ORDENANZA Nº 007-2015-GR-LL/CR - Ratifican el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad

Fecha de disposición10 Septiembre 2015
Fecha de publicación10 Septiembre 2015
SecciónSección Única
561129
NORMAS LEGALES
Jueves 10 de setiembre de 2015
El Peruano
/
POR TANTO:
Mando regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional
de La Libertad, a los veintiséis días del mes de junio del
año dos mil quince.
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
1284776-1
Ratifican el Plan Regional de Seguridad
Ciudadana 2015 La Libertad
ORDENANZA REGIONAL
N° 007-2015-GR-LL/CR
EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de La
Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos
191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley Nº
modif‌i catorias, y demás normas complementarias.
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente
Ordenanza Regional:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha
diez de Julio del dos mil quince; el Dictamen emitido por
la Comisión Ordinaria de Defensa Nacional y Seguridad
Ciudadana, recaído en el texto sustitutorio del Proyecto de
Ordenanza Regional relativo a Ratif‌i car el Plan Regional
de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido por el artículo
191° de la Constitución Política del Perú, modif‌i cado
por la Ley N° 27680 “Ley de Reforma Constitucional”,
concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867Ley
Regionales son personas jurídicas de derecho público,
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, el artículo 5° de la citada norma, establece
que la misión de los gobiernos regionales es organizar
y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus
competencias exclusivas, compartidas y delegadas en
el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para
contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región.
Asimismo, en su Artículo 6°, señala que el desarrollo
Regional comprende la aplicación coherente y ef‌i caz
de las políticas e instrumentos de desarrollo económico
social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes,
programas y proyectos orientados a generar condiciones
que permitan el crecimiento económico armonizado con
la dinámica demográf‌i ca, en el desarrollo social equitativo
y la conservación de los recursos naturales y el ambiente
en el territorio regional orientado hacia el ejercicio pleno
de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de
oportunidades;
Que, el Artículo 61° del mismo cuerpo legal, sobre las
funciones del Gobierno Regional en materia de defensa
Civil, prescribe: literal a) Formular, aprobar, ejecutar,
evaluar, controlar, administrar las políticas regionales
en materia de defensa y seguridad ciudadana, en
concordancia con la política general, del Gobierno y los
planes sectoriales y locales y literal c) Organizar y ejecutar
acciones de prevención de desastres y brindas ayuda
directa e inmediata a los damnif‌i cados y la rehabilitación
de las poblaciones afectadas;
Que, el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento
de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de
Seguridad Ciudadana, en su artículo Nº 17 inciso a),
establece que es una de las funciones del Comité
Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC): “Aprobar
el Plan Regional de Seguridad Ciudadana”. Asimismo
en su artículo Nº 19 inciso e) indica que, es una de las
funciones de la Secretaria Técnica del Comité Regional
de Seguridad Ciudadana “Presentar al Consejo Regional
el Plan Regional de Seguridad Ciudadana aprobado por
el CORESEC, para su ratif‌i cación mediante Ordenanza
Regional”. Asimismo, el último párrafo del Artículo 47° del
mismo cuerpo legal prescribe: Además de su aprobación
por los Comités Regionales, provinciales o distritales de
Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratif‌i cados
por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales
y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales,
según corresponda (…);
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 010-
2015-IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2015-IN, la cual
señala cuales son los “Lineamientos para la formulación,
aprobación, ejecución y evaluación de los Planes de
Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los
Comités de Seguridad Ciudadana”;
Que, mediante Acta de fecha 23 de febrero del 2015, el
Comité Regional de Seguridad Ciudadana de La Libertad,
aprobó el Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015
La Libertad;
Que, con Of‌i cio Nº 1179-2015-GRLL-GGR/GRAJ
de fecha 28 de abril del 2015, suscrito por el Gerente
Regional de Asesoría Jurídica, se remite el INFORME
LEGAL Nº 092-2015-GRLL-AJ/OACL de fecha 27.04.2015
al Secretario del Consejo Regional, el cual recomienda
actualizar la normatividad legal del Plan Regional de
Seguridad Ciudadana, para su posterior ratif‌i cación por el
Consejo Regional de conformidad al Artículo Nº 19 inciso
e) concordante con el Artículo Nº 47 del Decreto Supremo
Nº 011-2014-IN, Reglamento de la Ley Nº 27933;
Que, con Of‌i cio Nº 327-2015-GRLL-GGR/ORDN
de fecha 29 de abril del 2015, suscrito por el Gerente
Regional de Defensa Nacional, se remite el Informe
Técnico Nº 003-2015-GRLL-GGR/ORDN-SGRSC de
fecha 23.04.2015, el cual concluye que el Plan Regional
de Seguridad Ciudadana de La Libertad 2015, ha sido
formulado considerando los lineamientos establecidos en
la Directiva N° 001-2015-IN y teniendo como base legal lo
prescrito por la Ley N° 27933, Decreto Supremo N° 011-
2014-IN que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27933
Que, con Of‌i cio Nº 474-2015-GRLL-GGR/ORDN
de fecha 08 de junio del 2015, suscrito por el Gerente
Regional de Defensa Nacional, se remite al Presidente
del Consejo Regional, opinión técnica, levantamiento de
observaciones y propuesta de Ordenanza Regional del
Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad;
Que, mediante Of‌i cio N° 1660-2015-GRLL-GGR/
GRAJ de fecha 10 de junio del 2015, suscrito por el
Gerente Regional de Asesoría Jurídica, hace suyo el
contenido de la Razón N° 046-2015-GRLL-GGR-GRAJ/
OACL, que ratif‌i ca la viabilidad del Plan Regional de
Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad, expuesta en el
Informe Legal N° 092-2015-GR-LL-GGR/OACL de fecha
27.04.2015;
Que, en el uso de las facultades conferidas por la
modif‌i catoria Ley N° 27902. Asimismo, por voto unánime
se consideró ratif‌i car el Plan Regional de Seguridad
Ciudadana 2015 La Libertad;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Ordinaria de fecha diez de Julio del año dos mil quince,
con el voto aprobatorio del Pleno del Consejo Regional,
y en uso de las facultades establecidas en la Ley Nº
modif‌i catorias; el Reglamento Interno del Consejo
Regional; con dispensa de lectura y aprobación de Acta.
HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL
SIGUIENTE:
Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Regional de
Seguridad Ciudadana 2015 La Libertad, aprobado por el
Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC),
mediante Acta de fecha 23 de febrero del 2015; de
conformidad con lo establecido en el artículo Nº 19° inciso
e) del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, Reglamento de
la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana y que en anexo forma parte integrante de la
presente Ordenanza Regional, el mismo que cuyo índice
contiene la siguiente estructura:

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