ORDENANZA Nº 002-2015-CR/GOB.REG.TACNA - Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Fecha de la disposición22 de Julio de 2015
557882 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de julio de 2015 /
El Peruano
Comuníquese al señor Gobernador Regional del
Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de marzo
del año dos mil quince.
SANTOS PABLO AGAMA
Presidente
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, noti que, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día cuatro de mayo del año dos mil quince.
OMAR GUSTAVO JIMENEZ FLORES
Gobernador Regional
1265078-1
Modifican el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Gobierno
Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2015-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha trece de abril del dos mil quince, en Sesión
Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional;
CONSIDERANDO:
establece: “Los gobiernos regionales, tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia”.
Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, en su artículo 8 precisa: “La autonomía
es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus
tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos
públicos de su competencia (…)”.
Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, en su artículo 15 establece como atribución
del Consejo Regional: “a) Aprobar, modi car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
asimismo, en su artículo 38 señala: “Las Ordenanzas
Regionales norman asuntos de carácter general, la
organización y la administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia”.
Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, en su artículo 37 prescribe:
“Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan
la aprobación, según el caso, de su Texto Único de
Procedimientos Administrativos, (…)”
Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que
Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación
del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento
de la Ley del Silencio Administrativo, en su artículo 15
prescribe: “Las entidades deberán aprobar su TUPA como
sigue: “(…) Gobierno Regional y sus Organismos Públicos
Descentralizados (incluidos los procedimientos de las
Direcciones Regionales Sectoriales) por Ordenanza
Regional. (…)”; asimismo, en su artículo 16 señala: “Los
procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales
Sectoriales que forman parte de los Gobiernos Regionales
deben incluirse en el TUPA del Gobierno Regional al que
pertenezcan. (…)”.
Que, con Ordenanza Regional Nº 014-2014-CR/GOB.
REG.TACNA de fecha 09 de mayo del 2014 y publicada
en el Diario O cial “El Peruano” el 19 de junio del 2014,
el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de
Tacna se estableció: “ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR
el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Gobierno Regional de Tacna (...) correspondientes a
los órganos de la Sede Regional y la Dirección Regional
de Salud (...), de acuerdo al anexo, que forma parte de la
presente Ordenanza Regional. (…)”.
Que, mediante el O cio Nº 3489-2014-GGR/GOB.
REG.TACNA de fecha 23 de octubre del 2014, la Gerencia
General Regional del Gobierno Regional de Tacna
remite el expediente administrativo sobre incorporación
de procedimientos al Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Gobierno Regional de Tacna, con
el objeto de que sea aprobado mediante Ordenanza
Regional, para lo cual se adjunta los informes y demás
documentos que sustentan su pedido.
Que, resulta necesario y justi cable la emisión de la
presente norma regional, toda vez, que coadyuvara con el
objetivo general de la Política Nacional de la Modernización
de la Gestión Pública la misma que consiste en orientar,
articular e impulsar en todas las entidades públicas el
proceso de modernización hacia una gestión pública con
resultados que impacten positivamente en el bienestar de
los ciudadanos y en el desarrollo del País y sobre todo
con el objetivo de lograr resultados positivos en la mejora
de los procedimientos y servicios orientados al ciudadano
de la Región de Tacna.
Que, con el Informe Nº 398-2014-SGDO-GRPPAT/
GOB.REG.TACNA del 04 de setiembre del 2014 emitido
por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto
y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 1895-2014-
ORAJ/GOB.REG.TACNA del 15 de octubre del 2014
emitido por la O cina Regional de Asesoría Jurídica; el
O cio Nº 3749-2014-GGR/GOB.REG.TACNA del 19 de
noviembre del 2014 emitido por la Gerencia General
Regional; el Informe Nº 501-2014-SGDO-GRPPAT/
GOB.REG.TACNA del 17 de noviembre del 2014
emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el O cio Nº
258-2015-SGDO-GRPPAT/GOB.REG.TACNA del 27 de
febrero del 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial que remite el
Informe Nº 019-2015-GRPPAT-SGDO/GOB.REG.TACNA
del 24 de febrero del 2015 emitido por la Subgerencia
de Desarrollo Organizacional y demás documentación
anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la
propuesta normativa.
Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo
Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema,
procedió a emitir el Dictamen Nº 005-2015-CR-COPPyAT
de fecha 07 de abril del 2015, a través del cual se
aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “Aprobar la
incorporación en el TUPA del Gobierno Regional de Tacna
cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos de
la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo
de Tacna”, dictamen que se puso a consideración del
Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de
fecha 13 de abril del 2015.
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal
a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, modi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013,
28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno
del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria
de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- APROBAR la incorporación en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Gobierno Regional de Tacna, aprobado mediante
Ordenanza Regional Nº 014-2014-CR/GOB.REG.TACNA
de fecha 09 de mayo del 2014, cincuenta y cuatro (54)
procedimientos administrativos de la Dirección Regional
de Trabajo y Promoción del Empleo de Tacna de acuerdo
al anexo que forma parte de la presente Ordenanza
Regional.
Artículo Segundo.- APROBAR los requisitos,
formularios y las tasas por derecho de tramitación de los
cincuenta y cuatro (54) procedimientos administrativos
incorporados al Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Tacna
en mérito a lo establecido en el artículo primero de la
presente ordenanza regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional del Gobierno Regional de Tacna la
implementación de la presente Ordenanza Regional.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR