Ordenanza Nº 001-2022-GRU-CR. Modifican denominación del Proceso de Actualización del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali al 2030 por el de Formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado del Departamento de Ucayali 2023 al 2033

Fecha de publicación30 Septiembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional – Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificaciones y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1º de la Constitución Política del Perú, establece que, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Mientras que, el artículo 2º asegura que, toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; a la igualdad ante la ley; nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; nadie debe ser víctima de violencia;

Que, los artículos 67º, 68º y 69º de la Constitución Política del Perú, dispone que el Estado determina la política nacional del ambiente, promueve el uso sostenible de los recursos naturales; ésta obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y promueve el desarrollo sostenible de la Amazonia; así mismo promueve preferentemente el desarrollo agrario;

Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen competencia en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones conforme a ley”;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley, y aquellas que le sean delegadas”;

Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que le faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional;

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de sus competencias”;

Que, habiéndose aprobado, el 29 de abril de 2019, la visión del Perú al 2050 en la Sesión Nº 126 del Foro del Acuerdo Nacional; Visión que representa una foto de nuestro país al...

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