ORDENANZA N° 00164/MDSA - Aprueban Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social - 2015

Fecha de disposición08 Abril 2015
Fecha de publicación08 Abril 2015
El Peruano
Miércoles 8 de abril de 2015 550253
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR Y EJECUTAR
la ceremonia de Matrimonios Civiles Comunitarios
Específ‌i cos para los miembros de la Iglesia Adventista
del Séptimo Día, la que se llevará a cabo en su local
institucional, ubicado en la Calle Vara de Oro Nº. 159 Urb.
Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, el día jueves
09 de abril de 2015 a horas 11:00 AM.
Artículo Segundo.- DISPENSAR de la publicación
de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Comunitario
Específ‌i co, realizándose una única publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano, indicando en forma genérica el día, la
hora y el lugar donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil
Comunitario.
Artículo Tercero.- PRECISAR que los requisitos
indispensables para participar en el Matrimonio Civil
Comunitario Específ‌i co son los establecidos en el TUPA.
Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la recepción de los
Expedientes Matrimoniales a partir de la publicación del
presente Decreto de Alcaldía, hasta un día antes de la
fecha de la celebración.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
y a la Secretaría General el cumplimiento del presente
Decreto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ
Alcalde
1221187-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
JUAN DE MIRAFLORES
FE DE ERRATAS
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 002-2015/MSJM
Mediante Of‌i cio Nº 062-2015-SG-MSJM, la
Municipalidad de San Juan de Miraf‌l ores, solicita se
publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 002-
2015/MSJM, publicada en nuestra edición del día 31 de
marzo de 2015
En el primer párrafo de la norma
DICE:
“...Ordenanza N° 288/MVMT,...”
DEBE DECIR:
En el segundo párrafo de la norma
DICE:
“...Ordenanza N° 288/MVMT...”
DEBE DECIR:
En el décimo párrafo de la norma,
DICE:
“...Ordenanza N° 288/MVMT...”
DEBE DECIR:
1220720-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA ANITA
Aprueban Plan Local de Seguridad
Ciudadana y Convivencia Social –
2015
ORDENANZA Nº 00164 /MDSA
Santa Anita, 27 de marzo del 2015
VISTO: El Informe Nº 001-2015-ST-CODISEC/MDSA
y el Plan Local de Seguridad Ciudadana y Convivencia
Social – 2015, emitido por el Secretario Técnico del
CODISEC - SANTA ANITA.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 3º de la Ley Nº 27933, el
Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC),
tiene por objeto coordinar ef‌i cazmente la acción del Estado
y promover la participación ciudadana para garantizar una
situación de paz social; a su vez, el artículo 17º del mismo
cuerpo normativo, establece que los comités regionales,
provinciales y distritales de seguridad ciudadana tienen
como función ejecutar los planes, programas y proyectos
de seguridad ciudadana dispuesto por el Concejo Nacional
de Seguridad Ciudadana.
Que, el inciso e del artículo 30º del Decreto
Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento
de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad
Ciudadana, precisa que la Gerencia de Seguridad
Ciudadana de las Municipalidades con competencia
distrital asume las funciones de Secretaría Técnica del
Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC,
cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo
una de sus funciones presentar al Concejo Municipal
Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por
el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza
Municipal.
Que, el artículo 47º del citado Decreto Supremo,
establece que además de su aprobación por los Comités
Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad
Ciudadana, los planes deberán ser ratif‌i cados por los
Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por
los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según
corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento
como políticas regionales, provinciales y distritales.
Que, mediante Informe Nº 001-2015-ST-CODISEC/
MDSA, el Secretario Técnico del CODISEC – SANTA
ANITA, indica que el Comité Distrital de Seguridad
Ciudadana, aprobó por unanimidad el Plan Local de
Seguridad Ciudadana y Convivencia Social – 2015,
solicitando que se eleve al Concejo Municipal para su
aprobación mediante Ordenanza.
Que, con Informe Nº 185-2015-GAJ/MDSA, la Gerencia
de Asesoría Jurídica es de opinión que se eleven los
actuados al Concejo Municipal, a f‌i n que de acuerdo a su
competencia, apruebe el proyecto de ordenanza remitido
por el Secretario Técnico del CODISEC.
Estando a lo expuesto y en uso de las conferidas por a
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo
Municipal por unanimidad:
RESUELVE:
Artículo Único.- APROBAR el Plan Local de Seguridad
Ciudadana y Convivencia Social – 2015, que tiene como
objetivo fortalecer el trabajo multisectorial del CODISEC
con la participación de la comunidad organizada, a f‌i n de
mejorar las niveles de seguridad ciudadana.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
1220969-1

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