ORDENANZA N° 007-2012-MDCH - Aprueban Reglamento Interno del Concejo (RIC) de la Municipalidad

Fecha de disposición25 Agosto 2012
Fecha de publicación25 Agosto 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 25 de agosto de 2012
473370
VISTO:
El Informe Nº 049-2012-GPPR/MDSA de la Gerencia de
Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, mediante
el cual solicita la conformación del Comité Electoral, para
proceso de elección de los representantes de la Sociedad
Civil ante el Consejo de Coordinación Local para el Distrito
de Santa Anita para el período 2012 – 2014.
CONSIDERANDO
Que, acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los
órganos de gobierno local y tiene autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia
Que mediante Ordenanza Nº 00091/MDSA, se regulan
el Procedimiento para el Proceso de Elección de los
Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de
Coordinación Local Distrital, señalando su conformación y
funciones en los artículos 9º y 10º de esta misma norma;
Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 0009-2012/
MDSA, se aprueba el cronograma de elecciones de los
representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil
ante el Concejo de Coordinación Local Distrital de Santa
Anita para el período 2012 – 2014;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades
27972.
DECRETA:
Artículo Primero.- CONFORMAR el Comité Electoral
para la Elección de los representantes de la Sociedad Civil
ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD
en el distrito de Santa Anita, período 2012 – 2014, según
el siguiente detalle:
Presidente : Sra. JOVANA JANAMPA FUERTE
– Subgerente de Desarrollo Humano e
Inclusión Social
Secretario : Sr. MARCELINO LIPA HANCCO –
Gerente de Rentas
• Vocal : Sr. YEHUDI CHIRINOS BERROCAL –
Gerente de Planeamiento, Presupuesto
y Racionalización
• Suplente : Sra. MARIELA ALEJANDRO HUARAC
– Jefa de Participación Vecinal
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Públicos y Desarrollo Social y a la Subgerencia
de Desarrollo Humano e Inclusión Social el cumplimiento
del presente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA
Alcaldesa
832365-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN N° 696-2012-RASS
Mediante Of‌i cio Nº 758-2012-SG-MSS, la Municipalidad
de Santiago de Surco solicita se publique Fe de Erratas de
la Resolución N°696-2012-RASS, publicada en la edición
del día 19 de agosto de 2012.
En el Artículo Segundo, en el Cuadro General de
Distribución de Áreas
DICE:
ÁREA ÚTIL 13,99.80
ÁREA DE CIRCULACIÓN 6,579.60
DEBE DECIR:
ÁREA ÚTIL 13,990.80
ÁREA DE CIRCULACIÓN 6,579.80
833154-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban Reglamento Interno del
Concejo (RIC) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2012-MDCH
Chancay, 20 de julio de 2012.
VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha
20 de julio del año en curso, el Dictamen Nº 007-
2012-GM/CGM, mediante el cual la Comisión en
Gestión Municipal, pone a consideración el proyecto
de ordenanza que aprueba el Reglamento Interno de
Concejo (RIC); y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 194º de
la Constitución Política, concordante con el Art. 2 de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen
que las municipalidades son órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con el artículo 40º de la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas
Municipales son normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal por medio
de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicio
públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene
competencia normativa;
Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, en su artículo 9º Inc. 3) y 12, prescribe
que es atribución del Concejo Municipal, aprobar su
régimen de Organización Interior y Funcionamiento
y aprobar por Ordenanza el Reglamento del Concejo
Municipal;
En uso de las facultades establecidas por los artículos
9º, 20º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades
Ley Nº 27972; y con el voto por mayoría de los señores
Regidores se aprueba la siguiente ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL
REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC)
Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CHANCAY, el cual consta de 100 Artículos,
XIII Títulos, 02 Disposición Transitorias y 01 Disposición
Final, el mismo que como anexo forma parte integrante de
la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE, cualquier
disposición que se oponga a la presente norma
municipal.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique, cumpla y archive.
JUAN A. ALVAREZ ANDRADE
Alcalde
832208-1

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