ORDENANZA N° 004-2015-AL/CPB - Ordenanza Municipal denominada 'Paga Puntual y Paga Menos'

Fecha de disposición26 Abril 2015
Fecha de publicación26 Abril 2015
El Peruano
Domingo 26 de abril de 2015 551441
valores en la población Comeña, tales como la práctica de
hábitos saludables y de respeto mutuo, la solidaridad, la
urbanidad, las buenas costumbres y la identidad local.
Estando a lo expuesto y en ejercicio dela facultad
conferida por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº
Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por
UNANIMIDAD, lo siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA PARTICIPACIÓN
VECINAL EN EL CONTROL Y SUPERVISIÓN DE LOS
SERVICIOS PÚBLICOS EN EL DISTRITO DE COMAS.
Artículo Primero.- CREAR, El sistema del Control y
Supervisión Vecinal de los Servicios Públicos y Gestión del
Ambiente en el Distrito de Comas.
Artículo Segundo.- APROBAR, El Reglamento para
el Control y Supervisión Vecinal de los Servicios Públicos y
Gestión del Ambiente en el Distrito de Comas.
Artículo Tercero.- RECONOCER, a los Supervisores
Vecinales para que apoyen en la supervisión y control de
los servicios públicos del distrito de Comas.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Públicos la implementación de la presente
Ordenanza, en coordinación con la Gerencia de
Administración y Finanzas y la Gerencia de Plani cación,
Presupuesto y Racionalización.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Informática, Estadística y Gobierno Electrónico la publicación
de la presente norma en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Comas: www.municomas.gob.pe
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI
Alcalde
1229255-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Ordenanza Municipal denominada
“Paga Puntual y Paga Menos”
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 004-2015-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE BARRANCA;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de
fecha 21 de enero del 2015, en la estación de Orden del Día,
el proyecto de Ordenanza Municipal Denominada “PAGA
PUNTUAL Y PAGA MENOS”, presentado por la Gerencia de
Rentas con el Informe Nº 005-2015-GR-MPB, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, las Municipalidades
Provinciales, son órganos de gobierno local que gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, los artículos 74º y 192º numeral 3) de la
Constitución Política del Perú, establecen que los
gobiernos locales pueden crear, modi car y suprimir sus
contribuciones, tasas, o exonerar de ellas dentro de su
jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Que, de conformidad con la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972 los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia y les otorga la potestad
tributaria para crear, modi car y suprimir contribuciones y
tasas;
Que, la norma IV del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, establece que los gobiernos locales
mediante ordenanzas pueden crear, modi car y suprimir
sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos o
exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites
que señala la ley;
Que, asimismo mediante Ordenanza Municipal Nº
033-2014-AL/CPB se aprueba la Distribución del Costo
de Servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el
año 2015 estableciéndose que el pago es de periodicidad
mensual, efectuándose la recaudación en iguales plazos;
Que, ante ello, es política de la actual gestión municipal,
velar permanentemente por el saneamiento y actualización
de los estados de cuenta de sus contribuyentes y vecinos en
la línea del fomento del bienestar, procurando dar las medidas
que permitan dar solución al problema mencionado, actuando
con equidad, tomando conciencia de la actual situación
económica, otorgando las facilidades a los contribuyentes
para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, sentando
las bases de una justa y e ciente gestión tributaria.
Que, la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 005-
2015-GR-MPB, hace de conocimiento que existen un gran
número de contribuyentes puntuales en el pago de sus
tributos, en tal sentido se hace necesario aplicar políticas
que coadyuven a disminuir la morosidad existente,
aplicando mayores bene cios y promoviendo el pago
oportuno de los contribuyentes otorgándose descuento por
el pago cancelatorio del año.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9º,
39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972
y contando con el voto Unánime de los señores regidores
asistentes a la sesión y con la dispensa del trámite de
lectura y aprobación de acta, se expide la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL DENOMINADA
“PAGA PUNTUAL Y PAGA MENOS”
Artículo 1º.- APROBAR, el Bene cio de descuento
por el pago oportuno de los tributos correspondientes al
periodo 2015 y que son administrados por la Municipalidad
Provincial de Barranca.
Artículo 2º.- DEL RÉGIMEN DE PAGO OPORTUNO
Los contribuyentes de la Municipalidad Provincial de
Barranca que paguen sus tributos dentro de los plazos de
vencimiento establecidos en la Ordenanza Municipal Nº
003-2015 AL/CPB -Ordenanza que aprueba las fechas de
vencimiento de las obligaciones tributarias para el ejercicio
2015- obtendrán un premio por puntualidad ascendente
al 25% de descuento en los arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines y Serenazgo del 2015, siempre que se
efectúe la cancelación del impuesto predial y los arbitrios
por adelantado de todo el ejercicio hasta el 30 de abril del
año 2015 y siempre que no se cuente con deuda por estos
conceptos al 31 de diciembre de 2014.
Artículo 3º.- La presente ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario O cial El
Peruano y tendrá vigencia hasta el último día hábil del mes
de abril del presente año.
Artículo 4º.- PUBLÍQUESE, la presente norma legal
en el Diario O cial El Peruano y en el Portal Institucional
www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe
conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- FACULTADES REGLAMENTARIAS
Facúltese al señor Alcalde dictar las disposiciones
complementarias necesarias mediante Decreto de Alcaldía,
para la adecuada aplicación de la presente ordenanza
municipal así como la ampliación de su vigencia.
Segunda.- ENCARGATURA
Encárguese el cumplimiento de la presente ordenanza
a la Gerencia de Rentas, Secretaría General y Sub
Gerencia de Estadística y Sistemas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la Casa Municipal, a los veintiún días del mes
de enero del dos mil quince.
JOSE ELGAR MARREROS SAUCEDO
Alcalde
1207716-3

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