Ordenanza Nº 00351/MDSA. Ordenanza que establece Régimen de Incentivos Tributarios, Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva y regularización de deudas no tributarias en el distrito de Santa Anita

Fecha de publicación10 Abril 2024
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Puno y San Martín, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Santa Anita, 5 de abril de 2024


El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA


POR CUANTO;


VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha que se indica, el Memorándum Nº 209-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 0147-2024-OGAJ/MDSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 010-2024-GSATDE/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; y,


CONSIDERANDO:


Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo que se encuentra en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el numeral 8 del artículo de la Ley Nº 27972 establece como atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; asimismo en su numeral 9 señala que son atribuciones del Consejo Municipal, crear, modificar, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; asimismo, el artículo 40º precisa que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;


Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 195º y 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley; así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley.


Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, establece, que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley y que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;


Que, la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico con Informe Nº 010-2024-GSATDE/MDSA propone el Proyecto de Ordenanza que establece un Régimen de Incentivos Tributarios, Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva y Regularización de Deudas No Tributarias en el distrito de Santa Anita, justificando la propuesta dentro de la actual coyuntura económica y social que atraviesa el país, determinando que es favorable establecer un régimen de incentivo tributario y regularización de deudas no tributarias que permita a los vecinos el cumplimiento del pago de sus deudas tributarias y no tributarias, sin que ello genere una grave afectación económica, sino por el contrario le permita el cumplimiento oportuno a través del otorgamiento de facilidades para el mismo; asimismo establecer una Campaña de Fiscalización Tributaria Masiva con beneficios tributarios a fin de actualizar la información de valúo predial de los contribuyentes registrados en la jurisdicción del distrito, en mérito que existe en el distrito crecimiento en el desarrollo de construcciones nuevas y transferencias de predios, sobre las cuales los contribuyentes no presentan la declaración jurada tributaria respectiva, requiriéndose incentivar la participación de los mismos otorgando facilidades y beneficios tributarios, para quienes permitan la inspección de sus predios durante el proceso de fiscalización o verificación tributaria correspondiente y asimismo para quienes voluntariamente presenten...

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