ORDENANZA Nº 231-2011-MDI - Autorizan pago de deudas tributarias y no tributarias por servicios comunitarios de la Municipalidad de Independencia

Fecha de publicación22 Abril 2011
Fecha de disposición22 Abril 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 22 de abril de 2011 441457
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese en el Diario Of‌i cial El
Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron
aprobados en el mes de marzo del 2011 por esta Dirección
Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, de acuerdo
a la relación adjunta que es parte integrante de la presente
resolución y para los efectos a que se contraen los artículos
124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92-EM; siendo
las referidas las siguientes:
RELACIÓN DE LAS 08 CONCESIONES OTORGADAS
EN EL MES DE MARZO DEL 2011 AL AMPARO DEL
NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN;
B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NÚMERO Y
FECHA DE LA RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F)
COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS
EN KILOMETROS
1.-A) YAMIL TACNA B) 73-00046-10 C) MARCO
ANTONIO VASQUEZ ZUBIETA D) RD Nº 11-2011-DRSEMT/
G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 028 E369 V2:N8 030
E369 V3:N8 030 E370 V4:N8 028 E370 2.-A) ROSARIO
XXII B) 73-00024-10 C) S.M.R.L. NORTEAMERICA XXI D)
RD Nº 12-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F)
V1:N8 076 E391 V2:N8 072 E391 V3:N8 072 E388 V4:N8
073 E388 V5:N8 073 E389 V6:N8 076 E389 3.- A) HALCON
I DE TACNA B) 73-00004-11 C) EDSON RODOLFO
LIENDO PEREZ D) RD Nº 13-2011-DRSEMT/G.R.TACNA
31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 063 E329 V2:N8 061 E329 V3:
N8 061 E328 V4:N8 063 E328 4.- A) GABRIEL TACNA B)
73-00045-10 C) LEONCIO QUISPE ROQUE D) RD Nº 14-
2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8
028 E366 V2:N8 030 E366 V3:N8 030 E369 V4:N8 028
E369 5.- A) LOS GEMELOS B) 73-00039-10 C) EMPRESA
DE TRANSPORTES LOS GEMELOS Y SERVICIOS
MULTIPLES EIRL D) RD Nº 15-2011-DRSEMT/G.R.TACNA
31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 002 E371 V2:N8 001 E371 V3:
N8 001 E370 V4:N8 002 E370 6.-A) MINERA JEM B) 73-
00048-10 C) YESSENIA DIANA RAMOS VALDIVIA D) RD
Nº 16-2011-DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:
N8 087 E370 V2:N8 086 E370 V3:N8 086 E369 V4:N8
087 E369 7.-A) MELTRAC I B) 73-00002-11 C) MELCORP
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA D) RD Nº 17-2011-
DRSEMT/G.R.TACNA 31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 041 E343
V2:N8 040 E343 V3:N8 040 E342 V4:N8 041 E342 8.- A)
EL FENIX II B) 73-00038-10 C) JULIO GILVERT ZAVALETA
BUTRON D) RD Nº 18-2011-DRSEMT/G.R.TACNA
31/03/2011 E) 19 F) V1:N8 041 E345 V2:N8 037 E345 V3:
N8 0379 E342 V4:N8 039 E342 V5:N8 039 E344 V6:N8 041
E344.
Regístrese y comuníquese.
ALFREDO ROSALES HEREDIA
Director Regional Sectorial
Dirección Regional Sectorial
de Energía y Minas de Tacna
631657-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Autorizan pago de deudas tributarias y
no tributarias por servicios comunitarios
de la Municipalidad de Independencia
ORDENANZA Nº 231-2011-MDI
Independencia, 28 de marzo del 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE INDEPENDENCIA
VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza propuesto por la Gerencia de Rentas,
el mismo que cuenta con el Informe Nº 122-2011-GAL,
emitido por la Gerencia de Asesoría Legal, donde se opina
que es procedente la aprobación de la Ordenanza de la
Municipalidad de Independencia;
CONSIDERANDO:
Que, la actual Gestión Municipal, ante las dif‌i cultades
económicas que atraviesan diversos contribuyentes del
distrito, ha visto por conveniente otorgarles a éstos las más
amplias facilidades de pago para que cumplan con sus
obligaciones tributarias y no tributarias; situación que exige
establecer un procedimiento especial con la f‌i nalidad que
dichos contribuyentes tramiten y puedan acogerse a dichas
facilidades;
Que, los Artículos 74º y 195º de la Constitución Política
del Estado vigente, concordante con el Artículo 9º de la
los Gobiernos Locales pueden crear, modif‌i car, suprimir o
exonerar de contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y
derechos conforme a Ley;
Que, el Artículo 32º, literal f) del Texto Único Ordenado
del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo
135-EF y normas modif‌i catorias, dispone que el pago de
deudas tributarias se puede realizar mediante otros medios
que la Administración Tributaria apruebe;
Estando a los fundamentos antes expuestos, en
uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de
Municipalidades con la dispensa de trámite de Comisiones,
lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA se aprueba la
siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE AUTORIZA EL PAGO DE
DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS POR
SERVICIOS COMUNITARIOS
Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de
Ordenanza que autoriza el Pago de deuda Tributaria y no
Tributaria por Servicios Comunitarios de la Municipalidad
de Independencia. Con 11 Artículos que forman parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- FACÚLTESE.- al Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía dicte las Disposiciones
Reglamentarias para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza y Derogar los alcances y efectos de la Ordenanza
Nº 092-MDI y normas Reglamentarias y toda norma que se
oponga a la presente, materia de aprobación.
Artículo Tercero.- ENCARGAR.- a la Gerencia de
Administración y Finanzas, Subgerencia de Contabilidad,
Subgerencia de Logística, Subgerencia de Personal,
Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Gestión
Ambiental, Gerencia de Rentas y Gerencia de Desarrollo
Social y a la Secretaria General La presente Ordenanza
para su publicación, en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
EVANS R. SIFUENTES OCAÑA
Alcalde
ORDENANZA QUE AUTORIZA EL PAGO
DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS
POR SERVICIOS COMUNITARIOS
Artículo Primero.- FINALIDAD
La presente Ordenanza tiene como f‌i nalidad la de
regular la extinción de deudas tributarias y no tributarias
generadas por la omisión al pago de tributos municipales,
así como por incumplimiento al pago de sanciones tributarias
y administrativas impuestas por la entidad a las personas
naturales y siempre que estos adeudos se encuentren
en el Procedimiento de Cobranza Coactiva, adeudos que
podrán extinguirse mediante la prestación de servicios
comunitarios en la Gerencia de Gestión Ambiental y/o a la
Gerencia de Seguridad Ciudadana. Debe de precisarse,
que los Servicios que sean prestados, serán de necesidad
pública y no será necesario que estén comprendidos en el
Plan de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad
de Independencia.
Artículo Segundo.- OBJETIVO
AUTORIZAR, el canje de deuda tributaria y no tributaria
por servicios comunitarios y generar mecanismos para
que la población que por diversas circunstancias se
encuentren en situación precaria, que resida en el Distrito
de Independencia, puedan cumplir con el pago de sus
obligaciones tributarias y no tributarias prestando servicios
comunitarios a la Municipalidad de Independencia.

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