ORDENANZA N° 002-2015-MPMN - Modifican Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua
Fecha de publicación | 17 Marzo 2015 |
Fecha de disposición | 17 Marzo 2015 |
El Peruano
Martes 17 de marzo de 2015 548783
favorable de la Subgerencia de Iniciativas Públicas,
Privadas y Cooperación. Las modifi caciones que sean
introducidas, según lo dispuesto en el presente literal,
deberán respetar cuando menos la naturaleza del Contrato,
las condiciones económicas y técnicas contractualmente
convenidas y el equilibrio fi nanciero de las prestaciones a
cargo de las partes”.
(…)
“DISPOSICIONES FINALES
(…)
SEGUNDA.- Designación de la OPIP.
Desígnese a la Subgerencia de Iniciativas Públicas,
Privadas y Cooperación como instancia Técnica del
organismo Promotor de la Inversión Privada de la
Municipalidad de Santiago de Surco, en adelante OPIP-
SURCO, para la conducción del proceso de promoción de
la inversión privada.
La OPIP-SURCO deberá informar permanentemente,
todas las etapas y/o hitos al Concejo Municipal respecto
de los procesos de Inversión privada a que se refi ere la
presente ordenanza”.
(…)
Artículo Segundo.- PUBLICAR presente Ordenanza
en el Diario Ofi cial El Peruano, y encargar a la Gerencia
de Tecnologías de la Información, la publicación en
el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe, en el
Portal Institucional (www.munisurco.gob.pe) y en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.
serviciosalcuidadano.gob.pe, dentro del día siguiente de
su aprobación, conforme prescribe el Artículo 15° de la
Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante
Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Administración
Municipal, la difusión y cumplimiento de la presente
ordenanza.
Artículo Cuarto.- LA PRESENTE Ordenanza entrará
en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Ofi cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuniques y cúmplase.
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
1212060-1
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE MARISCAL NIETO
Modifican Reglamento Interno del
Concejo Municipal de la Provincia
Mariscal Nieto - Moquegua
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2015-MPMN
Moquegua, 16 de febrero de 2015
EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”
VISTO:
En “Sesión Extraordinaria” del 11-02-2015, el
Dictamen Nº 001-2015-COPPYR/MPMN de Registro
Nº 006315-2015, sobre Modifi cación del “Reglamento
Interno del Concejo Municipal de la Provincia Mariscal
Nieto - Moquegua”.
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno
Local con autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, tal como lo señala
el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú,
concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar
de la Ley Nº 27972;
Que, el “Reglamento Interno del Concejo Municipal de
la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua”, ha sido aprobado
por Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN del 18-06-
2012 y modifi cado por Ordenanza Municipal Nº 011-2013-
MPMN de fecha 18-09-2013;
Que, se ha podido apreciar del precitado Reglamento
algunos errores materiales al momento de especifi car las
Comisiones Ordinarias del Concejo Municipal, los que no
concuerdan con la distribución Orgánica del Organigrama
Estructural de la Institución aprobado con Ordenanza
Municipal Nº 017-2007-MUNIMOQ de fecha 28-09-
2007, las mismas que para una correcta adecuación e
implementación de funciones necesitan ser modifi cadas;
Que, el Inciso c) del Artículo 6º de la Ley Nº 27658,
establece que en el diseño de la estructura orgánica
pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose
integrar las funciones y competencias afi nes, en ese
sentido el Concejo Municipal ha adoptado la decisión de
modifi car la Constitución de las Comisiones Ordinarias;
Que, el Inciso a) del Artículo 5º de la Ley Nº 27783,
regula el principio de competencias claramente defi nidas,
precisando que se debe tener una distribución clara y
precisa de funciones entre los niveles de Gobierno Local,
con el fi n de determinar la responsabilidad administrativa
y funcional;
Que, el Inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, establece que son atribuciones
del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las
Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos;
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso
de las facultades concedidas por el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993
y modifi cada por Ley Nº 27680 del 06-03-2002, al amparo
de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 de fecha
26-05-2003 y Ley Nº 8230 del 03-04-1936, ha aprobado
en “Sesión Extraordinaria” del 11-02-2015, la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA
PROVINCIA MARISCAL NIETO - MOQUEGUA
Artículo Primero.- MODIFICACIÓN.
Modifíquese el Título X, Capítulos del II al XI, en los
Artículos 103º, 105º, 106º, 107º, 108º, 109º, 110º, 111º,
112º y 113º del “Reglamento Interno del Concejo Municipal
de la Provincia Mariscal Nieto - Moquegua” aprobado por
la Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPMN y modifi cado
por la Ordenanza Municipal Nº 011-2013-MPMN, en el
extremo referido a la denominación y conformación de
las Comisiones Ordinarias y sus respectivas funciones;
quedando redactados de la siguiente manera:
CAPÍTULO II
DE LAS COMISIONES ORDINARIAS
“Artículo 103º.- Las Comisiones Ordinarias del Concejo
son las siguientes:
a) Comisión de Desarrollo Económico, Social y
Turístico.
b) Comisión de Desarrollo Urbano Ambiental y
Acondicionamiento Territorial.
c) Comisión de Infraestructura Pública, Supervisión y
Liquidación de Obras.
d) Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad
Ciudadana y Defensa Civil.
e) Comisión de Administración Tributaria.
f) Comisión de Administración y Control Institucional.
g) Comisión de Planeamiento y Presupuesto.
h) Comisión de Asuntos Legales y Judiciales.
i) Comisión de Unidades Operativas y EPS
Moquegua.
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