ORDENANZA N° 001-2015-GRA/CR - Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2016 del Gobierno Regional de Ayacucho

EmisorGOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO
Fecha de la disposición29 de Marzo de 2015
El Peruano
Domingo 29 de marzo de 2015 549757
EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO
REGIONAL DE AYACUCHO
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 20 de febrero
de 2015, trató el tema relacionado a la aprobación del
Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
del Gobierno Regional de Ayacucho para el Año Fiscal
2016; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante O cio Nº 071 -2015-GRA/PRES, el
señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho,
remite ante el Consejo Regional el Proyecto de
Ordenanza Regional sobre la propuesta de aprobación
del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo
del Gobierno Regional de Ayacucho para el Año Fiscal
2016, expediente acompañado con el Informe Técnico Nº
001-2015-GRA/GG-GRPPAT-SGP de la Sub Gerencia de
Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Opinión
Legal Nº 017-2015-GRA-PRES-GG-ORAJ, emitido
por la O cina Regional de Asesoría Jurídica, con el
Dictamen de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto,
Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional del
Consejo Regional, con la exposición del Sub Gerente de
Planeamiento, se sometió al Pleno del Consejo Regional;
Que, mediante la Ley Nº 28056 - Ley Marco del
Presupuesto Participativo, se establecen disposiciones que
aseguren la efectiva participación de la sociedad civil en
el proceso de programación participativa del presupuesto
de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;
la Ley tiene como nalidad recoger las aspiraciones
y necesidades de la sociedad, para considerarlos en
los presupuestos y promover su ejecución a través de
programas y proyectos prioritarios, de manera que les
permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo
humano, integral y sostenible; así como optimizar el uso
de los recursos a través de un adecuado control social
en las acciones públicas; y dicho proceso debe estar
normado por un Reglamento aprobado por Ordenanza
Regional;
Que, por Ley Nº 29298, se modi can los artículos 4º,
5º, 6º y 7º de la Ley Nº 28056, referidos a las instancias,
alcances, fases y o cialización de compromisos del
proceso de Presupuesto Participativo, precisando
además, que cada instancia del proceso de programación
participativa formula su Presupuesto Participativo,
respetando el marco de competencias establecido en la
Constitución Política del Perú y en las correspondientes
leyes orgánicas;
y su modi catoria Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, se
aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco
del Presupuesto Participativo, al cual es necesario hacer
algunas precisiones, en el marco de lo dispuesto por la
Tercera Disposición Final del Citado Decreto Supremo,
a n que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
puedan cumplir con el marco normativo del proceso del
Presupuesto Participativo;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007-2010-
EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01
– Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados, se enmarca dentro del nuevo
enfoque de Gestión Pública por Resultados, en el cual
los recursos públicos se asignan, ejecutan y evalúan en
función a cambios especí cos que se deben alcanzar
para mejorar el bienestar de la población;
Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que
las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter
general, la organización y administración del Gobierno
Regional y reglamentan materias de su competencias; así
como el literal a) del artículo 15º de la citada Ley, señala
que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi car
o derogar las normas que regulan o reglamentan los
asuntos y materias de su competencia y funciones del
Gobierno Regional;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº
modi catorias; Leyes Nºs. 28961, 28013, 28968, y 29053;
el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros
y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó
la siguiente:
ORDENANZA REGIONAL
Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento del
Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal
2016 del Gobierno Regional de Ayacucho, que constituye
el documento técnico para la organización y ejecución del
proceso del Presupuesto Participativo en el ámbito de la
Región Ayacucho; cuyo texto consta de seis (06) Títulos,
treinta y cinco (35) Artículos, dos (02) Disposiciones
Complementarias y tres (03) Formatos, que en calidad de
Anexo adjunto y rubricado en cada uno de los folios, forma
parte integrante de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia
Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, la publicación de la presente
Ordenanza Regional en el Diario O cial “El Peruano” y el
Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ayacucho para su promulgación.
En la ciudad de Ayacucho, a los 20 días del mes de
febrero del año dos mil quince.
VICTOR HUGO PILLACA VALDEZ
Presidente
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional
de Ayacucho, a los 20 días del mes de febrero del año
dos mil quince.
WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ
Presidente
1218181-1
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Aprueban el Cuadro para Asignación
de Personal Provisional (CAP-P) de la
Dirección Regional de Salud Huánuco
del Gobierno Regional Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 004-2015-CR-GRH
Huánuco, 26 de marzo del 2015
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional
Huánuco, de fecha 26 de marzo del año dos mil quince, el
Dictamen Nº 006-2015-GRH-CPPPAT-AL, presentado por
la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto,
Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales,
relacionado a la propuesta de aprobación del Cuadro
para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la
Dirección Regional de Salud - Huánuco; y,
CONSIDERANDO:
Estado, modi cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son

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