ORDENANZA N° 003-2015-GRSM/CR - Aprueban el inicio del proceso de Planeamiento Estratégico del Gobierno Regional de San Martín, para la reformulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado PDRC San Martín al 2021

Fecha de disposición29 Mayo 2015
Fecha de publicación29 Mayo 2015
El Peruano
Viernes 29 de mayo de 2015 553641
del Gobierno Regional de San Martín, emitiendo opinión
favorable por existir plena concordancia entre ambos
instrumentos;
Que, con Nota Informativa Nº 386-2014-GRSM/GRPyP,
de fecha 05 de diciembre del 2014 la Gerencia Regional
de Planeamiento y Presupuesto, remite la Propuesta
de actualización del Reglamento de Organización y
Funciones ROF y el Reordenamiento del Cuadro Para
Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional de
San Martín, para su aprobación por el Consejo Regional;
Que, mediante Informe Legal Nº 628-2014-GRSM/
ORAL, de fecha 09 de diciembre del 2014, la O cina
Regional de Asesoría Legal opina favorablemente para la
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
ROF y el Reordenamiento del Cuadro Para Asignación
de Personal - CAP del Gobierno Regional de San Martín,
por lo que recomienda remitir al Consejo Regional para su
aprobación mediante Ordenanza Regional;
Que, de acuerdo al artículo 34º del Decreto Supremo
Nº 043-2006-PCM. Lineamientos para la Elaboración y
Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones,
en el caso de los Gobiernos Regionales, tales instrumentos
de gestión se aprueban por Ordenanza Regional;
Que, la sustentación técnica de la propuesta de
Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno
Regional de San Martín se ha realizado en cumplimiento
de lo dispuesto en el Título III de los Lineamientos para la
Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización
y Funciones por parte de las entidades de la administración
pública; asimismo se sustenta en lo dispuesto en el literal f)
del artículo 28º de los Lineamientos del ROF en cuanto a
la optimización o simpli cación de los procesos del GRSM,
con la nalidad de cumplir con mayor e ciencia su misión
y funciones, así como en la necesidad de implementar las
modi caciones tendientes a fortalecer el rol de conducción
de las políticas regionales de las Gerencias Regionales
de Línea, promover intervenciones articuladas entre estas
y sus Direcciones Regionales Sectoriales como instancias
implementadoras de tales políticas, entre otros cambios
que se plantean incluir, en el marco del proceso de rediseño
institucional emprendido por el GRSM;
Que, conforme a lo previsto en la Directiva “Reglas
de Aplicación progresiva para la Aprobación del Cuadro
de Puestos de las Entidades”, aprobado con Resolución
de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, la
propuesta de Reordenamiento del Cuadro Para Asignación
de Personal cumple con los lineamientos establecidos;
Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867,
atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas
Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el
plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos
del Consejo Regional;
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional
de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada
en el Auditorio del Consejo Regional de San Martín -
Moyobamba llevada a cabo el día lunes 22 de diciembre
del 2014, aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de
Organización y Funciones del Gobierno Regional San
Martín cuyo texto forma parte integrante de la presente
Ordenanza, el cual consta de cinco (5) títulos, doscientos
cincuenta y dos (252) artículos y quince (15) disposiciones
complementarias.
Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para
Asignación de Personal Provisional con un total de Un Mil
Trescientos Doce (1312) plazas entre ocupadas y previstas,
cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- MANTENER vigente los
Reglamentos de Organización y Funciones y Cuadros para
Asignación de Personal de los órganos desconcentrados
del Gobierno Regional de San Martín, en tanto se culmine
con la actualización de sus instrumentos.
Artículo Cuarto.- DELEGAR al Gerente General
Regional, Gerentes de Línea y Directores Regionales
Sectoriales, según corresponda, a efectuar las
designaciones pertinentes para la implementación de las
unidades orgánicas bajo su responsabilidad, creadas en
el presente Reglamento de Organización y Funciones,
así como a realizar las reubicaciones y reasignaciones de
personal que correspondan.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento
de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia
Regional, Gerencia General Regional, Gerencia
Regional de Planeamiento y Presupuesto y O cina
Regional de Administración, los cuales deberán emitir
los actos resolutivos correspondientes para la efectiva
implementación de los documentos de gestión que se
aprueben con la presente ordenanza.
Artículo Sexto.- FACULTAR a la Presidencia Regional a
efectuar las acciones administrativas que se requiera a n de
que estos órganos adecúen el desempeño de sus funciones
y facultades relacionadas a la prestación de servicios
sectoriales en el ámbito territorial, conforme a las disposiciones
establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones
que se aprueba con la presente ordenanza.
Artículo Séptimo.- PRECISAR que las designaciones
y contratos que se efectúen en el marco de la
implementación del nuevo Reglamento de Organización
y Funciones deben corresponder únicamente a los cargos
previstos en el Cuadro para Asignación de Personal
Provisional aprobado mediante la presente ordenanza, así
como cumplir obligatoriamente con los requisitos mínimos
establecidos en el Clasi cador de Cargos del Gobierno
Regional de San Martín, aprobado mediante Ordenanza
Nº 016-2012-GRSMlCR y la normatividad vigente.
Artículo Octavo.- PRECISAR que la reorganización
interna de las Unidades de Gestión Educativa Local, Redes,
Micro redes de Salud, Agencias de Desarrollo Económico,
Gerencias Territoriales, Archivo Regional, según corresponda,
deberá plasmarse en una propuesta de Reglamento de
Organización y Funciones, Cuadro para Asignación de
Personal Provisional y Presupuesto Analítico de Personal,
conforme a los lineamientos emitidos por SERVIR.
Artículo Noveno.- DEJAR sin efecto la Ordenanza
Regional Nº 003-2013 - GRSM/CR, de fecha 04 de marzo
de 2013 y toda disposición que se oponga a la presente
Ordenanza.
Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia General
Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar
los trámites respectivos para la publicación de la presente
Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de
la Región San Martín y en el Diario O cial “El Peruano”,
previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno
Regional de San Martín.
Artículo Décimo Primero.- DISPENSAR la
presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y
aprobación del Acta, para proceder a su implementación
correspondiente.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de San Martín para su promulgación.
CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA
Presidenta del Consejo Regional de San Martín
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
San Martín a los veintidós días del mes de diciembre del
año dos mil catorce.
POR TANTO:
Mando se publique y se cumpla.
JAVIER OCAMPO RUIZ
Presidente del Gobierno Regional de San Martín
1243101-4
Aprueban el inicio del proceso de
Planeamiento Estratégico del Gobierno
Regional de San Martín, para la
reformulación del Plan de Desarrollo
Regional Concertado PDRC San Martín
al 2021
ORDENANZA REGIONAL
Nº 003-2015-GRSM/CR
Moyobamba, 30 de abril de 2015

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