ORDENANZA N° 002-2015-AL/CPB - Establecen la modalidad de liquidación de los tributos y los derechos de pago por los servicios de actualización mecanizada

EmisorMUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Fecha de la disposición12 de Marzo de 2015
El Peruano
Jueves 12 de marzo de 2015 548427
aplicación de la presente Ordenanza, que garanticen
supletoriamente la ejecución del proceso del Presupuesto
Participativo 2016
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, la Gerencia de Plani cación y demás unidades
orgánicas pertinentes, el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de
Informática la publicación en el portal institucional de la
Municipalidad, para su debida publicidad.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
1209619-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Establecen la modalidad de liquidación
de los tributos y los derechos de pago
por los servicios de actualización
mecanizada
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 002-2015-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA;
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de
fecha 21 de enero del 2015, en la estación de Orden del
Día, el proyecto de Ordenanza que establece la modalidad
de liquidación de los tributos y los derechos de pago por
los servicios de Actualización Mecanizada, presentado
por la Gerencia de Rentas con el Informe Nº 005-2015-
GR-MPB; y,
CONSIDERANDO:
Que, la cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo
Nº 776, modi cado por la Ley Nº 27616 y Decreto
Legislativo Nº 956, establece que la Municipalidades que
cuenten con sistema mecanizado podrán brindar el servicio
de emisión, actualización de valores, determinación de
tributos y de recibos de pago correspondiente, incluida su
distribución a domicilio. Quedando facultado a cobrar por
dicho servicio no más del 0.4 % de la UIT vigente al 1º de
enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización
sustituye la obligación de presentar declaraciones
juradas.
publicado en el Diario O cial El Peruano el día 30 de
Diciembre del 2015, se ha establecido el Valor de Unidad
Impositiva Tributaria para el año 2015, en S/. 3,850.00
Nuevos Soles.
Que, es necesario establecer la modalidad de la
declaración y liquidación del Impuesto Predial así como
del Impuesto Vehicular, así como establecer el monto por
los servicios de emisión mecanizada, actualización de
valores y determinación del Impuesto Predial, arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines, Serenazgo
correspondientes al ejercicio 2015.
Que, asimismo mediante Ordenanza Municipal Nº
033-2014-AL/CPB se aprueba la Distribución del Costo
de Servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el
año 2015 estableciéndose que el pago es de periodicidad
mensual, efectuándose la recaudación en iguales plazos;
Estando a lo expuesto y conforme a lo prescrito
por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, y contando con el voto
UNÁNIME de los señores regidores asistentes a la sesión
y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de
acta, se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE LA MODALIDAD
DE LIQUIDACIÓN DE LOS TRIBUTOS Y LOS
DERECHOS DE PAGO POR LOS SERVICIOS DE
ACTUALIZACIÓN MECANIZADA
Artículo 1º.- ESTABLECER, para el ejercicio 2015 la
siguiente modalidad de liquidación de los tributos:
a) Para el Impuesto Predial la actualización de la
valorización de la base imponible, la determinación
del impuesto se efectuarán en forma mecanizada por
parte de la Administración Tributaria. Sustituyéndose
de esta manera la obligación de presentación de
declaración jurada anual por parte del contribuyente.
Esta modalidad no exime al contribuyente de la
obligación de presentación de declaración jurada
cuando el predio sufra modificaciones en sus
características que sobrepasen el valor de cinco (5)
UIT; ni la presentación de declaraciones juradas de
rectificación o de actualización de información cuando
así lo considere pertinente el contribuyente.
b) En el caso del Impuesto Vehicular el contribuyente
establecerá la base imponible y determinará el importe del
impuesto mediante declaración jurada en formularios que
la administración tributaria pondrá a disposición en forma
gratuita.
c) La determinación de la tarifa de los arbitrios de
Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, se
determinarán sin ningún incremento, en monto similar a
las tarifas del ejercicio 2014. Debiendo emitirse la hoja de
liquidación anual en forma mecanizada con el detalle de
la deuda por mes.
Artículo 2º.- ESTABLECER, para el ejercicio 2015
el monto de los derechos por servicios de emisión
mecanizada, en la forma siguiente.
a) Para el Impuesto Predial:
- Derecho de emisión y distribución S/. 10.00
- Por cada predio adicional S/. 2.50
b) Para los arbitrios
- Derecho de emisión y distribución por mes S/. 0.60
- Derecho de emisión y distribución por año S/. 7.20
Artículo 3º.- PUBLÍQUESE, la presente norma legal
en el Diario O cial El Peruano y en el Portal Institucional
www.munibarranca.gob.pe y en el portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.
pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº
29091.
Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Rentas,
Secretaría General y Sub Gerencia de Estadística y
Sistema, para que adopten las medidas pertinentes para
el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuniquese, publíquese y cúmplase.
Dado en la casa Municipal, a los veintiún días del mes
de enero del dos mil quince.
JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO
Alcalde
1207716-1
Aprueban fechas de vencimiento de
las obligaciones tributarias para el
ejercicio 2015
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 003-2015-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de
fecha 21 de enero del 2015, en la estación de Orden del

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