ORDENANZA N° 301 - Aprueban Reglamento Interno del Concejo Distrital del Rímac

EmisorMUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Fecha de la disposición22 de Abril de 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de abril de 2012
464766
Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el f‌i n de
participar en la XXIII Asamblea Anual de ASSAL y la XIII
Conferencia sobre Regulación y Supervisión de Seguros
en América Latina IAIS-ASSAL, eventos organizados
por la citada entidad, conjuntamente con la Asociación
Internacional de Supervisores de Seguros (IAIS) y la
Superintendencia de Bancos y Seguros de Ecuador, los
mismos que se llevarán a cabo del 23 al 25 de abril de
2012, en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador;
CONSIDERANDO:
Que, la indicada Conferencia tiene como principal
objetivo servir de foro para el intercambio de experiencias,
conocimientos y perspectivas entre los participantes sobre
los aspectos más trascendentales para la supervisión
efectiva del mercado asegurador en Latinoamérica, la
ef‌i ciencia y efectividad de la regulación de seguros, así
como tomar conocimiento sobre las tendencias actuales
de la supervisión del mercado asegurador internacional;
Que, asimismo, en el indicado evento se revisarán
temas relacionados con los requerimientos cuantitativos
de solvencia, gobierno corporativo, transparencia de la
información, los nuevos principios básicos de seguros,
supervisión de grupos, supervisión macroprudencial
y desarrollo de los mercados aseguradores, entre
otros;
Que, en tanto los temas que se desarrollarán en los
citados eventos, redundarán en benef‌i cio del ejercicio
de las funciones de supervisión y regulación de esta
Superintendencia, se ha considerado conveniente
designar a la señorita Matilde Lira Sumaria, Analista
de Regulación del Departamento de Regulación de la
Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica para que
participe en el citado evento de capacitación;
Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado
una serie de Medidas Complementarias de Austeridad
en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el
Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de
los funcionarios de la SBS para participar en eventos de
interés para la institución;
Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje
de los citados Funcionarios para participar en el indicado
evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de
pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos
por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2012; y,
En uso de las facultades que le conf‌i ere la Ley Nº
26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros” y de la Resolución SBS Nº 2170-2012, y de
conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en virtud a la
Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad
en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-
15;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita
Matilde Lira Sumaria, Analista de Regulación del
Departamento de Regulación de la Superintendencia
Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 22 al 26 de
abril de 2012 a la ciudad de Guayaquil, República del
Ecuador para los f‌i nes expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro
de los 15 (quince) días calendario siguientes a su
reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente
de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones, un informe detallado describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el
viaje autorizado.
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el
cumplimiento de la presente autorización por conceptos de
pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos
por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto
correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente
detalle:
Pasajes aéreos US$ 623.08
Viáticos US$ 800.00
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga
derecho a exoneración o liberación de impuestos de
Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la
funcionaria cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones (a.i.)
779287-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban Reglamento Interno del
Concejo Distrital del Rímac
ORDENANZA Nº 301
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DEL RÍMAC
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL
RÍMAC
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de
marzo del 2012; el Dictamen Nº 02-2012-CAL-MDR, de
fecha 05 de marzo de 2012 de la Comisión de Asuntos
Legales; Informe Nº 173-2012-GAJ, del 05 de marzo
de 2012, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante
el cual opinan por la procedencia del “PROYECTO
DE ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DEL RÍMAC”
– RIC.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194º y 195º de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por la
Reforma Constitucional Ley Nº 28607, concordante
con el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que, los
Órganos de Gobierno Local son las Municipalidades
Provinciales y Distritales, los cuales tienen autonomía
política, económico y administrativa en los asuntos de
su competencia; asimismo representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
armónico de su circunscripción;
Que, mediante Ordenanza Nº 254, del 14 de junio
del 2011 publicado el 27 de junio de 2011, se aprobó el
reglamento Interno de Concejo Distrital del Rímac;
Que, el inciso 12º del artículo 9º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, menciona que corresponde al
Concejo Municipal aprobar por Ordenanza, el Reglamento
del Concejo Municipal;
Que, es necesario aprobar un nuevo Reglamento
Interno de Concejo, que precisa su Régimen Interno
acorde a la normatividad vigente y que actualice el
funcionamiento interno del Concejo Municipal, así como
el Reglamento de Comisiones, a efecto de hacerlo más
ágil y expeditivo en sus decisiones;
Es uso de las atribuciones conferidas en el inciso
8) del artículo 9º y primer párrafo del artículo 40º de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el Voto
Mayoritario de los Regidores y con la dispensa de la
lectura del Acta, se aprobó la siguiente:
“ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO DISTRITAL DEL RÍMAC”
Artículo ÚNICO.- Aprobar el Reglamento Interno del
Concejo Distrital del Rímac, que consta de ochenta y ocho
(88) artículos y dos (02) Disposiciones Complementarias
Finales.

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