDLP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 604-2023-MDLP/GM emitido por la Gerencia Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, de conformidad a lo previsto en el artículo 200º de la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas son normas con rango de Ley, y al respecto, el artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;


Que según el artículo 74º de la Carta Magna, modificado por la Ley Nº 28390, con el que concuerda el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades y la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, las ordenanzas son normas de carácter general por medio de las cuales, los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, o exonerar de estas, conforme a Ley. Asimismo, los numerales 8 y 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establecen que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas, así como crear, modificar, suprimir o exonerar entre otros, los arbitrios, conforme a Ley;


Que, de conformidad con el artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, se puede conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria con carácter general al deudor que lo solicite. Agrega el artículo 41º “que excepcionalmente, los Gobiernos Locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo”;


Que, la Gerencia de Administración Tributaria, Desarrollo Económico y Turismo propone establecer un Beneficio Especial para el pago de Deudas Tributarias y no Tributarias que comprende los siguientes conceptos: 1) Deudas Tributarias por impuesto predial y arbitrios municipales de diferentes ejercicios, 2) Deudas por concepto de multas tributarias como consecuencia de actualización de valores, datos de declaraciones extemporáneas, 3) Intereses generados por falta de pago oportuno de deudas tributarias, tanto en la vía ordinaria como en la coactiva, 4) Aplicar un porcentaje a los Beneficios por pago puntual y por la condición de pensionista respecto de deudas tributarias, entre otros aspectos; 5) Multas Administrativas emitidas por la diferentes Gerencias y/o Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de La Punta, todas ellas contenidas en la referida propuesta;


Que, mediante Decreto Supremo N° 095-2023-MEF, que aprueba los procedimientos para el cumplimiento de los indicadores y la asignación de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2023, así como los cuadros de actividades para el cumplimiento de las Metas del mencionado programa, establecidas al 31 de diciembre de 2023, siendo una de ellas el Compromiso N° 2, referida a la mejora de los niveles de recaudación del Impuesto Predial;


Que, actualmente existen obligaciones de pago las mismas que requieren un tratamiento especial considerando la actual situación económica por la que atraviesa el País; debiendo tomar en cuenta los...

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