Ordenanza Nº 003-2024/MPC. Ordenanza que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao

Fecha de publicación11 Febrero 2024
SecciónSección Única
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Callao, 31 de enero de 2024


EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO


POR CUANTO


EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO,


VISTO, en Sesión Ordinaria, celebrada en la fecha, el Dictamen N° 003-2024-MPC-SR-COPODUN de fecha 15 de enero de 2024, emitido por la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura; el memorándum N° 111-2024-MPC/GM de fecha 10 de enero de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el informe N° 165-2023-MPC-GDU de fecha 25 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el informe N° 865-2023-MPC-GDU-SGOPR de fecha 20 de setiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Obras Privadas; el informe N° 057-2023/PROGRESAMOSCALLAO de fecha 12 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia del Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao; el informe N° 133-2023-MPC/OGPMPI de fecha 13 de octubre de 2023, emitido por la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el informe N° 920-2023-MPC-GSCPMA/SGMC de fecha 18 de octubre de 2023, emitido por la Subgerencia de Mantenimiento a la Ciudad; el memorando N° 49-2023-MPC/GF del 23 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia de Fiscalización; el informe N° 013-2024-MPC/OGAJ de fecha 10 de enero de 2024, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Oficio N° 08-2024/SGCM-OACMA de fecha 12 de enero de 2024, emitido por la Secretaría General del Concejo Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;


Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;


Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8) señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;


Que, el numeral 16 del artículo 82 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que, en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, tiene como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el gobierno regional la de impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza y conservación del ornato local;


Que, el artículo 88 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que corresponde a las municipalidades provinciales dentro del territorio de su jurisdicción, velar por el uso de la propiedad inmueble en armonía con el bien común;


Que, de igual manera el numeral 6 del artículo 93 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 establece que las municipalidades provinciales tienen como facultad especial la de disponer la pintura periódica de las fachadas u el uso o no uso de determinados colores;


Que, con el Informe N° 865-2023-MPC-GDU-SGOPR de fecha 20 de setiembre de 2023, la Subgerencia de Obras Privadas hace suyo el Informe Legal N° 191-2023-MPG-GDU-SGOPR-JTFT; el cual recomienda la aprobación de la “Ordenanza Municipal que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao”, según proyecto elaborado por dicha área;


Que, mediante Informe N° 165-2023-MPC-GDU de fecha 25 de setiembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano, remite a la Gerencia Municipal el proyecto de “Ordenanza Municipal que regula el pintado de fachadas y el acabado exterior de los inmuebles ubicados dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial del Callao”...

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