ORDENANZA N° 005-2015-MDCA - Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Cabildo Abierto a llevarse a cabo en el distrito

Fecha de disposición17 Abril 2015
Fecha de publicación17 Abril 2015
El Peruano
Viernes 17 de abril de 2015 550813
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO DEL CABILDO ABIERTO A LLEVARSE
A CABO EL DIA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2015 A
HORAS: 4.00 PM EN EL DISTRITO DE CERRO AZUL
– PROVINCIA DE CAÑETE
Artículo Primero.- CONVOCAR, a cabildo abierto de
fecha 21 de abril del 2015, y APROBAR EL REGLAMENTO
DEL CABILDO ABIERTO DEL DISTRITO DE CERRO
AZUL – PROVINCIA DE CAÑETE, que consta de 13
artículos y 03 Disposiciones Finales, que en anexo forma
parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- El cabildo abierto en mención
tendrá como tema: “INFORME SITUACIONAL DE LA
GESTIÓN MUNICIPAL ANTERIOR” con la f‌i nalidad de
consultar de forma abierta y directa a la población las
acciones próximas a desarrollar.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su promulgación y
publicación, de conformidad a lo dispuesto en el artículo
44º de la Ley Nº 27972.
Artículo Cuarto.- DERÓGASE, cualquier otra norma
municipal que se oponga a la presente ordenanza
municipal.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, el cumplimiento de
la presente ordenanza a la Gerencia de Administración,
así como las demás gerencias y unidades orgánicas
de esta entidad edil, conforme a la naturaleza de sus
funciones.
Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Secretaría General
la publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano en atingencia
del artículo 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972, y la difusión a la jefatura de Imagen Institucional.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ABEL MIRANDA PALOMINO
Alcalde
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 005 -2015-MDCA
ANEXO
REGLAMENTO DEL CABILDO ABIERTO A LLEVARSE
A CABO EL 21 DE ABRIL DEL 2015 EN EL DISTRITO
DE CERRO AZUL - PROVINCIA DE CAÑETE
Artículo 1º.- El objeto del presente reglamento es
normar la convocatoria y realización del cabildo abierto
que se realizará el día 21 de Abril del 2015 a horas 4.00
pm., en la jurisdicción del distrito de Cerro Azul, Provincia
de Cañete, Región Lima, de conformidad con el artículo
119º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº
27972.
Artículo 2º.- Los temas a tratarse en el cabildo abierto,
serán:
TEMA A CONSULTA:
INFORME SITUACIONAL DE LA GESTION
MUNICIPAL ANTERIOR
Artículo 3º.- Base Legal.
• Constitución Política del Perú.
• Ley 27680 Ley de Reforma Constitucional.
Ley 27783 Ley de Bases de la Descentralización.
• Ley 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la
Información.
Ley 27444 Ley de Procedimientos Administrativos.
Artículo 4º.- El presente cabildo se llevará a cabo en
el frontis del local de la Municipalidad Distrital de Cerro
Azul, sito en el frontis del Palacio Municipal ubicado en
la Plaza de Armas, el día 21 de abril del 2015 a las 04:00
pm.Artículo 5º.- La convocatoria y publicidad a la población
se realizará con una anticipación no menor a tres días de
la fecha de realización del mencionado evento.
Artículo 6º.- El cabildo abierto estará presidido
por el Señor Alcalde, quién estará acompañado por los
Regidores, el Gerente de Administración y los funcionarios
cuyas gerencias y of‌i cinas se encuentren vinculados al
tema materia de consulta o agenda.
Artículo 7º.- Organización y Conducción.
Es responsabilidad del Alcalde y del Gerente de
Administración, conformar una comisión que se encargará
de la organización y conducción del cabildo abierto.
La comisión será designada a través de Resolución de
Alcaldía.
Artículo 8º.- La realización del cabildo abierto se
llevará a cabo de la siguiente manera:
1. El señor Alcalde aperturará el evento, acto seguido
a su turno los funcionarios Gerentes y Jefes de Of‌i cina,
informarán lo concerniente a su área, el asunto de la
convocatoria.
2. Posterior a esto, se recepcionarán las preguntas o
sugerencias por escrito de cada vecino que de manera
ordenada entregará al moderador una pregunta dentro de
un plazo determinado (30 minutos).
3. Las preguntas serán absueltas, al f‌i nal del rol de
preguntas, por el señor Alcalde o por el funcionario que
este designe, si así lo considera pertinente. Las preguntas
no relacionadas con el tema de la convocatoria no serán
absueltas y serán declaradas impertinentes.
4. Al f‌i nal del evento se levantará un acta del cabildo,
la misma que será suscrita por el señor Alcalde, los
Regidores, el Gerente de Administración y demás vecinos
presentes que deseen suscribirla; debiendo la referida
acta guardarse en un archivo especial que la Secretaría
General del Concejo abrirá para estos casos.
5. Suscrita el acta, el Señor Alcalde procederá a
declarar por concluido el cabildo abierto.
Artículo 9º.- Moderador.
Será designado por el Alcalde de la Municipalidad
del distrito de Cerro Azul. El moderador conducirá
democráticamente el evento respetando el presente
reglamento en todas sus partes.
Llamará a la cordura y solicitará mantener el orden
y la disciplina, de no sostenerse lo indicado se dará por
concluida su intervención y de ser el caso se solicitará el
apoyo del Serenazgo o de la Policía Nacional del Perú,
para retirarlo del evento.
Artículo 10º.- Intervención y Preguntas.
Las intervenciones respetarán lo siguiente:
• Para poder intervenir deberán identif‌i carse señalando
apellidos, nombres y lugar donde viven.
• La participación se hará en forma individual y
escrita.
• Las intervenciones deben estar referidas al tema de
agenda o consulta.
• Toda intervención será a través del moderador,
evitando en todo momento el diálogo.
Artículo 11º.- Prohibiciones.-
La información y las intervenciones de todos los
participantes y autoridades, se regirán bajo el principio de
respeto mutuo, prohibiéndose cualquier tipo de adjetivo
o insulto en contra de cualquier de los participantes (en
pancartas y otros).
Artículo 12º.- De no darse las garantías necesarias
para el normal desarrollo del cabildo, este se podrá dar
por concluido, levantándose el acta correspondiente.
Artículo 13º.- Encargar el cumplimiento de la presente
ordenanza a la Gerencia de Administración, y demás
áreas de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.
DISPOSICIONES FINALES
Primero.-La Comisión de Organización y Convocatoria
del Cabildo Abierto deberá establecer un cronograma
cuyas actividades conduzcan a la realización de las
mismas en forma democrática y ordenada.
Segundo.- Autorizar el ejecutivo el cumplimiento del
presente reglamento con el apoyo logístico necesario.
Tercero.- El presente reglamento aprobado por el
Concejo Municipal mediante Ordenanza Municipal regirá
a partir del día siguiente de su publicación.
1224605-1

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