Ordenanza Nº 001-2023-MDH. Declaran como bienes de dominio público, así como cuentas inembargables e intangibles, diversas Cuentas Corrientes mantenidas en el Banco de la Nación, cuya titularidad corresponde a la Municipalidad Distrital de Huabal

Fecha de publicación17 Febrero 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Huabal, 1 de febrero del 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE HUABAL

POR CUANTO:

El Concejo Municipal del Distrito de Huabal en Sesión extraordinaria Nº 01-2023-MDH de fecha 01 de febrero del 2023, con el voto aprobatorio por Unanimidad de los señores Regidores Distritales, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, en ese sentido, el primer párrafo de los Artículos 39º del cuerpo legal acotado, prescriben “Que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos”;

Que, el Artículo 73º de la Constitución Política del Perú, establece que los bienes de dominio público son intangibles e imprescriptibles. Asimismo, el Artículo 55º de la Ley Nº27972, Ley orgánica de Municipalidades, establece que los bienes de dominio público de las Municipalidades, son inalienables e imprescriptibles;

Que, el Artículo 77º de la Constitución Política del Estado, establece que la Administración Económica y Financiera del Estado, se rige por el Presupuesto que deben estar destinados a los fines que determine la Ley;

Que, acorde con lo establecido en el Artículo 195º de la Constitución Política del Estado, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo en ese sentido son competencias para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circular y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte. siendo entonces que las atribuciones prescritas por la Ley orgánica de Municipalidades son de naturaleza irrenunciable e indispensable;

Que, para cumplir con dichas atribuciones y funciones específicas y compartidas, la Municipalidad Distrital de Huabal, aprueba...

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