ORDENANZA N° 002-2015/MDPN - Establecen monto mínimo del Impuesto Predial y fechas de vencimiento del pago de los tributos municipales para el Ejercicio Fiscal 2015

Fecha de disposición08 Febrero 2015
Fecha de publicación08 Febrero 2015
El Peruano
Domingo 8 de febrero de 2015 546407
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a
la Información Pública, tiene por f‌i nalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información consagrado en el
Que, en ese sentido la precitada norma somete a
todas las entidades de la Administración Pública a las
que hace referencia el Título Preliminar de la Ley Nº
27444 Ley de Procedimiento Administrativo General,
a observar el Principio de Publicidad en tanto que toda
información que posee el Estado se presume pública
con las excepciones expresamente establecidas por la
propia Ley, y consecuentemente a respetar el Derecho
Constitucional a la Información.
Que, por tanto, conforme a lo establecido en
los artículos 5º y 8º del TUO de la Ley Nº 27806 de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y 3º de
su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 072-2003-PCM
debe designarse a los funcionarios de la Municipalidad de
Puente Piedra responsables de entregar la información
de acceso público a cargo de la Municipalidad de Puente
Piedra y de su actualización del Portal de Transparencia
de la entidad, respectivamente:
En uso de las facultades conferidas en el numeral
6 del artículo 20º en la Ley Nº 27972 Orgánica de
Municipalidades:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al señor HELI MARRUFO
FERNANDEZ, Secretario General de la Municipalidad
de Puente Piedra, como responsable de entregar la
Información de acceso público a cargo de la Municipalidad
de Puente Piedra.
Artículo Segundo.- Designar al señor JESUS
GEORGE TADEO GURREONERO ROQUE, Gerente
de Informática y Gobierno Electrónico como responsable
de la actualización del Portal de Transparencia de la
Municipalidad de Puente Piedra.
Artículo Tercero.- Disponer que los servidores de
la Municipalidad Distrital de Puente Piedra proporcionen
y faciliten oportunamente a los funcionarios antes
designados, la información que deba ser entregada a los
administrados y/o publicada en el Portal de Transparencia,
dentro de los plazos establecidos en las normas sobre
materia, bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MILTON FERNANDO JIMENEZ SALAZAR
Alcalde
1197933-1
MUNICIPALIDAD DE
PUNTA NEGRA
Establecen monto mínimo del Impuesto
Predial y fechas de vencimiento del
pago de los tributos municipales para
el Ejercicio Fiscal 2015
ORDENANZA Nº 002-2015/MDPN
Punta Negra, 29 de enero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUNTA NEGRA
POR CUANTO:
VISTO: El Concejo Municipal de Punta Negra, en
Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y visto el Informe
Nº 002-2015-GAT/MDPN de fecha 23 de enero de 2015
de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe
Nº 010-2015-SGRRFT/GAT/MDPN de la Sub Gerencia de
Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria de fecha
23 de enero de 2015; y,
CONSIDERANDO
Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 194º
y 195º numeral 4) de la Constitución Política del Perú,
modif‌i cados por la Ley de Reforma Constitucional Nº
27680, en concordancia con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades
27972, establecen que los Gobiernos Locales tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, promueven el desarrollo y
la economía local, la prestación de los servicios públicos
de su responsabilidad, gozan de competencia de crear,
modif‌i car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas,
arbitrios, licencias y derechos dentro de los límites
establecidos por Ley;
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante
Decreto Supremo Nº 374-2014-EF, aprobó el Valor de
la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) en S/. 3850.00
Nuevos Soles para el Ejercicio Fiscal 2015, como índice
de referencia para las normas tributarias, el mismo que
servirá de base para determinar el monto del Impuesto
Predial mínimo:
Que, el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, aprobada mediante Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a
establecer un monto mínimo a pagar por Impuesto Predial
equivalente al 0.6% de la UIT vigente al primero de enero
de cada ejercicio f‌i scal;
Que, el artículo 15º Inc. B) del Decreto Supremo
Nº 156-2004-EF, regula la forma de pago del Impuesto
Predial estableciendo que pueden efectuarse al
contado hasta el último día hábil del mes de febrero
de cada año y en forma fraccionada hasta en cuatro
cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera
cuota, hasta el último día hábil del mes de Febrero y las
siguientes el último día hábil del mes de mayo, agosto
y noviembre, estas en cuotas ajustadas conforme a
la variación acumulada del índice de Precios al Por
Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de
Estadística (INEI);
Que, la Municipalidad Distrital de Punta Negra
mediante Ordenanza Nº 002-2014-MDPN, prorrogó
para el ejercicio 2015, los costos de los Arbitrios
Municipales de Barrido de Calles, Recolección de
Residuos Sólidos Domiciliarios, Recolección de
Residuos Sólidos en Playas, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo establecidos en la Ordenanza
Nº 011-2012-MDPN, en la jurisdicción de Punta Negra,
estableciéndose que dichas tasas son de periodicidad
y determinación mensual; sin embargo su recaudación
se efectuará trimestralmente, siendo su vencimiento el
último día hábil de los meses que serán establecidos
mediante Ordenanza. En el caso específ‌i co de la Tasa
de Recolección de Residuos Sólidos en las playas de
distrito la determinación es diaria y la recaudación de
igual forma diariamente.
El pago de la Tasa se efectuara en forma inmediata,
antes que el conductor se retire de la zona de
estacionamiento vehicular;
Que, mediante Informe Nº 010-2015-SGRRFT-GAT/
MDPN de fecha 23 de enero de 2015 emitido por la
Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización
Tributaria e Informe Nº 002-2015-GAT/MDPN, de
fecha 23 de enero de 2015 emitido por la Gerencia de
Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de
Punta Negra, se manif‌i esta que es necesario establecer
el Monto Mínimo del Impuesto Predial, correspondiente
al año 2015, ello de conformidad con los criterios
establecidos por la legislación vigente; asimismo,
señala que en aplicación del artículo 15º de la Ley de
Tributación Municipal, se ha elaborado el cronograma
para el vencimiento del pago de los Tributos Municipales
de esta Corporación Edil;
Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº
010-2015-SGRRFT-GAT/MDPN de la Sub Gerencia
de Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria, el
Informe Nº 002-2015-GAT/MDPN de la Gerencia de
Administración Tributaria, y en uso de las atribuciones
conferidas por los artículos 9º numerales 38), 39) y 40)
de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, luego
del debate correspondiente y con dispensa del trámite
de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo
Municipal aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente:

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