ORDENANZA N° 016-2011-GRU/CR - Modifican la Ordenanza Regional N° 009-2011-GRU-CR

Fecha de disposición04 Febrero 2012
Fecha de publicación04 Febrero 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460405
GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
Modifican la Ordenanza Regional
N° 009-2011-GRU-CR
ORDENANZA REGIONAL
Nº 016-2011-GRU/CR
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad
con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la Ley
de la Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV
sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley de Bases
de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, modif‌i cado por las Leyes Nº 27902,
Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarías, en
Sesión Ordinaria de fecha 13 de diciembre del 2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad
popular, son personas jurídicas de derecho público con
autonomía política, económica y administrativa, conforme
se establece en el artículo y de la Ley N° 27867, Ley
Orgánica de los Gobiernos Regionales, en concordancia
con las normas aplicables de la Constitución Política del
Estado, modif‌i cada por la Ley N° 27680, Ley de Reforma
Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre
Descentralización; y en el artículo 8° de la Ley N° 27783,
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las atribuciones
de normar la organización interna del Gobierno Regional a
través de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con
el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modif‌i car o
derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos,
materia de competencia y funciones del Gobierno Regional,
concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que
establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos
de carácter general en la organización y administración del
Gobierno Regional.
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2011-
GRU/CR de fecha 27 de julio del presente año, el Consejo
Regional en su artículo segundo facultó a las Unidades
de Gestión Educativa Local – UGEL la adjudicación de
plazas a los postulantes ganadores del Concurso de
Nombramiento de Docentes 2011, conforme lo dispone
la Resolución Ministerial Nº 295-2009-ED de fecha 14 de
octubre del 2009.
Que, mediante Of‌i cio Nº 469-2011-GRU-P de fecha 29
de noviembre del 2011, el señor Presidente del Gobierno
Regional solicita al Consejo Regional de Ucayali la
Modif‌i cación del artículo segundo de la citada Ordenanza
Regional en mérito al acuerdo tomado en una reunión
sostenida en el Ministerio de Educación el 14 de noviembre
del 2011.
Que, de acuerdo con lo establecido con el literal
h) del artículo 16º y artículo 47º de los Lineamientos
y Procedimientos para el Concurso Público para el
nombramiento de profesores al I nivel de la Carrera
Pública Magisterial, y sus modif‌i catorias, la adjudicación
de las plazas corresponde al Comité de Evaluación de la
Institución Educativa, salvo las Instituciones educativas
que por razones justif‌i cadas y acreditadas no la pueden
conformar, en cuyo caso la adjudicación estará a cargo del
Comité de Evaluación de la UGEL.
Que, dicho esto debemos señalar que el artículo
segundo de la Ordenanza Regional Nº 009-2011-GRU/CR
obvia el literal h) del artículo 80º de la Ley Nº 28044, Ley
General de Educación, que establece como función del
Ministerio de Educación implementar la Carrera Pública
Magisterial; así como el artículo 12º de la Ley Nº 29062,
Ley que modif‌i ca la Ley del Profesorado en lo referido a
la Ley de la Carrera Pública Magisterial, que establece, el
Ministerio de Educación es el responsable de planif‌i car,
conducir, monitorear y evaluar el proceso de ingreso a la
Carrera Pública Magisterial.
Que, conforme a los preceptos señalados en los puntos
precedentes se debe modif‌i car el artículo segundo de la
Ordenanza Regional Nº 009-2011-GRU/CR debiendo
tener el siguiente texto: FACULTESE a los Comité de
Evaluación de las Instituciones Educativas conformadas
y/o a los Comité de Evaluación de las Unidades de Gestión
Educativas Local de la Región Ucayali, el nombramiento
de los docentes ganadores del Concurso de Nombramiento
de Docentes 2011 en las plazas adjudicadas, conforme lo
dispone la resolución Ministerial Nº 0295-2009-ED de fecha
14 de octubre del 2011.
Que, de conformidad con las facultades conferidas
27867, modif‌i cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, el
literal h) del artículo 80º de la Ley Nº 28044, Ley General
de Educación; el artículo 12º de la ley Nº 29062, Ley que
modif‌i ca la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera
Pública Magisterial y el Reglamento Interno del Consejo
Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en
Sesión Ordinaria de fecha 13 de diciembre del 2011, aprobó
por unanimidad la siguiente Ordenanza Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Segundo
de la Ordenanza Regional Nº 009-2011-GRU-CR de
fecha 27 de Julio del 2010, debiendo tener el siguiente
texto: FACULTESE a los Comité de Evaluación de las
Instituciones Educativas conformadas y/o a los Comité de
Evaluación de las Unidades de Gestión Educativas Local
de la Región Ucayali, el nombramiento de los docentes
ganadores del Concurso de Nombramiento de Docentes
2011 en las plazas adjudicadas, conforme lo dispone la
resolución Ministerial Nº 0295-2009-ED de fecha 14 de
octubre del 2011;
Artículo Segundo.- DEJAR subsistentes los demás
artículos de la Ordenanza Regional Nº 009-2011-GRU-CR
de fecha 27 de julio del 2011;
Artículo Tercero.- ENCARGUESE a la Gerencia
Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional
de Ucayali, la publicación de la presente Ordenanza en
el Diario Of‌i cial El Peruano, en un diario de circulación
regional así como en el portal web del Gobierno Regional
de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
Artículo Cuarto.- DISPENSAR, la presente Ordenanza
Regional del trámite de comisión, lectura y aprobación del
acta.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali, a los trece días del mes de diciembre del
año dos mil once.
NILO D. MAGUIÑA VÁSQUEZ
Consejero Delegado
POR LO TANTO
Mando se publique y cumpla
Dado en la sede Central del Gobierno Regional del
Departamento de Ucayali a los veintiocho días del mes de
diciembre del año dos mil once.
JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO
Presidente Regional
748845-1
Reconocen a la Comisión Ambiental
Regional de Ucayali - CARU y su
Reglamento
ORDENANZA REGIONAL
Nº 017-2011-GRU/CR
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad
con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la

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